Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/10/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 8986

LA PLATA, MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2013

del CPP informo: 1 Órgano Judicial interviniente: UFIJ 3
Dolores, IPP N 03-00-8075-10, Barros Cisneros, Diego Armando s/ Severidades, Vejaciones y/o Apremios Ilegales"; 2 Nombre y apellido del destinatario de la resolución: Barros Cisneros Diego Armando DNI N
28.876.634; 3 Delito que motiva el proceso:
"Severidades, Vejaciones y/o Apremios Ilegales; 4 Fecha en la que debe presentarse: 27 de noviembre de 2013 a las 9:00 hs. Diego Fernando Torres. Agente Fiscal.
C.C. 10.354 / oct. 18 v. oct. 24


POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi N 137, en Causa N 1220/308 IPP N
25.825 seguida a DIEGO HUGO COGNA por Uso de Instrumento Público Falsificado en Santa Teresita; a los efectos de que se proceda a publicar edicto por el término de 5 días, a fin de notificar al nombrado la resolución que en su parte pertinente a continuación se transcribe:
"En la ciudad de Dolores, al primer día del mes de octubre de dos mil trece Cuestiones Por ello, el Tribunal por unanimidad resuelve: I.- Sobreseer a Diego Hugo Gogna
en orden al hecho por el que fue indagado y requerido de juicio en la presente causa N 1220/308 calificado como Uso de Instrumento Público Falsificado, en razón de haber operado la prescripción de la acción penal. arts. 59 inc.
3º, 62 inc. 2º, 67, 296 del C. Penal y 210 y 323 inc. 1 del C.P.P.. II. Dejar sin efecto la rebeldía decretada; disponiendo el levantamiento de la orden de detención dispuesta en consecuencia. Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y ofíciese al Ministerio de Seguridad Bonaerense. Regístrese. Notifíquese. Con lo que finalizó el presente acuerdo, firmando los señores Jueces, ante mí de lo que doy fe. Fdo. Dres. Analía Graciela Ávalos. Jorge Alberto Tamagno. Jueces. Marisol Moreno. Secretaria. Asimismo se transcribe el proveído que dispuso el presente: Dolores, 7 de octubre de 2013.
Atento el estado de autos, e ignorándose el lugar de residencia actual del encartado Diego Hugo Gogna, procédase a la notificación de la resolución dictada por este Tribunal el día 1º de octubre del año en curso, por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P. A tal fin, ofíciese al Boletín Oficial.
Fdo. Dra. Analía Graciela Ávalos. Jueza. Tribunal Criminal N 2 Dpto. Judicial Dolores. Marisol Moreno. Secretaria.
C.C. 10.355 / oct. 18 v. oct. 24
POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi N 137, en Causa N 805/173 IPP Nº 13.225
seguida a GLADYS BEATRIZ AGERO por Robo Simple en Grado de Tentativa en Villa Gesell; a los efectos de que se proceda a publicar edicto por el término de 5 días, a fin de notificar a la nombrada la resolución que en su parte pertinente a continuación se transcribe: "En la Ciudad de Dolores, al primer día del mes de octubre de dos mil trece Cuestiones Por ello el Tribunal por unanimidad resuelve: I.- Sobreseer a Gladys Beatriz Agero en orden al hecho por el que fue indagada y requerida de juicio en la presente causa N 805/173 calificado como Robo en Grado de Tentativa, en razón de haber operado la prescripción de la acción penal. arts. 59 inc. 3º; 62 inc. 2º, 67;
164 y 42 del C. Penal y 210 y 323 inc. 1º del C.P.P.. II.Dejar sin efecto la rebeldía decretada, disponiendo el levantamiento de la orden de captura dispuesta en consecuencia. Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y ofíciese al Ministerio de Seguridad Bonaerense. Regístrese. Notifíquese. Con lo que finalizó el presente acuerdo; firmando los señores Jueces, ante mí de lo que doy fe. Fdo. Dres. Analía Graciela Ávalos. Jorge Alberto Tamagno. Jueces. Marisol Moreno. Secretaria.
Asimismo se transcribe el proveído que dispuso el presente: "Dolores, 4 de octubre de 2013. Atento el estado de autos e ignorándose el lugar de residencia actual de la encartada Gladys Beatriz Agero, procédase a la notificación de la resolución dictada por este Tribunal el día 1º de octubre del año en curso, por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P.
A tal fin ofíciese al Boletín Oficial. Fdo. Dra. Analía Graciela Ávalos. Jueza. Tribunal Criminal N 2 Dpto. Judicial Dolores. Marisol Moreno. Secretaria.
C.C. 10.356 / oct. 18 v. oct. 24
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 20.969, I.P.P. N 03-03000445-13, caratulada "Incidente de Eximición de prisión
BOLETÍN OFICIAL

en favor de DAMELIO ROBERTO OSCAR", de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Avenida 12 entre 122 bis y 123 de Villa Gesell, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 2
de julio de 2013, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello: argumentos expuestos, y disposiciones legales citadas, Resuelvo: I.No hacer lugar a la eximición de detención solicitada por la Dra. María Rosa Lagar en favor de Roberto Oscar Damelio. Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías Jueza de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 7 de octubre de 2013.
Autos y Vistos: Por recibida, atento lo que surge de la notificación de Roberto Oscar Damelio en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado de la denegatoria de la eximición de detención solicitada, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia.
de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P.
Dra. Laura Inés Elías Jueza de Garantías Nº 1."
C.C. 10.357 / oct. 18 v. oct. 24


POR 5 DÍAS En la Causa Nº 15.357 I.P.P. N 03-00113819-06 seguida a MANUEL ALBERTO VÁZQUEZ por el delito Usurpación, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 11 N
1214 de Las Toninas, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 29 de agosto de 2013, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos:
Resuelvo: 1.- Sobreseer totalmente a Vázquez Manuel Alberto, en orden al delito de Usurpación de Propiedad, en virtud de haberse extinguido la acción por prescripción Arts. 59 inc. 3 y 181 del Código Penal y 323 inc. 1 del CPP. Fdo.: Laura Inés Elías Jueza de Garantías Nº 1.
Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, 7 de octubre de 2013.- Autos y Vistos: Atento la imposibilidad de localizar al señor Vázquez Manuel Alberto, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs.
As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P. Fdo.:
Dra. Laura Inés Elías Jueza de Garantías Nº 1.
C.C. 10.358 / oct. 18 v. oct. 24
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº I.P.P. N 03-00-01545900 seguida a MARTA FABIANA LUQUE por el delito Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Paseo 112 y 15 de Villa Gesell, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 30 de julio de 2012, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Resuelvo: sobreseer totalmente a Marta Fabiana Luque, por haber operado la prescripción, en relación al delito de hurto en grado de tentativa Arts. 59, inc. 3; 62 inc. 2, 163 del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P.. Regístrese y notifíquese a quienes corresponda. Fdo. Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1". Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:" Fdo.: Dra. Laura Inés Elías Jueza de Garantías Nº 1. "Dolores, de octubre de 2013. Autos y Vistos: Atento la imposibilidad de localizar a la imputada Luque Marta Fabiana, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129
del C.P.P. Laura Inés Elías Jueza de Garantías Nº 1.
C.C. 10.359 / oct. 18 v. oct. 24
POR 5 DÍAS Por disposición del señor Titular del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial Morón, doctor Lucas Varangot, en el marco de la causa correccional Nº 1.705 seguida a Leonel Alejandro De La Vega por el delito de Hurto Agravado por haberse perpetrado con Escalamiento, del registro de esta Secretaría, cítese y emplácese, por el término de cinco 5

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

días, a LEONEL ALEJANDRO DE LA VEGA titular del DNI
N 38.669.553, de apodo "enano", de 18 años de edad, de estado civil soltero, ocupación pulidor de pisos, nacionalidad argentina, nacido el día 13 de enero de 1995 en el Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, instruido, habiendo cursado estudios primarios, hijo de Ernesto Aníbal v y de Marta Gómez v, con último domicilio conocido sito en la calle Amado Nervo Nº 2355 del Barrio Matera, Partido de Merlo, de esta Provincia a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón Nº 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sector "c"
de la localidad y Partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo artículos 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: "Morón, 03 de octubre de 2013. Atento a lo que se desprende del informe adunado a fs. 85 y como así también de lo requerido precedentemente por la señora Agente Fiscal, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia Bonaerense, a Leonel Alejandro De La Vega, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo artículos 129, 303 y 304 del C.P.P Firmado: Lucas Varangot, Juez en lo Correccional. Secretaría, 03 de octubre de 2013. Laura Vanesa Saez. Secretaria.
C.C. 10.360 / oct. 18 v. oct. 24


POR 5 DÍAS El señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 9 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Juan Manuel Rial notifica a CARLOS OSVALDO MENÉNDEZ, en la Causa 07-00-034319-12 N 3582/9
del registro interno del Tribunal que se le sigue en orden al delito de Robo Agravado por haber sido cometido mediante el empleo de Arma de Fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada, mediante edictos que se publicarán por el término de cinco días en el Boletín Oficial la resolución que seguidamente se transcribe: Lomas de Zamora, 11 de diciembre de 2012. Habida cuenta que en el día de la fecha se tuvo por desistido el recurso de casación interpuesto por la defensa del encartado Carlos Osvaldo Menéndez, declárese firme la sentencia dictada en autos y practíquese por Secretaría el correspondiente cómputo de pena CPP, 500. Fdo. Juan Manuel Rial, Juez. Cómputo de pena respecto de Carlos Osvaldo Menéndez: Que practico en virtud de lo ordenado por S.S. y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 500 del C.P.P. Que con fecha 9 de octubre de 2012, se dictó sentencia mediante la cual se condenó a Carlos Osvaldo Menéndez a la pena de dos meses de prisión y costas, por resultar coautor penalmente responsable del delito de robo simple, hecho ocurrido el día 13 de junio de 2012, en la localidad y partido de Lanús; y se lo declaró reincidente, pronunciamiento que adquirió firmeza en el día de la fecha. Finalmente, se impuso el arresto domiciliario del nombrado Menéndez, el cual debía ser cumplido en el domicilio de la calle Monteagudo Nº 555 de la localidad de Guernica, partido de Presidente Perón, bajo apercibimiento de revocársele la medida impuesta en caso de incumplimiento injustificado de la misma art. 371 del Código Procesal Penal. Que compulsada que fuera la presente causa, constaté que Menéndez fue detenido el día 13 de junio de 2012 fs. 1, habiendo permanecido en dicha situación hasta el día 15 del mismo mes y año, fecha en la que se dispuso su inmediata libertad fs. 30 y 37 -3
días-. Que con fecha 10 de octubre del año en curso, el nombrado Menéndez comenzó a cumplir el arresto domiciliario dispuesto, permaneciendo en esa condición hasta el día de la fecha, por lo que estuvo privado de su libertad por espacio de dos meses y un día -2 meses y 1 día-. Que en consecuencia, sumados los tiempos parciales de detención, la pena única impuesta a Carlos Osvaldo Menéndez venció el día 7 de diciembre de 2012, debiendo efectivizarse la libertad del nombrado en la misma fecha a las 12.00 horas CP, 77. Finalmente, informo que a los efectos registrales la pena impuesta caducará el día 7 de diciembre de 2022 CP, 51. Secretaría, 11 de diciembre de 2012. Fdo.: Leonardo Quiroga Sabath, Auxiliar Letrado. Lomas de Zamora, 11 de diciembre de 2012.
Apruébese el cómputo de pena practicado por el Actuario y notifíquese el mismo al señor Fiscal, al condenado y a su Defensa CPP, 500. Asimismo, y en atención al resultado

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/10/2013 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date22/10/2013

Page count14

Edition count3380

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

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