Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/04/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 20 de abril de 2023

computados, la totalidad de los cargos corresponderá a la lista de la mayoría.
Artículo 54: En caso de que se votaren tres o más listas se aplicará el sistema de cociente establecido en la Ley 5109.
Artículo 55: En el caso que, por aplicación de los artículos anteriores, no sean electos sino en parte los componentes de una lista, los no proclamados como titulares serán considerados suplentes y llamados con preferencia cuando corresponda para la integración de un órgano.
Artículo 56: La agrupación municipal AVANZA SAN NICOLAS. se compromete a asegurar la plena vigencia del artículo 32º de la Ley 5109, texto ordenado según la reforma de la ley introducida por la Ley 14.848.
Artículo 57: En el caso de los comicios internos para la elección de candidatos a cargos públicos electivos, los mismos se elegirán mediante elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas, de conformidad a lo establecido por el inciso d del art. 18 del Decreto Ley 9889/82, texto ordenado según Decreto 3631/92 y Ley 14.086.
ECADUCIDAD Y EXTINCIÓN:
Artículo 58: La asamblea general convocada al efecto es el organismo que podrá resolver por dos tercios de votos la caducidad y/o extinción de la agrupación política AVANZA SAN NICOLÁS sin perjuicio de lo establecido en los artículos cuarenta y seis y cuarenta y siete respectivamente del Decreto ley 9889/82, t.o s/ Decreto 3631/92
Artículo 59: Para el caso de la extinción, los bienes que integren el patrimonio de la agrupación pasarán a Cáritas San Nicolás.
Ignacio Fernando Mateucci POR 1 DÍA - RESOLUCIÓN
La Plata 12 de abril de 2023
VISTO: Las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el art. 63 de la Constitución de la Provincia y por el art. 5 del Decreto Ley 9889/82 t.o. según Decreto 3631/92 y sus modificatorias, las previsiones de los arts. 2, 11, 17, 18 y ccs. del Decreto Ley citado, la verificación de la Dirección Técnico Electoral sobre las fichas de afiliación presentadas por la asociación que pretende denominarse AGRUPACIÓN VECINAL 24 DE OCTUBRE, del distrito Ramallo Expediente n 5200-17135/22, así como el informe elaborado por la Secretaría de Actuación que antecede, y CONSIDERANDO:
I. Que del informe producido por la Dirección Técnico Electoral de fs. 79/80, surge que la agrupación cuenta con el número de afiliados requeridos por el cuarto párrafo, inc. "b", art. 11 del Decreto Ley 9889/82, T.O. por Decreto 3631/92 y sus modificatorias.
II. Que su Declaración de Principios fs. 2, Bases de Acción Política fs. 3 y Carta Orgánica Partidaria fs. 4/6, satisfacen los recaudos establecidos en los arts. 17 y 18 del Decreto Ley citado.
III. Que se designa a los señores Germán Horacio Iribarría y Darío Adrián Benegas, como apoderados partidarios.
IV. Que se denuncia el domicilio partidario en calle San Martín N 328 de la ciudad de Ramallo y se constituye domicilio legal en calle 48 Nº 963, depto L de la ciudad de La Plata.
V. Que del informe de la Secretaría de Actuación que antecede, surge que no existe oposición a la denominación pretendida art. 36 del texto legal citado.
VI. Que en consecuencia corresponde reconocer como agrupación municipal y otorgar personería jurídica política y de derecho privado a la AGRUPACIÓN VECINAL 24 DE OCTUBRE, del distrito Ramallo.
Por ello, LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA
RESUELVE
1. Reconocer a la AGRUPACIÓN VECINAL 24 DE OCTUBRE, del distrito Ramallo, otorgándole en consecuencia su personería jurídico política y de derecho privado arts. 2 y 11 del Decreto Ley 9889/82, T.O. por Decreto 3631/92 y sus modificatorias.
2. Ordenar su registro como agrupación municipal, art. 6 del texto legal citado, aprobar su Declaración de Principios, Bases de Acción Política y su Carta Orgánica Partidaria art. 5 del Decreto Ley citado. Disponer la publicación de ésta última y de la presente resolución por un 1 día, sin cargo, en el Boletín Oficial arts. 19 y 52 del citado texto legal.
3. Téngase presente la designación de los señores Germán Horacio Iribarría y Darío Adrián Benegas, como apoderados partidarios. Regístrese en el libro respectivo.
4. Téngase por denunciado el domicilio partidario en calle San Martín N 328 de la ciudad de Ramallo y constituido en calle 48 Nº 963, depto L de la ciudad de La Plata. Regístrese en el libro respectivo.
5. Oportunamente, cumpla la agrupación reconocida con lo establecido en el sexto párrafo, inc. "b", art. 11 y 32 del Decreto Ley mencionado.
REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE.
Hilda Kogan, Presidente; Eduardo Raúl Delbés, Vicepresidente; Ana María Bourimborde, Vocal; Gustavo Juan De Santis, Vocal; Federico Gastón Thea, Vocal; Daniel Jorge Demaría Massey, Secretario de Actuación.

AGRUPACIÓN VECINAL 24 DE OCTUBRE
POR 1 DÍA - CARTA ORGÁNICA

SECCIÓN OFICIAL > página 104

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/04/2023 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date20/04/2023

Page count172

Edition count3422

First edition02/07/2010

Last issue01/08/2024

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