Orden de 10 de abril de 1989 por la que se actualizan los anexos I y II de las normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

La disposición final primera del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, faculta al Ministerio de Industria y Energía para modificar los anexos a fin de adaptarles a la evolución de la reglamentación de homologación de vehículos y sus partes y piezas, así como para establecer las fechas a partir de las cuales serán de obligado cumplimiento las Directivas y Reglamentos que se aprueben sobre esta materia.

Mediante la Orden de 4 de febrero de 1988, se actualizaron las Directivas publicadas en el año 1987.

La publicacion de las nuevas Directivas y Reglamentos aconseja el dictado de una nueva disposición, modificando los citados anexos,

En su virtud, este Ministerio dispone:

Se modifican los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, que quedan redactados como se indica en el anexo de la presente Orden.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 10 de abril de 1989.

ARANZADI MARTÍNEZ

Ilma. Sra. Directora general de Política Tecnológica.

ANEXO I

ANEXO II

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 96 del Sábado 22 de Abril de 1989. Disposiciones generales, Ministerio De Industria Y Energía.

Notas

  • Publica relación de normas comunitarias aplicables

Materias

  • Maquinaria agrícola
  • Motocicletas
  • Vehículos de motor