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Visto el expediente de indulto de don Bernardo Pinto Lao, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza, en sentencia de fecha 25 de
abril de 1996, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena
de cinco meses de arresto mayor y multa de 500.000 pesetas, con las
accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 5 de febrero de 1999,
Vengo en conmutar a don Bernardo Pinto Lao la pena privativa de
libertad pendiente de cumplimiento por otra de cien días-multa, a satisfacer
en cuotas diarias de 2.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento
serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 5 de febrero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 47 del Miércoles 24 de Febrero de 1999. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.