Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/01/2012 - Sección Oficial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ANEXO 2
CALENDARIO ESCOLAR 2012
INSTRUCCIONES GENERALES
Con la aprobación del presente Calendario, se establecen pautas básicas que deberán regir para todas las unidades educativas públicas, de gestión estatal y de gestión privada, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. En la elaboración de estas Instrucciones Generales, se tuvieron en cuenta los lineamientos básicos de la Política Educativa Bonaerense, enmarcada en la Ley Provincial de Educación N 13.688.
Pautas Básicas 1.-Ciclo Lectivo: Período durante el cual se realizan las actividades educativas anuales ordinarias para el conjunto de los alumnos de las unidades educativas; este ciclo no se interrumpe durante la suspensión de clases en época invernal.
El Ciclo Lectivo tendrá la siguiente duración:
a Educación Inicial:
a.1. Jardines Maternales:
desde el 01-02 hasta el 28-12-2012
a.2. Jardines de Infantes:
desde el 28-02 hasta el 18-12-2012
b Educación Primaria:
desde el 28-02 hasta el 18-12-2012
c Educación Especial:
desde el 28-02 hasta el 18-12-2012
ch Educación Adultos y F. Prof.:
desde el 01-03 hasta el 18-12-2012
d Educación Secundaria desde el 01-03 hasta el 18-12-2012
e Educación Superior:
desde el 12-03 hasta el 30-11-2012
f Educación Artística:
f.1. Esc. de Educ. Estética:
desde el 28-02 hasta el 18-12-2012
f.2. Nivel Terciario:
desde el 12-03 hasta el 30-11-2012
g Educación Física:
desde el 28-02 hasta el 18-12-2012
g.1: C.E.F.:
desde el 28-02-2012 hasta el 28-02-2013
h Psicología Comun. y Pedagogía Social.:
desde el 27-02 hasta el 18-12-2012
h.1: C.E.C.:
desde el 27-02-2012 hasta el 28-12-2013
2.-RECESO ESCOLAR: Períodos que transcurren:
2.1.- De verano: Entre el día siguiente al de finalización del Ciclo Lectivo y el anterior al de iniciación del siguiente.
2.2.- De invierno: durante la suspensión de clases en época invernal del 16 de julio al 27 de julio Durante los períodos de receso escolar se desarrollan actividades complementarias para el logro de los objetivos educacionales.
2.3.- Los Jardines Maternales, los C.E.C. Centros Educativos Complementarios y los C.E.F. Centros de Educación Física no tienen receso escolar en la época invernal.
3.-CURSO ESCOLAR: EL CURSO ESCOLAR SE INICIARÁ CON LAS ACTIVIDADES
PREVIAS DE ORGANIZACIÓN DEL CICLO LECTIVO Y CONCLUIRÁ EL DÍA ANTERIOR
AL COMIENZO DEL SIGUIENTE CURSO ESCOLAR. ANUALMENTE EL CALENDARIO
ESCOLAR DETERMINARÁ LAS FECHAS CORRESPONDIENTES
En el año 2012 el Curso Escolar comenzará el 27-02-2012 y finalizará el 28-022013.
4.-SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES: Se suspenderán las actividades en los siguientes casos:
4.1.- El día que se conmemora la fiesta patronal o el aniversario de fundación de la ciudad según lo determinen las autoridades municipales.
4.2.- El día que se cumplen los 25, 50, 75, o 100 años de fundación del establecimiento.
En caso de más de 100 años, cada 25 años.
4.3.- El día del sepelio de personal docente, no docente, del establecimiento.
4.4.- El día del sepelio de un alumno del establecimiento.
4.5.- Cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que impliquen riesgos para el alumnado, personal docente y no docente o configuren una emergencia, a nivel local, distrital o regional. Tendrán facultades para disponer la misma:
a El Director/a cuando afecte sólo a su establecimiento.
b El Consejo Escolar y la Jefatura Distrital de Enseñanza cuando afecte a establecimientos del distrito.
4.6.- En las Escuelas Idiomáticas Integrales adheridas al Consejo Central Israelita:
Decláranse días no laborables para todos los habitantes que profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío Rosh-Hashaná, dos 2 días y el Día del Perdón Ion Kipur un 1 día. LEY N 24.571- promulgada el 25-X-95 y las Pascuas Judías cuatro 4 días.
LEY Nº 26.089 sancionada el 19-IV-07
4.7.- En los establecimientos educativos de gestión privada adheridos al Consejo de Educación Católica hasta un máximo de tres días para realizar el retiro espiritual anual destinado a los alumnos, siempre que se ajusten a la reglamentación que a ese efecto dictara la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada MEMORANDO n 21.110
del 10-12-97 de DiPrEGeP..
4.8.- Declárese día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Islámico Hégira, el día posterior a la Culminación del Ayuno Id Al-Fitr; y el día de la Fiesta del Sacrificio Id Al-Adha, LEY N
24.757 - promulgada el 20-XII-96.
ACLARACIÓN: Excepto en la situación del ítem 4.1, en los casos de suspensión de actividades el Director/a del establecimiento dará cuenta inmediata de la decisión a sus superiores.

LA PLATA, LUNES 16 DE ENERO DE 2012

PÁGINA 331

5.- SIN SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES: Cada establecimiento podrá realizar un acto homenaje a su patrono en el aniversario de su nacimiento, fallecimiento o día especialmente instituido al efecto, o conmemorativo de su fundación.
6.- FERIADOS NACIONALES: Cronograma de los feriados correspondientes al año 2011.
FERIADOS INAMOVIBLES
FECHA
1º de Enero 20 y 21 de Febrero 27 de Febrero
DÍA
Domingo Lunes y Martes Lunes
CONMEMORACIONES
Año Nuevo Carnaval Bicentenario de la creación de la Bandera Nacional 24 de Marzo Sábado Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia 2 de Abril Lunes Día del Veterano y los Caídos en la Guerra de Malvinas Ley 26.110
6 de Abril Viernes Viernes Santo 30 de Abril
Lunes Feriado Puente Turístico 1º de Mayo Martes Día del Trabajador 25 de Mayo Viernes Día de la Revolución de Mayo 20 de junio Miércoles Paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano.
9 de Julio Lunes Día de la Independencia 8 de Diciembre Sábado Inmaculada Concepción de María 24 de Diciembre
Lunes Feriado Puente Turístico 25 de Diciembre Martes Navidad Los feriados inamovibles se rigen por la LEY Nº 21.329. Excepto el 8 de diciembre incorporado por LEY Nº 24.445.
FERIADOS TRASLADABLES
FECHA
17 de agosto
TRASLADADOS AL DÍA
Lunes 20 de Agosto
CONMEMORACIONES
Paso a la inmortalidad del General José de San Martín.
12 de octubre Lunes 08 de Octubre Día del Respeto a la Diversidad Cultural 20 de Noviembre Lunes 26 de Noviembre Día de la Soberanía Nacional Estos feriados se rigen por el Decreto 1584 y 1585/2010
NO LABORABLES INAMOVIBLES
FECHA
6, 7 y 8 de Abril 12 al 14 de Abril
DÍA
CONMEMORACIONES
Viernes a Domingo Pascuas Judías b Jueves a Sábado Los dos primeros días y los dos últimos días de la Pascua Judía b 5 de Abril Jueves Jueves Santo Festividad Cristiana 24 de Abril Martes Día de Acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos a 16 de Septiembre Domingo Año Nuevo Judío c 25 de Septiembre Martes Día del Perdón Dispuesto por LEY Nº 24.571
Dispuesto por LEY Nº Fiesta del Sacrificio d 24.757
Año Nuevo Musulmán Culminación del Ayuno a Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a la comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente Ley.
b Sólo para los habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
Los dos primeros días del Pesaj Pascua comienzan el 6 de abril a las 18:20 horas y finaliza el 8 de abril a las 19:20 horas.
Los dos últimos días del Pesaj Pascua comienzan el 12 de abril a las 18:15 horas y finaliza el 14 de abril a las 19:15 horas.
c Los días de Rosh Hashana Año Nuevo comienzan el 16 de septiembre a las 18:15
horas y finaliza el 18 de septiembre a las 19:15 horas.
Los días de Iom Kipur Día del perdón comienzan el 25 de septiembre a las 18:30
horas y finaliza el 26 de septiembre a las 19:30 horas.
d Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por Decreto 1584/2010
Se rigen por calendario lunar.
ANEXO 3
CONMEMORACIONES Y CELEBRACIONES.
FORMA
1.- Actos Solemnes
TIPO
1.1.- En el día de la fecha se efectuará el acto solemne con apertura a la comunidad.
1.2.- Se celebrará o conmemorará en una 1 hora de clase, a criterio del P.E.I. Proyecto Educativo Institucional.

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/01/2012 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date16/01/2012

Page count43

Edition count3407

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2012>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031