Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/07/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

de 2014 Por otro lado, intímese al encausado Lauría por edictos a que dentro del quinto día de publicados comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo el mismo apercibimiento ordenado en el párrafo precedente Art. 129 del C.P.P.. Fdo.: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: Mariela C. Quintana, Secretaría. Secretaría, 11 de junio de 2014.
C.C. 6.593 / jun. 26 v. jul. 2


POR 5 DÍAS - En causa Nº 400/07 de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial Dolores a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a mi cargo, seguida a CASTRO GUSTAVO IVÁN por Robo en Las Toninas, a los efectos de que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 1 Nº 1743 de Las Toninas, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, junio 3 de 2014. Autos y Vistos
Resuelvo: 1. Declarar extinguida la acción penal por prescripción en la causa Nº 400/07, sobreseyendo totalmente a Castro Gustavo Iván cuyos demás datos personales obran en autos Notifíquese. María Cristina Tramontini, Jueza. Ante mí: Florencia Doumic, Secretaria. Dolores, Juzgado Correccional Nº 2, junio 13 de 2014.
C.C. 6.601 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 16.759, I.P.P. Nº 03-02004403-07 seguida a CARLOS MANUEL ACOSTA por el delito de Lesiones Culposas, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Falucho Nº 357 de la localidad de Mar de Ajó, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 5 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Por ello Resuelvo: Sobreseer totalmente a Carlos Manuel Acosta y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Culposas Arts. 59, Inc. 3º; 62 inc. 2º y 94 del Código Penal y 323, Inc. 1º del C.P.P Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:
Dolores, 9 de junio de 2014. Atento lo que surge de la notificación de Carlos Manuel Acosta en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Dolores, 9 de junio de 2014. Marcos C.
Álvarez, Abogado.
C.C. 6.604 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 9949, I.P.P. Nº 03-00076509-04 seguida a MARTÍN CEBEDIO y otro por el delito de Robo simple, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Pedro de Mendoza e/ Gabotto y Magallanes de Valeria del Mar, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 28 de abril de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos v Vistos Resuelvo: Sobreseer totalmente a Martín Cebedio Por haber operado la prescripción, en relación al delito de Encubrimiento y Adulteración de Objeto Registrable, atento haberse extinguido la acción penal por la prescripción. Fdo: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de junio de 2014. Atento lo que surge de la notificación de Martín Cebedio en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Dolores, 9 de junio de 2014.
C.C. 6.605 / jun. 26 v. jul. 2

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2014

POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 11.796, I.P.P. Nº 03-00038057-02 seguida a MIGUEL ÁNGEL FAÚNDEZ por el delito de Lesiones Graves, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Nazar Nº 1635 de Gerli, Avellaneda, Pcia. de Bs. As., la resolución que dictara este Juzgado el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1º Sobreseer totalmente a Miguel Ángel Faúndez Neida, chileno, casado cocinero, DNI Nº 92.490.725, hijo de Octavio y de Eliana Neira, nacido el 27
de mayo de 1964 en Santiago de Chile República de Chile, con último domicilio en calle Nazar Nº 1635 de Gerli, Avallaneda, Pcia. de Buenos Aires, y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Graves. Arts. 59, Inc. 3º; 62
Inc. 2º y 90 del Código Penal y 323, Inc. 1º del C.P.P.. 2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual.
Fdo: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Dolores, 11 de junio de 2014.
C.C. 6.606 / jun. 26 v. jul. 2


POR 5 DÍAS - En Incidente Nº 13820 Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-5747-13, caratulado Incidente de Eximición de Prisión en favor de Espinoza Barbas Nazareno Iván, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido ESPINOZA BARBAS NAZARENO IVÁN cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de General Lavalle, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 09 de junio de 2014. Autos y Vistos
Resuelvo: IRevocar parcialmente la resolución dictada en fecha 07 de abril de 2014, en la cual se le concediera la eximición de prisión a Espinoza Barbas Nazareno Iván, en orden al delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por la situación de convivencia preexistente previsto y reprimido por el Art. 119 tercer párrafo en relación al Inc. f del C.P., de conformidad con lo previsto en el Art. 190 Inc. 1 del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Gastón Giles, Juez.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
Dolores, 09 de junio de 2014. Autos y Vistos
Resuelvo II. Proceder a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art.
129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin que Espinoza Barbas Nazareno Iván sea debidamente notificado del auto que dispuso revocar la eximición de prisión. Notifíquese Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 09
de junio de 2014.
C.C. 6.607 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En Causa Nº 44.354, seguida Milibinti Rubén Alberto s/ Encubrimiento, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido MILIBINTI RUBÉN ALBERTO cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 06 de junio de 2014. Autos y Vistos Por ello Resuelvo: IDeclarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente causa Nº 44.354 seguida a Milibinti Rubén Alberto por el delito de Encubrimiento, por haber operado la prescripción a tenor de lo normado por los Arts. 59 Inc. 3º y 62 Inc. 2º en rel. al 277 1º c todos del C.P. IILevantar la averiguación de paradero oportunamente decretada contra Milibinti Rubén Alberto, por haber desaparecido el poder punitivo del Estado en lo sucesivo Notifíquese Fdo. Gastón Giles, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 06
de junio de 2014. Autos y Vistos Resuelvo III.Proceder a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Milibinti
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Rubén Alberto sea debidamente notificado del presente auto Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 06 de junio de 2014.
C.C. 6.608 / jun. 26 v. jul. 2


POR 5 DÍAS - En Causa Nº 9.089 / I.P.P. Nº 03-03-4009 seguida a Arriola Ernesto Ezequiel por el delito de Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3
a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido ARRIOLA ERNESTO EZEQUIEL, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción de Capital Federal, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 12 de mayo de 2014. Autos y Vistos: y Considerando
Resuelvo: I. Sobreseer totalmente a Ernesto Ezequiel Arriola, argentino, D.N.I. Nº 37.916.608, nacido el 08 de febrero de 1988, hijo de Pedro Fernando y Viviana Del Valle Rades; en orden al delito de Hurto en Grado de Tentativa Arts. 162 y 42 del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, Inc. 3º y 62 del Código Penal y Art. 323, Inc. 1º, del Código Procesal Penal. Notifíquese. Fdo. Gastón E. Giles, Juez. A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, 06 de junio de 2014. Autos y Vistos: Atento lo que surge de lo informado a fs. 124 de la presnte causa, donde se informa el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por el imputado Ernesto Ezequiel Arriola, y lo resuelto por el suscripto a fs. 122 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicitará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Gastón E. Giles, Juez.
Dolores, 06 de junio de 2014.
C.C. 6.609 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En Causa Nº 5.871/ I.P.P. Nº 03-00110273-06, seguida a Varela Sergio Fabián por el delito Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, interinamente a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr.
Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido SERGIO FABIÁN VARELA, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción de la ciudad de El Tala, Pcia. de Buenos Aires, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 27 de junio de 2013. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I. Sobreseer totalmente a Sergio Fabián Varela, argentino, D.N.I. Nº 24.834.618, nacido el 15 de julio de 1976 en la Pcia. de Entre Ríos, en orden al delito de Hurto Art. 262 del C.P.
por encontrarse extinguida la Acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts.
59, Inc. 3º y 62 del Código Penal y art. 323, Inc. 1º, del Código Procesal Penal. II. Dejar sin efecto la Averiguación de Paradero que pesa sobre Sergio Fabián Varela, la cual circula desde el 13 de junio de 2007, bajo el registro 2503048. A tal fin, líbrese oficio de estilo. Notifíquese.
Proveo por licencia del Titular. Fdo. Luis E. Nitti, Juez. A
continuación se transcribe el auto que dispone el presente que reza: Dolores, 09 de junio de 2014. Autos y Vistos:
Atento el tiempo transcurrido sin haber recepcionado el Edicto Judicial librado oportunamente a fs. 27, reitérese el mismo al Boletín Oficial y a idénticos fines que el anterior.
Fdo. Gastón E. Giles, Juez. Dolores, 09 de junio de 2014.
C.C. 6.610 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria Nº 03-02-3784-12, seguida PÉREZ DAVID ALFREDO s/ Robo en grado de Tentativa, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 24 de abril de 2014. Autos y Vistos Por ello Resuelvo: IPrescindir de fijar una nueva audiencia de explicación de motivos, por ser harto claros los lineamientos explicados con precisión por parte del Organismo Estatal encargado exclusivamente de la supervisión, sobre el incumplimiento a las reglas judiciales

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/07/2014 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date02/07/2014

Page count18

Edition count3378

First edition02/07/2010

Last issue04/07/2024

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