Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/12/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LA PLATA, VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2017

comisión 10% más IVA más aportes Ley 7.014. Retiro inmediato por lo que los adquirentes deberán contar con los medios necesarios para el acarreo y transporte. Remate ordenado en autos: Cardozo Juan c/Díaz José Luis s/Despido, Exp. 33635. Quilmes, 17 de noviembre de 2017. Federico Wilczek, Secretario.
C.C. 14.578 / dic. 15 v. dic. 18

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - La Sra. Jueza Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, cita y emplaza, por el término de cinco días, a MORENO MAYRA VANESA, argentina, soltera, hija de Ruben Darío y Norma Verónica Santa Cruz, titular del DNI 35.320.153 con último domicilio Real: Calle Ucrania N 3479 Lanús Oeste, a estar a derecho Artículo 129 del Código de Procedimiento Penal, en el marco del Incidente de ejecución de pena N -18049-17-2 promovido en relación a la nombrada. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: Lomas de Zamora, 23 de noviembre de 2017. En atención a lo que surge de lo informado a fs. 11, 12 y 17 y en razón de ignorarse el domicilio de la encartada Moreno Mayra Vanesa, de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza a la encausada de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa N 18049-17 del registro del Juzgado De Garantías N 8 Departamental. Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. Fdo. Dra. Etel B. Bielajew, Jueza de Ejecución. Se hace constar que de no presentarse la mencionada Moreno en el término fijado, se podrá revocar la condicionalidad de la condena de tres años de prisión de ejecución condicional que le fuera impuesta, declarándose la rebelde y ordenándose su inmediata captura Arts. 26, 27, 27 bis y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. Secretaría, 23 de noviembre de 2017. Claudia Alejandra Lueje, Secretaria.
C.C. 14.254 / dic. 11 v. dic. 15


POR 5 DÍAS - La Sra. Jueza Integrante del Tribunal Oral en lo Criminal N 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Secretaría Única, cita y emplaza, por el término de cinco días, a CARLOS ALBERTO VARGAS, a estar a derecho Artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N 6682-15, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo calificado en grado de tentativa. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Banfield, 23 de noviembre de 2017 Por otra parte, atento lo que surge de los informes de fs. 244/247 y en razón de ignorarse el domicilio del causante Carlos Alberto Vargas, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P. Se cita y emplaza al encausado Carlos Alberto Vargas, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Fdo.: Elisa B. López Moyano, Jueza. Ante mí: Romina Cece. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde Artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 23 de noviembre de 2017. Romina Cece, Secretaria.
C.C. 14.256 / dic. 11 v. dic. 15
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a DANIEL IVÁN ZAMORANO en su calidad de víctima desconociendo su último domicilio en causa N INC-13972-4 caratulada Muñoz Conde Miguel Ángel s/ Incidente de Salidas Transitorias y Régimen Abierto la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 30 de noviembre de 2017.
Autos y Vistos: I. Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y, atento el estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del Art. 100 y ccts. Ley 12.256 al Sr. Fiscal de Ejecución y a la Defensa intervinientes por el plazo de 5 días corridos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos, en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de la parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también, toda otra prueba ofrecida Incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción. II. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los Arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 18 de diciembre de 2017 a las 10:00 hs. Ofíciese a la unidad penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la Fuerza Pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma. Cámara de apelaciones y garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada Salazar Martín Adrián s/ Incidente de Salidas Transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos . III. Ofíciese a la Jefatura Departamental de Policía a los fines de notificar a la esposa de la víctima de autos Carlos David Zamorano, Sra. Barboza María de la Audiencia fijada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a Salidas Transitorias; Régimen de semilibertad; Libertad condicional; Prisión domiciliaria; Prisión discontinua o Semidetención;
Libertad asistida o Régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. IV. Líbrese oficio al Juzgado de Origen a los fines informe a este Juzgado los datos filiatorios y domicilio de la otra víctima de autos Sr. Daniel Iván Zamorano. Fecho, procédase a su notificación de la audiencia designada. Sin perjuicio de ello, y atento la proximidad de la audiencia notifíquese al mismo con carácter de urgente a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. María Luisa Del Papa, Auxiliar Letrada.
C.C. 14.257 / dic. 11 v. dic. 15
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a NAHIR DÍAZ, JUAN IGNACIO MARTIARENA, RUBEN ALFREDO CORREA y ÁNGEL RUBEN SAGUES en su calidad de víctimas sin conocer el último domicilio de los nombrado en causa N INC-14668-1 caratulada Montenegro Carlos Daniel s/ Incidente de libertad condicional la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 30 de noviembre de 2017. Autos y Vistos: I. Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y, atento el estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del Art. 100 y ccts. Ley 12.256 al Sr. Fiscal de Ejecución y a la defensa intervinientes por el plazo de 5 días corridos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la Audiencia de resolución oral a realizarse en autos, en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de la parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también, toda otra prueba ofrecida Incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción. II. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los Arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 18 de diciembre de 2017 a las 10:00 hs. Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015
por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada Salazar Martín Adrián s/Incidente de Salidas Transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la Audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos . III. Líbrese oficio al Juzgado de Origen a los fines que informe con carácter de urgente a este Juzgado los datos filiatorios y domicilios de las víctimas de autos, Nahir Díaz, Juan Ignacio Martiarena, Ruben Alfredo Córrea y Ángel Ruben Sagues a los fines de ser notificados de la audiencia designada en autos; sin perjuicio de ello y ante la proximidad de la audiencia, notifíquese a los nombrados a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de
SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 11418

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/12/2017 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date15/12/2017

Page count19

Edition count3377

First edition02/07/2010

Last issue03/07/2024

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