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- Spain
La Comisión Europea ha negociado un acuerdo con el grupo Philip
Morris con la finalidad de resolver extrajudicialmente el litigio pendiente
en los Tribunales de los Estados Unidos de América originado por la
demanda interpuesta por la Comunidad Europea y diez de sus Estados miembros
contra dicho grupo empresarial en solicitud de reparación por los perjuicios
causados por presuntas ventas de cigarrillos en el territorio de los Estados
miembros en violación de las leyes aplicables.
Dicho acuerdo, denominado "Anti-contraband and anti-counterfeit
agreement and general release" (Acuerdo anticontrabando y
antifalsificación y de exención general), tiene como objetivo fundamental eliminar
la importación, distribución y venta ilegales de cigarrillos y cualquier otra
actividad ilegal relacionada; asegurar la recaudación de los impuestos
aplicables sobre los cigarrillos vendidos o distribuidos en el territorio de los
Estados miembros; proteger la competencia legítima en la venta de
cigarri
llos; proteger los derechos de marca de los fabricantes de cigarrillos
legítimos, y evitar que los ciudadanos de los Estados miembros sean engañados
respecto al origen y calidad de los cigarrillos que adquieren.
En el acuerdo se incluye el compromiso por parte de Philip Morris
de realizar determinados pagos y actuaciones para evitar la venta ilegal
de cigarrillos. Asimismo se acuerdan determinadas exenciones de
responsabilidad por hechos relacionados con el litigio, así como el desistimiento
de las acciones promovidas y el sometimiento a arbitraje de las posibles
controversias. Ello exige la aprobación de un real decreto del Consejo
de Ministros previa audiencia del de Estado en pleno.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno
y Ministro de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Estado
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25
de junio de 2004,
D I S P O N G O :
Artículo único. Autorización de la firma del acuerdo entre Philip
Morris, la Comunidad Europea y determinados Estados miembros.
Se autoriza al Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de
Economía y Hacienda para que firme en nombre del Estado Español el Acuerdo
anticontrabando y antifalsificación y exención general celebrado entre
Philip Morris International Inc., Philip Morris Products Inc., Philip Morris
Duty Free Inc., y Philip Morris World Trade SARL., de una parte, y la
Comunidad Europea y diez Estados miembros (Alemania, Italia, Francia,
Luxemburgo, Bélgica, Países Bajos, Finlandia, Grecia, Portugal y España)
de otra, que ha sido negociado por la Comisión Europea.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
Dado en Madrid, a 25 de junio de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Segundo del Gobierno
y Ministro de Economía y Hacienda,
PEDRO SOLBES MIRA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 154 del Sábado 26 de Junio de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Economía Y Hacienda.