Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/10/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 9036

LA PLATA, MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2013

POR 5 DÍAS - En la Causa Nº I.P.P. N 03-00-01545900 seguida a MARTA FABIANA LUQUE por el delito Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Paseo 112 y 15 de Villa Gesell, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 30 de julio de 2012, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Resuelvo: sobreseer totalmente a Marta Fabiana Luque, por haber operado la prescripción, en relación al delito de hurto en grado de tentativa Arts. 59, inc. 3; 62 inc. 2, 163 del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P.. Regístrese y notifíquese a quienes corresponda. Fdo. Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1". Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:" Fdo.: Dra. Laura Inés Elías Jueza de Garantías Nº 1. "Dolores, de octubre de 2013. Autos y Vistos: Atento la imposibilidad de localizar a la imputada Luque Marta Fabiana, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129
del C.P.P. Laura Inés Elías Jueza de Garantías Nº 1.
C.C. 10.359 / oct. 18 v. oct. 24


POR 5 DÍAS Por disposición del señor Titular del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial Morón, doctor Lucas Varangot, en el marco de la causa correccional Nº 1.705 seguida a Leonel Alejandro De La Vega por el delito de Hurto Agravado por haberse perpetrado con Escalamiento, del registro de esta Secretaría, cítese y emplácese, por el término de cinco 5
días, a LEONEL ALEJANDRO DE LA VEGA titular del DNI
N 38.669.553, de apodo "enano", de 18 años de edad, de estado civil soltero, ocupación pulidor de pisos, nacionalidad argentina, nacido el día 13 de enero de 1995 en el Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, instruido, habiendo cursado estudios primarios, hijo de Ernesto Aníbal v y de Marta Gómez v, con último domicilio conocido sito en la calle Amado Nervo Nº 2355 del Barrio Matera, Partido de Merlo, de esta Provincia a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón Nº 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sector "c" de la localidad y Partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo artículos 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: "Morón, 03 de octubre de 2013. Atento a lo que se desprende del informe adunado a fs. 85 y como así también de lo requerido precedentemente por la señora Agente Fiscal, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia Bonaerense, a Leonel Alejandro De La Vega, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo artículos 129, 303
y 304 del C.P.P Firmado: Lucas Varangot, Juez en lo Correccional. Secretaría, 03 de octubre de 2013. Laura Vanesa Saez. Secretaria.
C.C. 10.360 / oct. 18 v. oct. 24
POR 5 DÍAS El señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 9 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Juan Manuel Rial notifica a CARLOS OSVALDO MENÉNDEZ, en la Causa 07-00-034319-12 N 3582/9
del registro interno del Tribunal que se le sigue en orden al delito de Robo Agravado por haber sido cometido mediante el empleo de Arma de Fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada, mediante edictos que se publicarán por el término de cinco días en el Boletín Oficial la resolución que seguidamente se transcribe: Lomas de Zamora, 11 de diciembre de 2012. Habida cuenta que en el día de la fecha se tuvo por desistido el recurso de casación interpuesto por la defensa del encartado Carlos Osvaldo Menéndez, declárese firme la sentencia dictada en autos y practíquese por Secretaría el correspondiente cómputo de pena CPP, 500. Fdo. Juan Manuel Rial, Juez. Cómputo de pena respecto de Carlos Osvaldo Menéndez: Que practico en virtud de lo ordenado por S.S. y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 500 del C.P.P. Que con fecha 9 de octubre de 2012, se dictó sentencia mediante la cual se condenó a Carlos Osvaldo Menéndez a la pena de dos meses de prisión y
BOLETÍN OFICIAL

costas, por resultar coautor penalmente responsable del delito de robo simple, hecho ocurrido el día 13 de junio de 2012, en la localidad y partido de Lanús; y se lo declaró reincidente, pronunciamiento que adquirió firmeza en el día de la fecha. Finalmente, se impuso el arresto domiciliario del nombrado Menéndez, el cual debía ser cumplido en el domicilio de la calle Monteagudo Nº 555 de la localidad de Guernica, partido de Presidente Perón, bajo apercibimiento de revocársele la medida impuesta en caso de incumplimiento injustificado de la misma art. 371 del Código Procesal Penal. Que compulsada que fuera la presente causa, constaté que Menéndez fue detenido el día 13 de junio de 2012 fs. 1, habiendo permanecido en dicha situación hasta el día 15 del mismo mes y año, fecha en la que se dispuso su inmediata libertad fs. 30 y 37 -3
días-. Que con fecha 10 de octubre del año en curso, el nombrado Menéndez comenzó a cumplir el arresto domiciliario dispuesto, permaneciendo en esa condición hasta el día de la fecha, por lo que estuvo privado de su libertad por espacio de dos meses y un día -2 meses y 1 día-. Que en consecuencia, sumados los tiempos parciales de detención, la pena única impuesta a Carlos Osvaldo Menéndez venció el día 7 de diciembre de 2012, debiendo efectivizarse la libertad del nombrado en la misma fecha a las 12.00 horas CP, 77. Finalmente, informo que a los efectos registrales la pena impuesta caducará el día 7 de diciembre de 2022 CP, 51. Secretaría, 11 de diciembre de 2012. Fdo.: Leonardo Quiroga Sabath, Auxiliar Letrado. Lomas de Zamora, 11 de diciembre de 2012.
Apruébese el cómputo de pena practicado por el Actuario y notifíquese el mismo al señor Fiscal, al condenado y a su Defensa CPP, 500. Asimismo, y en atención al resultado que arrojó el cómputo practicado precedentemente y que no se ha informado circunstancia alguna que permita avisorar que el condenado haya violado el arresto domiciliario que se le impusiera en la sentencia de fs. 157/167, corresponderá tener por cumplida la pena de dos meses de prisión y costas dictada por el Suscripto en la sentencia de mención. Habida cuenta de lo expuesto en el párrafo anteriormente, debe dejarse sin efecto el arresto domiciliario que pesa sobre el condenado Menéndez y disponer la inmediata libertad del nombrado, para lo cual deberá librarse oficio a la seccional Policial de la localidad de Guernica, partido de Presidente Perón. Firme, practíquense las demás comunicaciones de Ley y cumplido ello, archívese. Fdo. Juan Manuel Rial Juez. Ante mí:
Leonardo Quiroga Sabath. Auxiliar Letrado.
C.C. 10.332 / oct. 18 v. oct. 24


POR 10 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 13 del Departamento Judicial de San Isidro, Secretaría Única, en autos DElia Juan c/ Ávila y Siqueira María Antonia y otros s/ Prescripción Adquisitiva Vicenal/
Usucapión Expediente 46.097 cita y emplaza por 10
días a Sucesores y Herederos de JOSEFINA DIEGO y ENRIQUETA ÁVILA y DIEGO y a todos los que se consideren con derechos sobre el inmueble sito en Partido San Isidro, calle Posadas 1101 designado según título como lote H de la manzana 28 nomenclatura catastral Circunscripción VIII Sección D Manzana 149 Parcela 1g, dominio Folio 48977/B/1905 de San Isidro, D.H. 1184/46, para que dentro del término de 10 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrar Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente.
Patricio Chevallier Boutell, Secretario. San Isidro, 3 de octubre de 2013.
C.C. 10.399 / oct. 21 v. nov. 1º _________________________________________________
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a FERNANDO NICOLÁS FALCONE
PALMA, con último domicilio en Mendoza 2013 de la localidad de Virreyes, Partido de San Fernando, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 2710, que se le sigue por hurto en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 4 de octubre de 2013. En atención al informe policial obrante a fs. 98, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Fernando Nicolás Falcone Palma, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordante del C.P.P. Déjese sin efecto la audiencia designada a fs. 94. Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr.
Defensor Oficial y el Sr. Fiscal." Fdo. Dra. Andrea C.
Pagliani Juez; Ante mí: Dr. Patricio E. Kattan, Auxiliar Letrado". Secretaría, 4 de octubre de 2013.
C.C. 10.403 / oct. 21 v. oct. 25


POR 5 DÍAS - Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Dra.
María Emma Prada, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1º piso de San Isidro, CP: B1642BXM, TE/FAX:
011 4575; 4494/4492, correo electrónico juzcorr2si@jusbuenosaires.gov.ar, en causa Nº 3.713/12 Sorteo Nº 2280/2012 e I.P.P. Nº FL/1033, caratulada "Castillo Cristian Manuel s/ Amenazas Agravadas", en los términos del art. 129 del C.P.P. cita a CRISTIAN MANUEL
CASTILLO, de nacionalidad paraguaya, nacido el 10 de enero de 1990, en Luque República del Paraguay, de estado civil soltero, de profesión carnicero, posee documento Col. Nº 3.588.449 , es hijo de Jorge Ramón Castillo Lugo y de Fedronea Eloisa y posee último domicilio en Gascón Nº 2190 entre Sarmiento y Libertad de la localidad de José L. Suárez, Partido de San Martín, a los fines de que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho en la misma, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde. Como recaudo se transcribe eI encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica: "San Isidro, 9 de octubre de 2013. Toda vez que Cristian Manuel Castillo se ha ausentado del domicilio oportunamente fijado conforme surge de lo informado a fs. 107 y 112 y que se desconoce el actual paradero del mismo, previo a resolver lo peticionado por el Sr. Fiscal de Juicio a fs. 115, intímese al antes nombrado a que comparezca a estar a derecho dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo Arts. 303 y 304 del C.P.P. Líbrense edictos a publicar en el Boletín Oficial y oficio al último domicilio designado por el imputado. Notifíquese a la Defensa.
Fdo. Dra. Emma Prada. Juez. Secretaría, 9 de octubre de 2013. María Sandra Foschi, Secretaria.
C.C. 10.404 / oct. 21 v. oct. 25
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri Nº 242 de esta ciudad de Dolores, en causa Nº 418/12, interno Nº 799 caratulada "Cantero Luis Rodrigo s/ Hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública Art. 163 Inc. 6 C.P. a Roberto Varela en Maipú", Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a CANTERO LUIS RODRIGO la resolución dictada en el día de la fecha y el contenido del artículo 54 de la Ley 8904 que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: "Dolores, 29
de julio de 2013. Autos y Vistos: I. II. Encontrándose consentido el cómputo de la pena obrante a fs. 219, practíquense las correspondientes comunicaciones de Ley, comuníquese a la Secretaría de Gestión Administrativa Departamental a los fines del Art. 22 del acuerdo 2840 de la S.C.J.B.A., librándose el oficio de rigor. III.IV. No habiendo abonado el causante de autos las costas procesales de pesos cuarenta y seis $ 46, dispónese trabar embargo preventivo en los bienes del nombrado hasta cubrir la suma antes indicada, que se fijan para responder a los gastos y costas de este proceso, debiendo el mismo manifestar en el acto de su notificación si depositará el dinero al efecto Art. 6 de la Ley 4552 y Art. 39 de la Ley Impositiva Provincial 12.233. En su caso deberá abonar la suma antes indicada por medio de boleta de transferencia en cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 Departamental en la presente causa, debiendo acompañar la correspondiente constancia de dicha operación en el plazo de treinta 30 días desde notificado, bajo apercibimiento de decretarle la Inhibición General de Bienes Fdo Analía H. C. Pepi-Jueza en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores".
Dolores, 2 de octubre de 2013.
C.C. 10.409 / oct. 21 v. oct. 25
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/10/2013 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date23/10/2013

Page count11

Edition count3379

First edition02/07/2010

Last issue05/07/2024

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