Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/03/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 29 de marzo de 2023

no cumplimiento constituirá falta punible conforme Decreto Nº 13/2014.
ARTÍCULO 6º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
Maria Soledad Martinez, Subsecretaria
RESOLUCIÓN N 137-SSTMPCEITGP-2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 7 de Noviembre de 2022
VISTO el expediente electrónico Nº EX-2022-30819734-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, la Ley Nº 14.209, los Decretos Nros. 13/2014 y 54/2020, modificado por su par Nº 90/2022 y las Resoluciones Nros. 23 /2014 de la entonces Secretaría de Turismo y 10/2019 del Ministerio de Producción, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.209 declara al turismo de interés provincial como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y la actividad turística;
Que su Decreto reglamentario N 13/2014 establece que la autoridad de aplicación de la misma será la Secretaría de Turismo u organismo que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto N 54/2020, modificado por su par Nº 90/2022, aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, y estableció que corresponde a la Subsecretaría de Turismo dependiente del mismo entender en los asuntos relacionados al cumplimiento de la Ley Nº 14.209 y sus modificatorias;
Que por la Resolución N 23/2014 de la entonces Secretaría de Turismo, se creó el Registro de Prestadores Turísticos en el cual deben inscribirse los prestadores de servicios que desarrollen su actividad en el territorio provincial, y, dentro del mismo, el Registro de Hotelería y Afines, estableciendo las formas de clasificación y categorización de los alojamientos turísticos;
Que a través de la Resolución N 10/2019 del entonces Ministerio de Producción se aprobaron los nuevos requerimientos documentales, circuito administrativo, formularios y demás documentación para la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines, derogando el artículo 14 de la Resolución N 23/2014; Que, por las presentes, la titular de la explotación comercial Corina Evangelina CORNEJO CUIT: 2711585356-8, solicita la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines del establecimiento denominado Hotel Dany., ubicado en la calle 31 N 201 de la localidad de Santa Teresita, partido de La Costa;
Que en las actuaciones referidas obra en orden 2, formulario de inscripción PD-2022-30673739-GDEBADTAYLDLIMPCEITGP ; en orden 3, título de propiedad del establecimiento como vínculo que legitima la posesión del mismo IF-2022-30673757-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP; en orden 4, constancia de habilitación municipal IF-202230673762-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP y en orden 5, fotografías tanto del interior como del exterior del establecimiento IF-2022-30673786-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP ;
Que se considera elemento suficiente de verificación de identidad, el ingreso al Módulo de Trámites Online MoTO
mediante la utilización por parte del solicitante de su CUIT y clave fiscal, prescindiéndose de esta manera de la presentación de copias de documento nacional de identidad o de documentación que acredite personería jurídica en caso de corresponder;
Que en cuanto al uso del Libro de Reclamos y Sugerencias, se reemplaza el de formato papel por uno de formato digital, que se pondrá a disposición del establecimiento una vez finalizada la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines;
Que conforme lo declarado en el formulario de inscripción, el establecimiento fue construido en el año 1960 , permanece abierto en temporada alta, dispone de un total de catorce 14 habitaciones con treinta y siete 37 plazas, edificado en 2
plantas a las que se accede por escalera;
Que cuenta con recepción equipada con teléfono y un 1 salón desayunador equipado con un 1 televisor;
Que en cuanto a la seguridad, el establecimiento dispone de matafuegos, luces de emergencia y señalización;
Que brinda los servicios de desayuno continental, internet por wifi, preparación de la habitación, cambio de ropa de cama cada tres 3 días y sistema de refrigeración con ventilador;
Que las habitaciones cuentan con mesa de luz y placard;
Que en concordancia con el informe IF-2022-32019137-GDEBA-DRYFMPCEITGP emitido por la Dirección de Registro y Fiscalización, que ha sido elaborado con fundamento exclusivo en lo declarado en el formulario de inscripción, se estima pertinente reclasificar y recategorizar al establecimiento dentro del alojamiento turístico hotelero como Hotel Una Estrella;
de conformidad con lo normado por los artículos 6 º inciso a, 9º inciso a, 11, 15, 16, 18, 34, 35, 36, 43 y concordantes del Anexo 1 de la Resolución Nº 23/2014 de la entonces Secretaría de Turismo, modificada por su par N 10/2019;
Que asimismo manifiesta que la información brindada por el prestador surte efectos de presunción de verdad, pudiendo este Organismo verificar de oficio la veracidad de lo manifestado, dejando establecido que su falta lo hará pasible de sanción, según lo reglado en el artículo 11 del Decreto Nº 13/2014;
Que ha tomado intervención prestando conformidad a la continuidad del presente trámite Asesoría General de Gobierno;
Que la presente gestión se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 14.209, y los Decretos Nº 13 /2014 y 54/2020, modificado por su par Nº 90/2022.
Por ello, LA SUBSECRETARIA DE TURISMO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Clasificar y categorizar al alojamiento turístico hotelero denominado Hotel Dany, cuyo titular de la
SECCIÓN OFICIAL > página 79

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/03/2023 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date29/03/2023

Page count236

Edition count3406

First edition02/07/2010

Last issue05/07/2024

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