ORDEN ECD/2008/2003, de 30 de mayo, por la que se adjudican los Premios Nacionales de Fin de Carrera de Educación Universitaria correspondientes al curso académico 2001-2002.

Con el fin de distinguir a los alumnos que hayan cursado con mayor

brillantez sus estudios universitarios, por Resolución de 8 de julio de 2002,

de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades (Boletín Oficial

del Estado de 25 de julio) se hizo pública la convocatoria de Premios

Nacionales de Fin de Carrera, destinados a quienes los hubieran concluido

en el curso académico 2001-2002.

De acuerdo con el artículo sexto de dicha Resolución, se constituyó

un Jurado de Selección que ha elevado a la Ministra de Educación, Cultura

y Deporte propuesta de concesión de los premios.

Por todo ello, y de acuerdo con la referida propuesta formulada por

el Jurado de selección mencionado, he dispuesto:

Primero.-Conceder 73 primeros premios, 60 segundos y 52 terceros,

respectivamente, a los alumnos que se relacionan en el anexo I a la presente

Orden, con indicación de los estudios cursados y de la Universidad a

la que pertenecen.

Segundo.-Conceder 73 menciones especiales, con efectos

exclusivamente académicos, a los alumnos que se relacionan, asimismo, en el anexo I.

Tercero.-No conceder premio ni mención a todas aquellas solicitudes

presentadas y que no se encuentran en el anexo I.

Cuarto.-El importe total de los premios concedidos asciende a la

cantidad de cuatrocientos diecisiete mil seiscientos veinticinco euros (417.625

euros) y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.423A.483.02

del corriente presupuesto de gastos del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte.

Quinto.-Las autoridades académicas adoptarán las medidas precisas

para que tanto los premios como las menciones concedidos sean anotados

en el expediente académico del alumno.

Sexto.-Se autoriza a la Dirección General de Cooperación Territorial

y Alta Inspección a abonar los gastos que se produzcan, en su caso, con

motivo de la entrega de los premios concedidos.

Séptimo.-La presente Orden pone fin a la vía administrativa y podrá

ser objeto de recurso contencioso-administrativo, ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Boletín

Oficial del Estado. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en

reposición en el plazo de un mes ante la Ministra de Educación, Cultura

y Deporte, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la

redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 30 de mayo de 2003-P. D. (O. de 1 de febrero de 2001), el

Director General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Juan Ángel

España Talón.

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación y Universidades, Ilma. Sra.

Secretaria General de Educación y Formación Profesional e Ilmo. Sr.

Director General de Cooperación Territorial y Alta Inspección.

ANEXO (ver imágenes páginas 27981 a 27986)

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 170 del Jueves 17 de Julio de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Educación, Cultura Y Deporte.