Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/01/2012 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 330

LA PLATA, LUNES 16 DE ENERO DE 2012

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Oficial Resoluciones


Provincia de Buenos Aires DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución Nº 4.302
La Plata, 5 de diciembre de 2011.
VISTO que por los presentes actuados se tramita la aprobación del Calendario Escolar 2012 para todos los Niveles, Ciclos y Modalidades de la enseñanza, en establecimientos dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, elaborado por el Consejo General de Cultura y Educación; y CONSIDERANDO:
Que según lo pautado en la Ley Provincial de Educación N 13.688 corresponde al Director General de Cultura y Educación establecer el período Lectivo y Escolar;
Que corresponde dar cumplimiento al Convenio del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología N 337/03 suscripto entre el Presidente de la Nación, el Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología y los titulares de las Jurisdicciones Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Ley N 25.864 y a la Resolución 165/11 del Consejo Federal de Educación;
Que el presente calendario, además de pautar los períodos formales de funcionamiento institucional, considera la organización de actividades que contemplan conmemoraciones y celebraciones por entender que las mismas, al concretarse en los espacios institucionales y de aula, posibilitan a los alumnos comprender y valorar el sentido de hechos y circunstancias, comprometiéndose personal y grupalmente;
Que se promueve la institucionalización y organización técnico operativa de las Actividades Científicas Tecnológicas para coadyuvar al logro de la promoción de las prácticas de investigación en los distintos niveles educativos;
Que las instancias local, regional y provincial de las Ferias de Ciencia y Tecnología tienen como objetivo principal profundizar la democracia y socialización de conocimientos integrando proyectos científicos de servicios educativos de todas las ramas y tipos de gestión;
Que las actividades a las que se hace referencia en los apartados anteriores deben estar expresadas en el Proyecto Educativo Institucional, el Proyecto Curricular Institucional y en el Proyecto de aula según corresponda;
Que a partir de la autonomía institucional como así también de la importancia de la contextualización de las acciones, surge la necesidad de incorporar al presente calendario y a nivel de los servicios, actividades en conmemoración y celebraciones propias al contexto local y regional, por su reconocido valor cultural y de fuerte impacto sociocomunitario;
Que el impacto, al que se hace referencia coadyuva al proceso educativo enunciado en el Proyecto Educativo Jurisdiccional;
Que el Consejo General de Cultura y Educación aprobó la iniciativa presentada por la Comisión de Programas y Proyectos Educativos y Culturales;
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 69 inc. w de la Ley N 13.688, resulta viable el dictado del pertinente acto administrativo;
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modificar el Anexo 2 punto 3 de la Resolución Nº 4600 de fecha 27 de diciembre de 2010 de esta D. G. C. y E. que aprueba el Curso Escolar del Calendario Escolar 2011 que quedará comprendido entre el 28 de febrero de 2011 y el 27 de febrero de 2012
ARTÍCULO 2º. Aprobar el Calendario Escolar 2012 para todos los Niveles, Ciclos y Modalidades del Sistema Educativo de la Provincia de Buenos Aires, cuyo Cronograma de Iniciación, Receso de Invierno y Finalización del Ciclo Lectivo, obra como Anexo 1 de la presente Resolución y consta de una 1 foja.
ARTÍCULO 3. Aprobar las Instrucciones Generales, Conmemoraciones, Celebraciones, Protocolo Escolar y Cronogramas que se consignan en los Anexos 2 que
consta de tres 3 fojas, 3 que consta de una 1 foja, 4 que consta de tres 3 fojas, 5 que consta de una 1 foja y 6 que consta de diecisiete 17 fojas respectivamente, que forman parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4. Declarar al Ciclo Lectivo 2012 como Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Nacional ARTÍCULO 5. Determinar que las Unidades Educativas de Gestión Privada que se encuentren comprendidas en Convenios Intergubernamentales sobre Cooperación Cultural y Científica fijarán su propio Ciclo Lectivo, en el marco de la presente Resolución, el Convenio del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología N 337/03 y la Ley N
25.864. La Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada tendrá a su cargo la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de la cantidad de días efectivos de clase establecidos por Calendario Escolar. El Ciclo Lectivo de las Escuelas Bilinges y Trilinges dependientes de la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada se regirá por lo pautado en la Resolución N 5554/03 de esta Dirección General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 6. Dejar expresamente establecido que quedan derogadas todas las Resoluciones y Disposiciones que hayan concedido excepciones al cumplimiento del Calendario Escolar, salvo lo fijado en el segundo párrafo del artículo 5.
ARTÍCULO 7. Establecer que la presente Resolución será refrendada por la Vicepresidencia 1 del Consejo General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 8. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la misma; notificar al Consejo General de Cultura y Educación; a la Subsecretaría de Educación, a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Educativa, a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada, a la Dirección Provincial de Política Socio-Educativa y a través de ellas a todas las Direcciones docentes y administrativas, a la Dirección Centro de Documentación e Información Educativa y a la Secretaría General del Consejo Federal de Educación. Publíquese, dese al Boletín Oficial e Incorpórese al Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archivar.Mario N. Oporto Director General de Cultura y Educación ANEXO 1
CRONOGRAMA 2012
Niveles y Modalidades de la Enseñanza Educación Inicial Educación Primaria Educación Especial Educación de Adultos y Formación Profesional Educación Artística esc. Estética Educación Física C.E.f.
Psicología Comunitaria y Pedagogía Social C.E.c.
Educación Secundaria Dirección de Educación Superior Educación Artística Nivel Terciario
Comienzo 28-02-2012
28-02-2012
28-02-2012

Receso Finalización de Invierno 16-07 al 27-07 18-12-2012
16-07 al 27-07 18-12-2012
16-07 al 27-07 18-12-2012

01-03-2012

16-07 al 27-07 18-12-2012

28-02-2012
28-02-2012
28-02-2012

16-07 al 27-07 18-12-2012
16-07 al 27-07 18-12-2012
16-07 al 27-07 28-02-2013

28-02-2012
28-02-2012
01-03-2012

16-07 al 27-07 18-12-2012
16-07 al 27-07 28-02-2013
16-07 al 27-07 18-12-2012

12-03-2012

16-07 al 27-07 30-11-2012

12-03-2012

16-07 al 27-07 30-11-2012

JORNADAS INSTITUCIONALES 6 DÍAS DURANTE EL CICLO LECTIVO
Se llevarán a cabo 3 Jornadas con anterioridad y 3 con posterioridad al Receso Escolar de Invierno. 2 en el mes de febrero y 1 en los meses de junio, septiembre, noviembre y diciembre Nota: El acto de cierre del Ciclo Lectivo se realizará el 17 o el 18 de diciembre.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/01/2012 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date16/01/2012

Page count43

Edition count3407

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

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