Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/03/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 29 de marzo de 2023

explotación comercial es Corina Evangelina CORNEJO CUIT: 27-11585356-8, ubicado en la calle 31 N 201 de la localidad de Santa Teresita, partido de La Costa, como HOTEL UNA ESTRELLA del Registro de Hotelería y Afines, conforme lo declarado en el formulario de inscripción y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. Determinar que, la titular de la explotación comercial del establecimiento hotelero mencionado, deberá adecuar la documentación y el material de propaganda y/o difusión a la modalidad y categoría conferida, debiendo exhibir en el frente del establecimiento el certificado de categoría otorgado por esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la información brindada por la solicitante en su presentación ante esta Subsecretaría tiene carácter de Declaración Jurada y surte efectos de presunción de verdad, por lo que toda conducta o acción realizada en defecto o detrimento de ello importará falta y será pasible de sanción.
ARTÍCULO 4º. Dejar constancia de que, conforme el artículo 15 del Anexo 1 de la Resolución N 23/2014, la categoría otorgada tiene una vigencia de tres 3 años contados a partir de la suscripción de la presente, por lo que la titular de la explotación comercial deberá solicitar la recategorización respectiva tres 3 meses antes del vencimiento de dicho plazo.
Del mismo modo deberá proceder en caso de cese, suspensión por más de doce 12 meses o incorporación de servicios o elementos constructivos que puedan importar la modificación del nivel concedido.
ARTÍCULO 5º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
Maria Soledad Martinez, Subsecretaria
RESOLUCIÓN N 138-SSTMPCEITGP-2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 7 de Noviembre de 2022
VISTO el expediente electrónico N EX-2022-30587562-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, la Ley 14.209, de los Decretos Nros. 13/2014 y 54/2020 modificado por su par N 90/2022 y las Resoluciones Nros. 23/2014 de la entonces Secretaría de Turismo y 10/2019 del entonces Ministerio de Producción, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.209 declara al turismo de interés provincial como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y la actividad turística;
Que su Decreto reglamentario N 13/2014 establece que la autoridad de aplicación de la misma será la Secretaría de Turismo u organismo que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto N 54/ 2020 y modificado por su par N 90/2022 aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, y estableció que corresponde a la Subsecretaría de Turismo dependiente del mismo entender en los asuntos relacionados al cumplimiento de la Ley Nº 14.209 y sus modificatorias;
Que por la Resolución N 23/2014 de la entonces Secretaria de Turismo, se creó el Registro de Prestadores Turísticos en el cual deben inscribirse los prestadores de servicios que desarrollen su actividad en el territorio provincial, y, dentro del mismo, el Registro de Hotelería y Afines, estableciendo las formas de clasificación y categorización de los alojamientos turísticos;
Que a través de la Resolución N 10/2019 del Ministerio de Producción se aprobaron los nuevos requerimientos documentales, circuito administrativo, formularios y demás documentación para la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines, derogando el artículo 14 de la Resolución N 23/2014;
Que, por las presentes, la titular María Angélica FERNANDEZ, CUIT N 27-04858589-8, solicita la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines del establecimiento denominado Hotel Calash ubicado en la calle Falucho N 1355
localidad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón;
Que en las actuaciones referidas en orden 2 formulario de inscripción PD-2022-30588249-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, en orden 3 contrato de locación del establecimiento IF-2022-30588265-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, en orden 4
constancia de habilitación municipal IF-2022-30588271-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, y en orden 5 IF-2022-30588275GDEBA-DRYFMPCEITGP y en orden 9 IF-2022-30955733-GDEBA-DRYFMPCEITGP, fotografías tanto del interior como del exterior del establecimiento;
Que se considera elemento suficiente de verificación de identidad, el ingreso al Módulo de Trámites Online MoTO
mediante la utilización por parte del solicitante de su CUIT y clave fiscal, prescindiéndose de esta manera de la presentación de copias de documento nacional de identidad o de documentación que acredite personería jurídica en caso de corresponder;
Que en cuanto al uso del Libro de Reclamos y Sugerencias, se reemplaza el de formato papel por uno de formato digital, que se pondrá a disposición del establecimiento una vez finalizada la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines;
Que conforme lo declarado en el formulario de inscripción, el establecimiento fue construido en el año 1921 y su última refacción fue realizada en 2022, permanece abierto todo el año, y dispone de un total de quince 15 habitaciones dobles, cuatro 4 triples, una 1 cuádruple y una 1 quíntuple;
Que asimismo cuenta con recepción equipada con teléfono, caja de seguridad general y dos 2 baños, dos salas de estar y un 1 salón desayunador equipado con televisor de cincuenta y cinco pulgadas 55 y dos 2 baños, con capacidad para treinta 30 huéspedes;
Que en cuanto a lo que a seguridad refiere, dispone de matafuego, luz de emergencia y señalización;
Que brinda los servicios de desayuno buffet, internet inalámbrico por WI-FI, preparación de la habitación con cambio de ropa diario, vigilancia monitoreada, folletería y videojuegos. Es dable destacar, que posee estacionamiento descubierto para quince 15 vehículos y estacionamiento semicubierto para quince 15 vehículos;
Que todas las habitaciones disponen de teléfono, mesa de luz, cómoda, frigobar, placard, silla/butaca/sillón, vestidor, mesa de trabajo, colchones sommiers y sistema de calefacción y refrigeración. Todos los baños están provistos de ducha con pediluvio, secador de cabello y artículo de tocador;
Que respecto de las instalaciones y servicios para personas con discapacidad, el establecimiento dispone de rampa, pero
SECCIÓN OFICIAL > página 80

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/03/2023 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date29/03/2023

Page count236

Edition count3408

First edition02/07/2010

Last issue12/07/2024

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