Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/09/2014 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

cilio en Colonia 417 de Sevigne, Pdo. de Dolores, en orden al delito de Hurto simple en grado de tentativa delito previsto y penado en el art. 162 en relación con el Art.
42 del C.P, por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 incs. 5 del CPP.- Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3 Ordenar la inmediata intervención del Servicio Zonal Dolores a fin de que arbitre los medios tendientes a derivar al organismo que por localidad corresponda ello a fin de realizar seguimiento del menor encausado y su grupo fliar. de conformidad con lo establecido en el Art. 63 de Ley 13.634 y ello sin perjuicio de disponer el cierre del proceso penal, en tanto y en cuanto surge de los elementos reseñados en la IPP la existencia de una vulneración de derechos. 4º Regístrese. Notifíquese al Defensor Oficial del Joven y Señor Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos. 5º Líbrese oficio a comisaría para notificar al menor y persona mayor responsable al Servicio Zonal Dolores. Fecho, archívese la causa sin más trámite. Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven Departamental. Asimismo se transcribe el despacho que dispuso el presente: Dolores, julio de 2014. IAtento al tiempo transcurrido sin haber recibido el informe desde el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, reitérese dicho oficio, en la presente Carpeta de Causa Nº 01653-11, a efectos de notificar la Resolución N
02255-11 de fecha 29/11/2011 al joven, Manqueo Samuel Néstor con DNI N 39.278.297 y persona mayor responsable y al menor López Cristian Gonzalo, con D.N.I. N
38.345.216 y persona mayor responsable, ordénese la notificación de dicha resolución a la mencionada persona mediante edictos conf. Art. 129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días. IIA fin de que se de cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven Departamental. Dolores, 20 de julio de 2014.
C.C. 9.614 / sep. 16 v. sep. 22


POR 5 DÍAS El Titular del Juzgado de Garantías N
2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L. Mafucci Moore notifica a GASTÓN ALEGRE en la causa n 07-00-039013-14 UFlyJ Nº 23 Flagrancia la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 04 de septiembre de 2014.
Autos y Vistos Considerando Resuelvo: Sobreseer a Gastón Leonardo Alegre, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Robo simple en grado de tentativa Arts. 323
Inc. 2 del C.P.P. Fdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez, ante mí: Paradiso Silvia, Secretaria.
C.C. 9.621 / sep. 16 v. sep. 22
POR 5 DÍAS El Titular del Juzgado de Garantías N
2 del Departamento Judicial N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L. Maffucci Moore, notifica a JEREMÍAS EMMANUEL GUZMÁN en la causa N 07-00-039127-14 UFIyJ N 23 Flagancia la resolución que a continuación se transcribe Banfield, 04 de septiembre de 2014. Autos y Vistos Considerando
Resuelvo: Sobreseer a Jeremías Emmanuel Guzmán, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de tenencia ilegal de arma de guerra Art. 323 Inc. 2 del C.P.P. Pdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez, ante mí:
Paradiso Silvia, Secretaria.
C.C. 9.622 / sep. 16 v. sep. 22
POR 5 DÍAS El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a ANDREA REGINA SCHNELLI, en causa N 07-00-052020-13 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 17 de febrero de 2014 Resuelvo: Sobreseer Totalmente a Andrea Regina Schnelli, de las demás condiciones personales de autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de estafa, por el cual fuera formalmente imputada. Arts. 323 inciso cuarto del C.P.P.
y 45 y 172 del C.P Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mí: Alejandro Cassiodoro, Auxiliar Letrado. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 04 de septiembre de 2014.
Atento lo informado a fojas 230 y 240/vta, notifíquese a Andrea Regina Schnelli de la resolución de fojas 223/224, mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2014

Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr.
Javier Maffucci Moore, Juez de Garantías por disposición del Superior.
C.C. 9.623 / sep. 16 v. sep. 22


POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a CARLOS
JAVIER MAZZUCHELLI, en causa N 07-00-028965-12 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 6 de agosto de 2014 Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal instaurada en autos y Sobreseer a Carlos Javier Mazzuchelli, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo de los delitos de amenazas agravadas y daño por los cuales fuere formalmente imputado Arts.
76 del Código Penal y Arts. 321, 322, 323, inc. 1, del Código Procesal Penal Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 03 de septiembre del 2014. Atento lo informado a fojas 80, notifíquese a Carlos Javier Mazzuchelli de la resolución de fojas 75/ vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Javier Maffucci Moore, Juez de Garantías por disposición del Superior.
C.C. 9.624 / sep. 16 v. sep. 22
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a WALTER
NICOLÁS ZALAZAR DEL PILAR, en causa N 07-00030192-12 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 1
Deptal., la resolución que a continuación se transcribe:
Lomas de Zamora, 11 de agosto de 2014 Resuelvo:
Declarar extinguida la acción penal instaurada en autos y Sobreseer a Walter Nicolás Zalazar del Pilar y Lucas Marcelo Salvatierra Vera, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de robo agravado por su comisión en lugar poblado y en banda en grado de tentativa, por el cual fueren formalmente imputados Arts. 76
del Código Penal y Arts. 321, 322, 323, Inc. 1, del Código Procesal Penal Fdo. Jorge Walter López, Juez. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 03 de septiembre de 2014. Atento lo informado a fojas 116 y a fin de no dilatar el trámite del proceso, notifíquese a Walter Nicolás Zalazar del Pilar y a Lucas Marcelo Salvatierra Vera de la resolución de fojas 111/vta, mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Javier Maffucci Moore, Juez de Garantías por disposición del Superior.
C.C. 9.625 / sep. 16 v. sep. 22
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a LUCAS MARCELO SALVATIERRA VERA , en causa N 07-00-03019212 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 11 de agosto de 2014 Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal instaurada en autos y Sobreseer a Walter Nicolás Zalazar del Pilar y Lucas Marcelo Salvatierra Vera, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de robo agravado por su comisión en lugar poblado y en banda en grado de tentativa, por el cual fueren formalmente imputados Arts. 76
del Código Penal y Arts. 321, 322, 323, Inc. 1, del Código Procesal Penal Fdo. Jorge Walter López, Juez. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 03 de septiembre de 2014. Atento lo informado a fojas 116 y a fin de no dilatar el trámite del proceso, notifíquese a Walter Nicolás Zalazar del Pilar y a Lucas Marcelo Salvatierra Vera de la resolución de fojas 111/ vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Javier Maffucci Moore, Juez de Garantías por disposición del Superior.
C.C. 9.626 / sep. 16 v. sep. 22
POR 5 DÍAS - El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Morón, Dr.
Humberto González, cita y emplaza a SERGIO JOSÉ

PÁGINA 7729

FERREYRA por el término de tres días computables a partir de la ultima publicación del presente a estar a derecho en los autos Nº 314 caratulada Ferreyra Romero, Sergio José y otros s/ Robo con armas, privación ilegal de la libertad doblemente agravada por la calidad de mujer y de menor de 18 años de edad de una de las víctimas, disparo de arma de fuego criminis causae en concurso ideal con resistencia a la autoridad y tenencia de arma de guerra, todo en concurso real entre sí I.P.P. Nº 48.267 de la Fiscalía General con intervención de la U.F.l. Nº 3; Carpeta de causa Nº 1149 del Juzgado de Garantías Nº 2
Departamental; identificada en la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental bajo el Nº 1-1399 del registro de la Secretaría única del Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental Morón; ello, conforme el auto que se transcribe a continuación: Morón, agosto 19
de 2014. Por evacuadas las vistas oportunamente conferidas a las partes v. fs. 345, 369, 371 del Recurso Extraordinario de inaplicabilidad de Ley Nº 10.708, dispónese la citación y emplazamiento mediante notificación por edicto de los encausados González y Ferreyra para que en el término de tres días computables desde la última publicación se presenten a estar a derecho en los presentes actuados; ello, bajo apercibimiento de declarar sus rebeldías y ordenarse sus comparendos o detención según corresponda Conf. Art. 129 del C.P.P Fdo.
Humberto González, Presidente. Secretaría, agosto 19
de 2014. Analía Torelli, Secretaria Adscripta.
C.C. 9.632 / sep. 16 v. sep. 22


POR 5 DÍAS - El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Morón. Dr.
Humberto González. cita y emplaza a RUBEN ALBERTO
GONZÁLEZ - por el término de tres días computables a partir de la última publicación del presente a estar a derecho en los autos Nº 314 caratulada González. Ruben Alberto y otros s/ Robo con armas, privación ilegal de la libertad doblemente agravada por la calidad de mujer y de menor de 18 años de edad de una de las víctimas, disparo de arma de fuego criminis causae en concurso ideal con resistencia a la autoridad y tenencia de arma de guerra, todo en concurso real entre sí I.P.P. Nº 48.267 de la Fiscalía General con intervención de la U.F.I. N 3; Carpeta de causa Nº 1149 del Juzgado de Garantías Nº 2
Departamental; identificada en la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental bajo el Nº 1-1399 del registro de la Secretaría única del Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental Morón; ello, conforme el auto que se transcribe a continuación: Morón, agosto 19
de 2014.- Por evacuadas las vistas oportunamente conferidas a las partes v. fs. 345, 369, 371 del Recurso Extraordinario de inaplicabilidad de Ley Nº 10.708, dispónese la citación y emplazamiento mediante notificación por edicto de los encausados González y Ferreyra para que en el término de tres días computables desde la última publicación se presenten a estar a derecho en los presentes actuados; ello, bajo apercibimiento de declarar sus rebeldías y ordenarse sus comparendos o detenciones, según corresponda Conf. Art. 129 del C.P.P.Fdo.
Humberto González, Presidente. Secretaria, agosto 19 de 2014. Analía Torelli, Secretaría Adscripta.
C.C. 9.633 / sep. 16 v. sep. 22
POR 5 DÍAS - En Causa N 1632 Investigación Penal Preparatoria N 03-00-94307-05, seguida a Oraziuk Néstor Miguel Encubrimiento, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido ORAZIUK NÉSTOR MIGUEL cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de General Madariaga, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 07 de agosto de 2014 Autos y Vistos Por ello Resuelvo:Sobreseer totalmente al imputado Oraziuk Néstor Miguel, argentino, DNI N
11.083.817, empleado, casado, instruido, nacido el día 15
de enero de 1954 en la Localidad de La Plata, Pcia. de Bs.
As. hijo de Alejandro f y de Rosalía Selzi f, domiciliado en Ruta 11 Km. 397 de la Localidad de General Madariaga, en orden al delito de Encubrimiento, por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha, por prescripción en atención a lo dispuesto en los Arts. 59 Inc.
3, 62 Inc. 2, en rel. al 277 Inc. 1 ap. c y 323 Inc. 1 del C.P.P. Regístrese. Notifíquese al Agente Fiscal en la forma de estilo, al Dr. Sebastián Tamagno mediante cédula, al imputado por oficio. Firme y consentida que sea la presente, cúmplase sin más trámite con las comunicaciones de ley. Acumúlense a la IPP de referencia la carpeta de causa N 1632 y el incidente que corre por cuerda, procediéndose a su refoliatura. Fecho, de conformidad con lo

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/09/2014 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date22/09/2014

Page count10

Edition count3401

First edition02/07/2010

Last issue09/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2014>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930