Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/05/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 18 de mayo de 2021

interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima - En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.- Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs., al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado."- Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
may. 14 v. may. 20
POR 5 DÍAS - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Nicolás M. Plo, por medio del presente, notifica a ROBERTO HORACIO OROZCO N.N., en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 0702-8187-19, seguidas al nombrado en orden al delito de Homicidio Agravado Tentado y Otro del auto que a continuación se transcribe: field, 13 de abril de 2021. En atención al estado de autos, practíquese por Secretaría el cómputo de vencimiento de pena y liquidación de costas del proceso Art. 500 del CPrP". Nicolás M. Plo, Juez. Computo: "Que practico a los efectos de determinar el vencimiento de la sanción impuesta a Orozco Roberto Horacio mediante el veredicto y sentencia dictado el día 21 de diciembre de 2020 cuando se lo condenó a la pena de un año y nueve meses de prisión con más la multa de mil pesos y costas del proceso declarándolo Reincidente, en orden al delito de Tenencia de Arma de Fuego de Uso Civil sin la debida Autorizacion Legal cfr. fs. 314/322, en el marco de estas actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 0702-8187-19. A partir de ello, y luego de compulsar las actuaciones referidas, pude advertir que Roberto Horacio Orozco N.N. fue aprehendido el día 11 de abril de 2019 ver fs. 5/6, habiendo sido excarcelado el día 10 de enero de 2021 conforme se desprende del incidente de excarcelación que corre por cuerda. En razón de ello y habiendo adquirido firmeza el fallo aludido, la pena impuesta a Roberto Horacio Orozco N.N. venció el día 10 de enero de 2021. Es el cómputo que practico". Secretaría, 13 de abril de 2021. Eliana L.
Costamagna, Secretaria. Certifico: "En cuanto ha lugar por derecho, que practicada la correspondiente liquidación de costas, la misma arroja la suma de pesos $1315.00 mil trescientos quince". Secretaría, 13 de abril de 2021. Eliana L.
Costamagna, Secretaria. field, 13 de abril de 2021. Apruébase el cómputo del vencimiento de pena y la liquidación de costas practicada por Secretaría Art. 500 del CPrP. Notifíquese a las partes y a la víctima de autos". Nicolás M. Plo, Juez. Secretaría, 11 de mayo de 2021. Eliana L. Costamagna, Secretaria.
may. 14 v. may. 20
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de ésta ciudad, cita SANTIAGO ANDRES ALVAREZ, DNI N 35.070.226, nacido el día 18/12/1989, con último domicilio conocido en calle Girasoles N 1589 y a JUAN PABLO CORVALAN, DNI N 34.527.220, nacido el 11/7/1989, con último domicilio conocido en calle La PLata N 1578, ambos de la ciudad de San Nicolás, Pcia. de Bs. As., por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 5465-2021, caratulada: "Gonzalez Damian Rodrigo, Alvarez Santiago Andres, Corvalan Juan Pablo s/Lesiones Leves, Amenazas Calificada, Abuso de Armas" cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "San Nicolás, 11 de mayo de 2021. Atento a los informes obrantes en autos, no habiendo la Defensa aportado dato alguno y, desconociéndose el lugar actual de residencia de los encartados Santiago Andres Alvarez y Juan Pablo Corvalan notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C.P.P., que deberán presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no comparecieren ante este Juzgado, en el término de cinco días, serán declarados Rebeldes, expidiéndose orden de detención en causa Nº 5465-2021 cfr. Arts.
129, 303 y 304 del C.P.P.. Notifiquese electrónicamente". Fdo: Sebastián L. Zubiri. Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Lesiones Leves, Abuso de Armas y Amenazas Calificadas deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo Rebelde y expedirse orden de detención, en causa Nº 5465-2021.
Arts. 129 y 304 del C.P.P.. San Nicolás, 11 de mayo de 2021.
may. 14 v. may. 20
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a la Sra. SARAVI PAOLA LORENA, progenitora de la víctima menor de edad K.F.S., con último domicilio conocido en la calle República del Líbano 3025 de la localidad de Mar del Plata, en causa nro. INC-149964 seguida a Gorosito Daniel por el delito de Incidente de Salida Transitoria la Resolución que a continuación de transcribe:
del Plata, 15 de abril de 2021.- Autos y Vistos: Asimismo, Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y
SECCIÓN JUDICIAL > página 16

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/05/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date18/05/2021

Page count71

Edition count3382

First edition02/07/2010

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