Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Martes 3 de julio de 2018

Pda. Nº 144528, Superf.: 29,73 m2. El DÍA 13 DE JULIO DE 2018 A LAS 11:00 hs. Base: $ 169.126.- Si no hay postores, 2º sub.
el 07/08/18 - 11:00 hs. base reduc. 25% $ 126.844.-; si fracasa, 3º sub. el 08/08/18 a las 11:00 hs. Sin Base. Seña 10%, Com.
4% con más 10% de Aporte Previsional y Sell. de Ley. Ctdo. Efec. Acto subasta. Saldo precio dentro de los 5 días de aprobada sub. Si compra en comisión, denunciará en acto de sub. el comitente. Venta libre de gravám., impuestos, tasas y contribuc. hasta posesión. Tomada la posesión, no se cederán acciones y derechos del boleto de compra-vta. Los asistentes al remate exhibirán DNI. Visitar: día anterior a c/ sub. 10 a 11 hs. Inf.: 494-0216. Deudas: Osse: $ 849,08.- 22/08/16, MGP: $ 572,59.- 31/07/16, Arba: $ 2.462,50.- 22/02/18, Expensas Capital: $ 131.085,37.- / Mes: $ 2.271,88.- 28/02/18. El comprador responderá por expensas no canceladas con producido de sub., aún anteriores a posesión, depositando 100% del importe consignado en edicto, conjuntamente con saldo de precio, antes de la escrituración o inscrip. Autos: Cons. Prop. Edif. Calle corrientes Nº 1824 c/ Benítez Luis Ernesto S/ Cobro Ejec., Expte. Nº 30.714. M.d.P. 28 de junio de 2018. Daniel Harbouk, Auxiliar Letrado.
M.P. 34.650 / jul. 3 v. jul. 5

Agencias CASA CENTRAL
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nro.5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a IVAN NAHUEL SORIA, con último domicilio en calle 69 Nro. S/N y Albania de Villa Astolfi, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 3963, que se le sigue por ROBO, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 14 de Junio de 2018. En atención al informe policial obrante a fs. 99/101 y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Ivan Nahuel Soria, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.-Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr.
Fiscal.- Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 14 de junio de 2018.
C.C. 6.738 / jun. 27 v. jul. 3
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra. Ana María Tenuta notifica a JUAREZ ALEJANDRO, por intermedio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, en la causa Nº 143900-3 nº interno 877 seguida al nombrado en orden al delito de amenazas y daño, que tramita ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail:
juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que se transcribe a continuación field, 13 de junio de 2018.- Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa N 143900-3 nº interno 877 seguida a Juarez Alejandro por el delito de amenazas y daño, y Considerando: La presente causa trata un hecho de amenazas y daño presuntamente ocurrido el día 27 de mayo de 2000 en la localidad de Villa Obrera partido de Lanús, siendo radicada en ésta sede con fecha 13 de septiembre de 2001 fs. 61, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338 del Ceremonial. Que a fs. 254 y con fecha 30 de noviembre de 2005 se decretó la rebeldía y se expidió orden de comparendo compulsivo del imputado Juarez Alejandro. Habiéndose glosado los antecedentes del imputado de marras, se corrió vista al Sr. Agente Fiscal quien a fs. 320 solicitó se decrete la extinción de la acción penal por prescripción en orden al delito que se le endilga. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la ley 25.990.- En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429 caratulada O.L.A. s/ recurso de casación, mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo transcurso del tiempo cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., Fallos 305:1236; 311:2205; 313:1224; 323:1785;
324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P.
83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras.. Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos a y d del C.P. Así las cosas, destaco que la radicación de la presente causa ocurrió el día 13 de septiembre de 2001 fs. 61, y que habiéndose glosado el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires, según las actuaciones obrantes a fs. 312/313 y 316/318, se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del art.67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la ley 25.990, por lo que deberá declararse la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseer al encartado Juarez Alejandro por el delito endilgado en estos obrados.
Asimismo y atento lo expuesto deberá revocarse la rebeldía y orden de comparendo compulsivo que pesa sobre el nombrado ya que mantener la misma implicaría un perjuicio a la libertad ambulatoria del nombrado respecto de quien, el proceso conforme lo he puesto de manifiesto ha concluido extinción de la acción, no teniendo ningún sentido utilizar este medio tan solo para notificarlo de dicho resolutorio. En razón de ello es mi criterio librar edictos a los efectos de publicarlos en el Boletín Oficial por el término de Ley art. 129 del Código de Procedimiento Penal en base a lo expuesto es que: Resuelvo: I.- Revocar la rebeldía y orden de comparendo compulsivo del imputado Juarez Alejandro. Artículo 307 y cctes. del Ceremonial. II.- Declarar la extinción de la acción penal por prescripción de la presente causa Nº 143900-3 nº interno 877 respecto a Juarez Alejandro a quien se le imputara el delito de amenazas y daño, hecho presuntamente ocurrido el día 27 de mayo de 2000 en la localidad de Villa Obrera partido de Lanús. Artículo 62, 67 y 76 ter del C.P.. III.- Sobreseer al encartado Juarez Alejandro, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el día 10 de marzo de 1981, en Capital Federal, de profesión albañil, hijo de Hugo Alejandro Juarez y de Amalia Delgado, domiciliado en Torre 10, 2º piso Sector B de Dock Sud, Avellaneda, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº O3271938, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 992165 , en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, Notifíquese a los Representantes del Ministerio Público en sus respectivos despachos y al imputado mediante edictos los cuales se publicarán en el Boletín Oficial por el tiempo de ley art.

SECCIÓN JUDICIAL > página 53

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2018 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date03/07/2018

Page count21

Edition count3381

First edition02/07/2010

Last issue12/07/2024

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