Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/10/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 8492

LA PLATA, MIÉRCOLES 15 DE OCTUBRE DE 2014

medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho término cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P.
A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no Presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 22 de septiembre de 2014. Lorena N. Gama, Auxiliar Letrada.
C.C. 10.822 / oct. 15 v. oct. 21


POR 5 DÍASEl Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro, Banfield, Provincia de Buenos Aires, cuarto piso sector C
Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a MOREIRA, CARLOS
ANDRÉS, poseedor del DNI N 18.852.160, nacido el 13
de julio de 1985, hijo de Juan Carlos Moreira y Blanca Esther Cabrera, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa N 36.207/09 Registro Interno N3214, caratulada Moreira Carlos Alberto s/Ame. agr. a.
fuego c/R Ab. Arma agr. c/I Res. Autor c/R Pia F. trámite Ley 13.943. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 22 de setiembre de 2014. En atención a lo que surge del informe de fs.
516/520 y fs. 522 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts.
129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 22 de septiembre de 2014. Luciano Barilá, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.823 / oct. 15 v. oct. 21
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Titular del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro. Banfield, provincia de Buenos Aires cuarto piso sector D, Dr. Manuel Barreiro, en causa N
18.671/09 R.I. N 3337 caratulada Muñoz Hernán Ezequiel, poseedor del D.N.I. N 34.157.560, nacido el 7
de septiembre de 1987 en Lomas de Zamora, hijo de Salvador Muñoz y de Ramona Aguilar en orden al delito de Portación ilegal de arma de uso civil sin la debida autorización legal, a fines de solicitarle tenga a bien ordenar la publicación del edicto que a continuación se transcribe:
Lomas de Zamora, 7 de agosto de 2014. Autos y Vistos:
Para resolver en la presente causa N 07-00-018671-09
R.l. N 3337 de trámite por ante este Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, seguida a HERNÁN EZEQUIEL MUÑOZ en orden al delito de Portación ilegal de arma de uso civil sin la debida autorización legal Y Considerando: IQue la presente causa se ha radicado por ante esta Sede con fecha 19 de marzo de 2012, conforme auto edictado a fs.
93/vta., citándose en consecuencia a las partes a juicio en la forma y por el plazo establecido por la normativa del artículo 338 del Compendio Procedimental. II.- Que a fs.
96/vta. la Sra. Agente Fiscal, Dra. Liliana A. Thiem propuso la aplicación del instituto de suspensión de juicio a prueba en favor del encartado de autos. En virtud de lo cual se dio designó la audiencia en los términos del art.
404 del Ritual la cual se encuentra protocolizada a fs.
113/114vta. III.- Así las cosas el Suscripto, con fecha de junio de 2010, dispuso la Suspensión del Proceso a Prueba por el término de un año y seis meses, declarando razonable la suma ofrecida en concepto de reparación patrimonial imponiendo al encartado el cumplimiento de las reglas de conducta establecidas por los incisos 1, 2
y 3 del artículo 27 bis del Digesto Sustantivo y habiendo diferido la resolución sobre las costas del proceso para el momento prescripto por el art. 76 ter párrafo cuarto del Digesto Sustantivo, ello conforme surge del resolutorio obrante a fs. 119/122vta. IV.- En dicho orden de ideas, y cumplido el término precitado, cabe realizar un análisis de las probanzas colectadas en autos a los efectos de establecer el cumplimiento de los requisitos impuestos por la normativa del artículo 76 ter párrafo cuarto del Fondal a los fines de tener por extinguida la acción penal con respecto al encartado Hernán Ezequiel Muñoz, ello de con-

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formidad con lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del Ritual en función del artículo 321 de la misma normativa.
Es en dicha inteligencia que entiendo corresponde emitir una respuesta afirmativa a dicho interrogante, toda vez que el causante de autos ha reparado el daño y cumplido satisfactoriamente con las obligaciones que le fueran impuestas a tenor de lo normado por el artículo 27 bis del Fondal durante el término establecido. Y ello resulta así, ya que se encuentra acreditado con la constancia obrante a fs. 157/159, y con los informes remitidos por la Dirección Provincial del Patronato de Liberados, Delegación Lomas de Zamora, glosados a fs. 172/177 del principal y fs. 8/9 y fs. 15/17 del incidente de Suspensión de Juicio a Prueba que corre por cuerda a los autos principales, que el nocente fijó residencia y cumplió satisfactoriamente con las obligaciones que le fueran impuestas.
Que el Infrascripto ordenó actualizar los antecedentes penales del encartado, los que lucen a fs. 150/155 y de los cuáles surge que Hernán Ezequiel Muñoz no ha cometido un nuevo delito, actuaciones con las cuáles se deberá tener por finalizada la etapa probatoria. Así las cosas, es en este estado y en razón de las consideraciones expuestas precedentemente, que se deberán tener por cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 76 ter, párrafo cuarto, del Código Penal a los fines de tener por extinguida la acción penal en el sub-exámine, imperando el dictado de sobreseimiento en orden a la precitada causal, siendo ello mi sincera e intima convicción. V.- Por ello, es en orden a las tazones precedentemente enumeradas y mensuradas que este Juzgado en lo Correccional N 6
Departamental, Resuelve: I.- Sobreseer totalmente a Hernán Ezequiel Muñoz poseedor del D.N.I. N
34.157.560; nacido el 7 de septiembre de 1987 en Lomas de Zamora; hijo de Salvador Muños y de Ramona Aguilar;
con Prontuario 1277497 AP; Legajo U2712656. de las demás circunstancias personales de autos, por hallarse extinguida la acción penal en la presente causa que le fuera seguida por el hecho traído a conocimiento del Infrascripto y calificado como Portación ilegal de arma de uso civil sin la debida autorización legal, el que tuviera lugar en fecha 27 de marzo de 2009, en la localidad de Villa Rita, partido de Lomas de Zamora. Artículos 168 y 171 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, 76
ter, párrafo cuarto y 45 y 189 inc. 2 del Código Penal y 210, 321 y 323 inc. 1 del Código Procesal Penal. II.Decomisar el revolver calibre 22 corto marca Pasper, modelo Bagual, fabricación nacional, con número de identificación 347673 observado sobre el lateral derecho del armazón, resulta ser un arma de fuego denominada corta o de puño con sistemas de disparos en simple y doble acción, con elementos de puntería alza y guión fijos, martillo percutor expuestos y púa percutora fija al martillo, tambor cargador fijo sobre el eje de seis alevéolos o recámaras de explosiones de rotación horaria. Con sistema de extracción de vainas por ventanas lateral y vástago faltante de éste presenta seguro de disparos. Con cachas de material sintético color oscuro unidas al armazón por medio de un tornillo pasante. El color del arma resulta ser plateada y el estado de conservación es considerada como buena, y seis cartuchos intactos calibre Short Marcas Rem, cuerpos de vainas en latón dorado, puntas de ploma con baño electrónicos nariz redonda, sostema de fuego anular que fuera secuestrada en autos. Se deja expresa constancia que el decomiso dispuesto precedentemente quedará a cargo de la Oficina de Custodia Efectos del Ministerio Público Fiscal Departamental, debiendo a dichos efectos librarse oficio a dicho organismo, adjuntándose copia certificada de la presente resolución, ello de conformidad con lo dispuesto por la Ley 25.983 y el artículo 9 del Acuerdo 3062 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Artículos 23 del Código Penal y 522 del Código de Procedimiento Penal. III.- Fijar en la suma de ciento diez pesos $ 110 la tasa de justicia de la presente causa, la que deberá ser soportada por el encartado en autos.
Artículos 530, 531 y 533 del Código de Procedimiento Penal y 83 párrafo primero de la Ley Impositiva 14.394 y sus modificatorias. IV.- Regístrese y Notifíquese a la Sra.
Fiscal de Juicio, a la Sra. Defensora Oficial y al imputado de autos. V.- Cúmplase con las comunicaciones de Ley.
Ante mí: Fdo. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Para mayor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena Lomas de Zamora, 26 de septiembre de 2014. En atención al estado de autos notifíquese al encartado, Hernán Ezequiel Muñoz el auto de fs. por medio de edictos por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina del Boletín Oficial Departamental, dejándose cons-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

tancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo . Fdo. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 26 de septiembre de 2014. Luciano Barilá, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.825 / oct. 15 v. oct. 21

1. LA PLATA

L.P.

POR 10 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de La Plata N 17, cita y emplaza a herederos, acreedores y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en la calle 233 s/n entre la calle 436 y la Ruta Nacional N 2 en la localidad de Abasto, Partido de La Plata; Nomenclatura Catastral Circunscripción VIII, Parcela 2415d; Partida Inmobiliaria 61.078; Inscripción de Dominio: Registro Impares de Anotaciones Marginales F 192 vuelta Año 1931 con relación a la inscripción N 50.413, F 1076 B-1907; motivo de los autos caratulados Mancinelli Ricardo Julio c/ PÉREZ
ARRASCAETA JUAN s/ Prescripción Adquisitiva Vicenal /
Usucapión, para que comparezcan a estar a derecho y a contestar la demanda en el plazo de ley de 10 días bajo apercibimiento de designarse al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes para que lo represente Art. 681 y ctes.
del C.P.C.C.. La Plata, 3 de septiembre de 2014. Rosario Guzmán, Auxiliar Letrado.
L.P. 26.778 / oct. 9 v. oct. 23


POR 5 DÍAS - El Juz. de Primera Inst. en lo Civil y Comercial Nº 11 de La Plata, informa que con fecha 5 de agosto de 2014 se ha abierto el concurso preventivo de la Sra. LUNA MÓNICA VOLETA, DNI Nº 18.611.647, con domicilio real en calle 39 Nº 564 Depto. E, de La Plata.
Sindicatura B:
Ctdor.
Manuel Montaña, peritojmmo@yahoo.com.ar Teléf. 011 42840087. Días de atención: Martes y jueves de 17 a 20 hs. en calle 14 Nº 743
PB D de La Plata, y martes y viernes de 12 a 15 hs. en calle Paraguay N 2081, piso 7 B, C.A.B.A. Fecha hasta la cual se podrán presentar los pedidos de verificación:
23/10/2014. Arancel verificatorio: $ 470. Presentación del informe individual Art. 35: 09/12/2014. Presentación del Informe General Art. 39: 24/02/2015. Aud. Informativa:
12/08/2014. Cecilia Corredera, Auxiliar Letrada. La Plata, 2 de octubre de 2014.
L.P. 26.804 / oct. 9 v. oct. 16
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 14 del Departamento Judicial de La Plata, en los autos caratulados Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Pared, Mirta Del Carmen y Otros s/ Cobro Ejecutivo Expte. 18.668, cita y emplaza a todos los herederos de la Sra. MANUELA FRANCISCA MORENO, L.C.
3.110.671, a que en el término de diez días comparezcan a tomar la intervención en autos, bajo apercibimiento de nombrar Defensor Oficial. La Plata, 19 de agosto de 2014.
Carlos M. Maldonado, Auxiliar Letrado.
L.P. 26.838 / oct. 10 v. oct. 15
POR 3 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de La Plata cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de HAYDEE DELFINA
RIPLE. La Plata, 2 de octubre de 2014. Guillermina B. di Luca, Auxiliar Letrada.
L.P. 26.936 / oct. 14 v. oct. 16
POR 3 DÍAS El Juzgado en lo Civil y Comercial N
3, Secretaría Única de Azul, cita y emplaza por treinta días, a herederos y acreedores de doña MEYRA FELICIANA AMPARO y don HERRERA ATILIO LUIS. Azul, 14 de agosto de 2014. Santiago Ramón Noseda, Secretario.
L.P. 24.554 / oct. 14 v. oct. 16
POR 2 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nro.18 de La Plata, cita y emplaza por 5 días a herederos de Don LUCAS LEONARDO GÓMEZ y ZULEMA PEREGO para que comparezcan a hacer valer sus derechos en Furiga Carlos Alejandro c/ Gómez Rubén José y otros s/ Cobro Ejecutivo de Dólares Estadounidenses, bajo apercibi-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/10/2014 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date15/10/2014

Page count16

Edition count3377

First edition02/07/2010

Last issue03/07/2024

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