Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/10/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
c Fijar el importe del Código 202 Bono Servicio Diario establecido en el artículo 5 inciso c del Decreto N 1.782/16, a partir del 1 de enero de 2017 en pesos ciento treinta y ocho $138, a partir del 1 de abril de 2017 en pesos ciento cuarenta y cuatro $144, a partir del 1 de julio de 2017 en pesos ciento cincuenta $150 y a partir del 1 de octubre de 2017
en pesos ciento cincuenta y seis $156, por día efectivamente trabajado.
d Fijar el importe del Código 183 Recomposición Salarial, establecido en el artículo 5 inciso b del Decreto N 1.308/15, a partir del 1 de enero de 2017 en pesos mil cuarenta y cinco $1.045, a partir del 1 de abril de 2017 en pesos mil noventa $1.090, a partir del 1 de julio de 2017 en pesos mil ciento treinta y cinco $1.135 y a partir del 1 de octubre de 2017
en pesos mil ciento ochenta $1.180.
ARTÍCULO 6: Incrementar los montos de los contratos de servicios, para el personal que se desempeña bajo dicha modalidad en el ámbito de la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial en sus diversos sectores, de acuerdo al siguiente detalle:
a en treinta y siete por ciento 37% a partir del 1 de octubre 2016, respecto de los valores vigentes a diciembre de 2015.
b en cuatro con cincuenta por ciento 4,50% a partir del 1 de enero de 2017, en nueve por ciento 9% a partir del 1º de abril de 2017, en trece con cincuenta 13,50% a partir del 1º de julio de 2017 y en dieciocho por ciento 18% a partir del 1º de octubre de 2017, respecto de los valores vigentes a diciembre de 2016.
ARTÍCULO 7: Establecer que para la operatividad de la cláusula de adecuación salarial acordada en la negociación paritaria, en abril de 2017
para la primera etapa trimestral enero-marzo, en julio de 2017 para la segunda etapa trimestral abril-junio, en octubre de 2017 para la tercera
LA PLATA, VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2017
etapa trimestral julio-septiembre y en enero de 2018 para la cuarta etapa trimestral octubre-diciembre, se tomará la variación del Índice de Precios al Consumidor IPC determinado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC acumulado al finalizar cada trimestre, determinando que si dicho índice supera el incremento salarial acumulado, se efectivizará la readecuación de la pauta salarial en el excedente con efecto retroactivo al mes en que se produjo el desfasaje.
ARTÍCULO 8: El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, de Trabajo, de Infraestructura y Servicios Públicos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 9: Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Hernán Lacunza Marcelo Villegas Ministro Ministro Ministerio de Economía Ministerio de Trabajo Roberto Gigante Federico Salvai Ministro Ministro Ministerio de Infraestructura y Ministerio de Jefatura de Servicios Públicos Gabinete de Ministros María Eugenia Vidal Gobernadora Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
Anexo 1
Sueldos Básicos Personal Ferroviario Unión Ferroviaria Sueldo Básico - en pesos Escala
Vigente a partir de 1º Vigente a partir de 1º Vigente a partir de 1º Vigente a partir de Vigente a partir de 1º de enero 2017
de octubre 2016
de abril 2017
1º de julio 2017
de octubre 2017

111
112
113
114
115
116
117
118
119
120
121
122
123
124
125

$ 4.343,69
$ 4.525,80
$ 4.757,98
$ 5.002,37
$ 5.193,80
$ 5.375,80
$ 5.640,72
$ 5.823,31
$ 6.051,23
$ 6.470,77
$ 6.907,32
$ 7.339,19
$ 7.802,20
$ 8.077,13
$ 8.445,19

$ 4.539,16
$ 4.729,47
$ 4.972,08
$ 5.227,48
$ 5.427,52
$ 5.617,71
$ 5.894,56
$ 6.085,36
$ 6.323,53
$ 6.761,96
$ 7.218,15
$ 7.669,45
$ 8.153,30
$ 8.440,60
$ 8.825,23

$ 4.734,62
$ 4.933,13
$ 5.186,19
$ 5.452,58
$ 5.661,24
$ 5.859,63
$ 6.148,39
$ 6.347,41
$ 6.595,84
$ 7.053,14
$ 7.528,98
$ 7.999,71
$ 8.504,39
$ 8.804,07
$ 9.205,26

$ 4.930,09
$ 5.136,79
$ 5.400,30
$ 5.677,69
$ 5.894,96
$ 6.101,54
$ 6.402,22
$ 6.609,45
$ 6.868,14
$ 7.344,33
$ 7.839,81
$ 8.329,98
$ 8.855,49
$ 9.167,54
$ 9.585,30

$ 5.125,55
$ 5.340,45
$ 5.614,41
$ 5.902,79
$ 6.128,68
$ 6.343,45
$ 6.656,05
$ 6.871,50
$ 7.140,45
$ 7.635,51
$ 8.150,64
$ 8.660,24
$ 9.206,59
$ 9.531,01
$ 9.965,33

Anexo 2
Sueldos Básicos Personal Ferroviario Señaleros Ferroviarios Argentinos
Sueldo Básico - en pesos Escala
405

415
417
424

Vigente a partir de 1º de octubre 2016

$ 5.341,41
$ 5.923,69
$ 6.509,40
$ 8.262,14

Vigente a partir de 1º de enero 2017

$ 5.581,78
$ 6.190,26
$ 6.802,33
$ 8.633,93

Vigente a partir de 1º de abril 2017

Vigente a partir de 1º de julio 2017

Vigente a partir de 1º de octubre 2017

$ 5.822,14
$ 6.062,50
$ 6.302,87
$ 6.456,82
$ 6.723,39
$ 6.989,96
$ 7.095,25
$ 7.388,17
$ 7.681,10
$ 9.005,73
$ 9.377,52
$ 9.749,32
IF-2017-00657807-GDEBA-DPELSPMEGP

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SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 9273

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/10/2017 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date27/10/2017

Page count50

Edition count3404

First edition02/07/2010

Last issue03/07/2024

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