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Boletín Oficial de la República Argentina del 22/07/1998 - Segunda Sección - Page 20

entrega de bienes a la misma, los que serán ineficaces. Se intima a los Sres. JORGE TCHOMLEKDJOGLOU, ISABEL TCHOMLEKDJOGLOU, ELENA TCHOMLEKDJOGLOU, MARINA TCHOMLEKDJOGLOU de DODERO y MIGUEL GLINATSIS que se abstengan de salir del país, sin previa autorización del Tribunal, para que entreguen al Síndico dentro de las 24 horas los libros, papeles y demás documentación relacionada con su contabilidad y bienes que tuvieran en su poder, así como también para que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radió del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. La fallida deberá cumplir con los requisitos que se refiere el Art. 86 de la Ley 24.522 en cuanto a su remisión al art. 11 incs. 2, 3, 4 y... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/07/1998 - Segunda Sección - Page 38

presentar las peticiones de verificación y títulos pertinentes hasta el día 1 de octubre de 1998 ante el Síndico designado Contador Roberto Nicolás Ostoich, con oficinas en Tucumán 1639, Piso 6º “47”, Capital Federal, quien presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522 los días 13 de noviembre y 30 de diciembre de 1998 respectivamente, ordenándose a quienes tengan bienes y documentación de la misma para que los ponga a disposición del Síndico en cinco días, como así también la prohibición de realizar pagos y entrega de bienes a la misma, los que serán ineficaces. Se intima a los Sres. JORGE TCHOMLEKDJOGLOU, ISABEL TCHOMLEKDJOGLOU, ELENA TCHOMLEKDJOGLOU, MARINA TCHOMLEKDJOGLOU de DODERO y MIGUEL GLINATSIS que se abstengan... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/07/1998 - Segunda Sección - Page 34

intima a los Sres. JORGE TCHOMLEKDJOGLOU, ISABEL TCHOMLEKDJOGLOU, ELENA TCHOMLEKDJOGLOU, MARINA TCHOMLEKDJOGLOU de DODERO y MIGUEL GLINATSIS que se abstengan de salir del país, sin previa autorización del Tribunal, para que entreguen al Síndico dentro de las 24 horas los libros, papeles y demás documentación relacionada con su contabilidad y bienes que tuvieran en su poder, así como también para que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radió del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. La fallida deberá cumplir con los requisitos que se refiere el Art. 86 de la Ley 24.522 en cuanto a su remisión al art. 11 incs. 2, 3, 4 y 5 y en su caso 1, 6 y 7 del mismo texto legal, y dentro... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/07/1998 - Segunda Sección - Page 40

a la misma, los que serán ineficaces. Se intima a los Sres. JORGE TCHOMLEKDJOGLOU, ISABEL TCHOMLEKDJOGLOU, ELENA TCHOMLEKDJOGLOU, MARINA TCHOMLEKDJOGLOU de DODERO y MIGUEL GLINATSIS que se abstengan de salir del país, sin previa autorización del Tribunal, para que entreguen al Síndico dentro de las 24 horas los libros, papeles y demás documentación relacionada con su contabilidad y bienes que tuvieran en su poder, así como también para que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radió del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. La fallida deberá cumplir con los requisitos que se refiere el Art. 86 de la Ley 24.522 en cuanto a su remisión al art. 11 incs. 2, 3, 4 y 5 y en su... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/07/1998 - Segunda Sección - Page 41

prohibición de realizar pagos y entrega de bienes a la misma, los que serán ineficaces. Se intima a los Sres. JORGE TCHOMLEKDJOGLOU, ISABEL TCHOMLEKDJOGLOU, ELENA TCHOMLEKDJOGLOU, MARINA TCHOMLEKDJOGLOU de DODERO y MIGUEL GLINATSIS que se abstengan de salir del país, sin previa autorización del Tribunal, para que entreguen al Síndico dentro de las 24 horas los libros, papeles y demás documentación relacionada con su contabilidad y bienes que tuvieran en su poder, así como también para que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radió del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. La fallida deberá cumplir con los requisitos que se refiere el Art. 86 de la Ley 24.522 en cuanto a su... Leggi tutto