Real Decreto 1475/1984, de 2 de agosto, por el que se dispone que durante la ausencia del Ministro de la Presidencia se encargue del despacho de su Departamento el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 188 del Martes 7 de Agosto de 1984. Autoridades y personal, Presidencia Del Gobierno.