Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/07/2011 - Sección Oficial
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
BOLETÍN OFICIAL
Por ello,
LA PLATA, MARTES 5 DE JULIO DE 2011 PÁGINA 5717
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y USO AGROPECUARIO
DE LOS RECURSOS NATURALES, DISPONE:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DISPONE:
ARTÍCULO 1. Vedar la temporada de Caza Comercial de la Liebre europea Lepus europaeus, en el Partido de General Madariaga para la presente temporada.
ARTÍCULO 2º. La presente Disposición entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
ARTÍCULO 1º: Anular las constataciones de parto serie A Nº 01241372; serie A Nº 01212023; serie A Nº 01212109; serie A Nº 01241491; serie A Nº 01241554; serie A Nº 01212078; serie A Nº 1212079 y las obleas de seguridad serie AA Nº 0034636; serie BA
Nº 0996514; serie AA Nº 0034638.
ARTÍCULO 2º. Destruir la documentación detallada en el artículo 1º por la Dirección de Planeamiento y Estadística, bajo debida constancia.
ARTÍCULO 3º. Publicar en el Boletín Oficial. Registrar. Comunicar al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y a la Dirección de Delegaciones. Cumplido, archivar.
Horacio Carrettoni Director Provincial de Fiscalización y Uso Agropecuario de los Recursos Naturales C.C. 7.042
Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
Disposición Nº 7.395
La Plata, 14 de junio de 2011.
VISTO el Expediente Nº 2951-2015/2011, relacionado con la nota elevada a foja 2
suscripta por el Director del Hospital Municipal Nuestra Señora de Luján que diera origen a los presentes, y CONSIDERANDO:
Que a foja 1 luce la constatación de parto serie A Nº 01093217 y oblea de seguridad serie BA Nº 0968544 anulada por el Hospital Señora de Luján;
Que a foja 2 luce nota del Director del Hospital Nuestra Señora de Luján, Dr. Sergio
Fernando FARO, por medio de la cual remite la citada constatación a la Región Sanitaria VII B del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;
Que a foja 4 luce nota suscripta por el Dr. Eduardo H. TROPIANO, Director Coordinación de Regiones Sanitarias, por la que eleva las actuaciones a la Dirección de Estadísticas y Planeamiento del Registro Provincial de las Personas;
Que a foja 5 luce nota suscripta por el Licenciado Cristian BATISTA, Director de Planeamiento y Estadística elevada a la Directora Provincial, con el objeto de anular la constatación de parto y oblea se seguridad detalladas;
Que las presentes actuaciones se enmarcan dentro de lo dispuesto por el artículo 11
del Decreto 1454/06, Por ello, LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Anular la constatación de parto serie A Nº 01093217 y la oblea de seguridad serie BA Nº 0968544, por las razones expuestas en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2º. Destruir la documentación detallada en el artículo 1º por la Dirección de Planeamiento y Estadística, bajo debida constancia.
ARTÍCULO 3º. Publicar en el Boletín Oficial. Comunicar el contenido de la presente al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y a la Dirección de Delegaciones.
Cumplido, archivar.
Claudia M. Corrado Directora Provincial C.C. 7.307
Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
Disposición Nº 7.396
La Plata, 14 de junio de 2011.
VISTO el Expediente Nº 2209-16324/2011, relacionado con la nota elevada a foja 1
suscripta por el Director Médico del Hospital Italiano de La Plata, que diera origen a los presentes, y CONSIDERANDO:
Que obra a foja 1 nota suscripta por el Director Médico del Hospital Italiano de La Plata, Dr. Roberto D. MARTÍNEZ, elevada al Departamento de Estadísticas del Registro Provincial de las Personas por la que solicita la anulación de las constataciones de parto y obleas de seguridad que se detallan;
Que adunadas a foja 1 lucen las obleas de seguridad serie AA Nº 0034636; serie BA
Nº 0996514; serie AA Nº 0034638;
Que se acompañan las constataciones de parto serie A Nº 01241372; serie A Nº 01212023 y serie A Nº 01212109 las que deben ser anuladas por rotura;
Que se acompañan las constataciones de parto serie A Nº 01241491; serie A Nº 01241554; serie A Nº 01212078; serie A Nº 1212079 las que deben ser anuladas por error en su confección;
Que las presentes actuaciones se enmarcan dentro de lo dispuesto en el artículo 11
del Decreto 1454/06,
Claudia M. Corrado Directora Provincial C.C. 7.308
Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
Disposición Nº 7.397
La Plata, 14 de junio de 2011.
VISTO el Expediente Nº 2209-12902/2011, relacionado con la nota elevada a foja 1
suscripta por el Director de Planeamiento y Estadística del Registro Provincial de las Personas, que diera origen a los presentes, y CONSIDERANDO:
Que conforme nota obrante a foja 1 suscripta por el Licenciado Cristian BATISTA, Director de Planeamiento y Estadística; deben ser anuladas las constataciones de parto y obleas de seguridad detalladas;
Que deben anularse las constataciones de parto serie A Nº 01221663; serie A Nº 01189695; serie A Nº 01221753, y obleas de seguridad serie BA Nº 1139105; serie BA Nº 1121161; serie BA Nº 1138894 provenientes del Hospital Español de La Plata, por error en su confección;
Que debe ser anulada la constatación de parto serie A Nº 00172782 y la oblea de seguridad serie BA Nº 0167080, provenientes de FECLIBA, por haber sido plastificadas;
Que deben anularse las constataciones de parto serie A Nº 00171924; serie A Nº 00171901; serie A Nº 00171915; serie A Nº 00171888; serie A Nº 00171792 y la oblea de seguridad serie B Nº A00004212, provenientes del Hospital Italiano de La Plata, por error en su confección;
Que deben anularse las constataciones de parto serie A Nº 00172837; serie A Nº 00191092; serie A Nº 00191117 y las obleas de seguridad serie B Nº A00022110; serie BA Nº 0185343, por error en su confección y la constatación de parto serie A Nº 00191090 y oblea de seguridad serie BA Nº 0185341 por haber sido plastificadas, provenientes de la Clínica Privada Marcelo S. Tachela S.A. Haedo;
Que las obleas de seguridad y constataciones de parto se acompañan ensobradas a foja 2;
Que las presentes actuaciones se enmarcan dentro de lo dispuesto por el artículo 11
del Decreto 1454/06, Por ello, LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Anular las constataciones de parto serie A Nº 01221663; serie A Nº 01189695; serie A Nº 01221753; serie A Nº 00172782; serie A Nº 00171924; serie A Nº 00171901; serie A Nº 00171915; serie A Nº 00171888; serie A Nº 00171792; serie A Nº 00172837; serie A Nº 00191092; serie A Nº 00191117; serie A Nº 00191090 y las obleas de seguridad serie BA Nº 1139105; serie BA Nº 1121161; serie BA Nº 1138894; serie BA
Nº 0167080; serie B Nº A00004212; serie BA Nº 0185343; serie BA Nº 0185341 y serie B
Nº A00022110; por las razones expuestas en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2º. Destruir la documentación detallada en el artículo 1º por la Dirección de Planeamiento y Estadística, bajo debida constancia.
ARTÍCULO 3º. Publicar en el Boletín Oficial. Registrar. Comunicar al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y a la Dirección de Delegaciones. Cumplido, archivar.
Claudia M. Corrado Directora Provincial C.C. 7.309
Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
Disposición Nº 7.398
La Plata, 14 de junio de 2011.
VISTO el Expediente Nº 2209-15329/2011, relacionado con la nota elevada a foja 1
suscripta por el Director de Planeamiento y Estadística del Registro Provincial de las Personas, que diera origen a los presentes, y