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Boletín Oficial de la República Argentina del 28/05/2001 - Segunda Sección - Page 10

tenedores de Obligaciones Negociables ausentes de la Asamblea podrán ejercer el derecho de reembolso anticipado por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del valor nominal de sus Obligaciones Negociables con más los intereses devengados e impagos a la fecha de pago. Vicepresidente - Eric P. Reiss e. 28/5 Nº 14.026 v. 1/6/2001 “T” TALLERES FREHA SAICIF CONVOCATORIA Comunica por cinco días y convoca a sus socios a Asamblea Extraordinaria a celebrarse en su sede (Vuelta de Obligado 2879, P. 3, Of. “9”, Capital Federal) el día 26 de junio de 2001 a las 19 horas, a tratar el siguiente: ORDEN DEL DIA: 1º) Tratar la renuncia de Daniel R. Fernández a su cargo de Presidente. 2°) Designación de la persona que lo reemplace en dicho cargo. Presidente - Daniel R. Fernández e. 28/5 Nº 11.120 v. 1/6/2001 TOURNET S.A. CONVOCATORIA Se convoca a Asamblea General Ordinaria para el día 12 de junio de 2001 a las 15 horas en pri- ... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/05/2001 - Segunda Sección - Page 32

anticipos de honorarios a Síndicos para el ejercicio económico de cierre 31/12/2001. TALLERES FREHA SAICIF CONVOCATORIA Comunica por cinco días y convoca a sus socios a Asamblea Extraordinaria a celebrarse en su sede (Vuelta de Obligado 2879, P. 3, Of. “9”, Capital Federal) el día 26 de junio de 2001 a las 19 horas, a tratar el siguiente: De acuerdo al Art. 238 de la Ley N° 19.550, los Accionistas deberán depositar en las oficinas antes mencionadas, las acciones o el respectivo certificado de depósito con un plazo no menor de tres días hábiles de anticipación a la fecha de la Asamblea. Presidente – Daniel E. Frontera e. 23/5 N° 13.819 v. 30/5/2001 ORDEN DEL DIA: “U” 1º) Tratar la renuncia de Daniel R. Fernández a su cargo de Presidente... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/03/2012 - Primera Sección - Page 37

PILAGÁ, perteneciente al Pueblo PILAGA, asentada en la provincia de Formosa, en el Registro Nacional de Organizaciones de Pueblos Indígenas (Re.N.O.P.I.), en el marco del artículo 6º de la Resolución INAI Nº 328/2010. ARTICULO 2º — Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — DANIEL R. FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. ANEXO I Nómina de las comunidades indígenas pertenecientes al pueblo pilagá de la provincia de Formosa que integran la FEDERACION DE COMUNIDADES INDIGENAS DEL PUEBLO PILAGÁ Inscripción en Registro Nacional de Comunidades Indígenas (Re.Na.C.I.) Res. Nº 475/2011 Departamento Comunidad Inscripción en Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/11/2013 - Primera Sección - Page 13

, EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS RESUELVE: ARTICULO 1° — Inscríbase la personería jurídica de la COMUNIDAD INDIGENA LA ANGOSTURA, perteneciente al Pueblo DIAGUITA, asentada en el Paraje La Angostura, Distrito Villa Vil, Departamento Belén, Provincia de Catamarca, en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas, el cual ostenta una posesión comunitaria sobre las tierras que ocupa tradicionalmente en ámbito rural. ARTICULO 2° — Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Dr. DANIEL R. FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. e. 06/11/2013 Nº 88807/13 v. 06/11/2013 #F4494796F# #I4494718I# INSTITUTO NACIONAL... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/12/2013 - Primera Sección - Page 20

, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Dr. DANIEL R. FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. e. 26/12/2013 Nº 105872/13 v. 26/12/2013 #F4511861F# #I4511768I# INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Resolución Nº 58/2013 Bs. As., 19/12/2013 VISTO el Expediente Nº 5902/13/INCAA, y la Resolución Nº 2922/13/INCAA, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 2922/12/INCAA se llamó a Concurso para la producción de DIECIOCHO (18) SERIES DE DOCUMENTALES FEDERALES TEMATICOS para Televisión Digital, con la finalidad de que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional. Que la mencionada Resolución establece que la... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/05/2014 - Primera Sección - Page 35

complementarias, Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario Nº 155/89, Decreto Nº 357/02 y modificatorios, Decreto Nº 120 de fecha 10 de Diciembre de 2011 y Resolución MDS Nº 574/10. Por ello, EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS RESUELVE: ARTICULO 1° — Inscríbase la personería jurídica del LOF BUTA MALLÍN, perteneciente al Pueblo MAPUCHE, asentado en el Paraje Buta Mallín, Departamento de Malargüe, Provincia de Mendoza, en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas, la cual ostenta posesión comunitaria sobre las tierras que ocupa tradicionalmente en un ámbito rural. ARTICULO 2° — Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Dr. DANIEL R. FERNANDEZ, Presidente, Instituto... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2014 - Primera Sección - Page 25

individual sobre las tierras que ocupa en ámbito rural. ARTICULO 2° — Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Dr. DANIEL R. FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. e. 03/04/2014 Nº 20194/14 v. 03/04/2014 #F4544155F# #I4543507I# Que por medio del Artículo 22 del Decreto Nº 941 de fecha 22 de julio de 2009 se designó como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.872 al ex MINISTERIO DE PRODUCCION, facultándose al mismo para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su aplicación, como así también para delegar con el alcance que establezca, la ejecución de los Programas y acciones regulados por dicha ley. Que por medio de los Decretos Nros... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2014 - Primera Sección - Page 12

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS RESUELVE: ARTICULO 1° — Desígnese UN (1) delegado por cada una de las etnias del país, reconocidas en el REGISTRO NACIONAL DE COMUNIDADES INDIGENAS, cuya nómina consta en Anexo I de la presente. ARTICULO 2° — Los representantes de las comunidades indígenas designados en el Consejo de Coordinación durarán DOS (2) años en su mandato y podrán ser reelegidos. ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL R. FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. ANEXO I DELEGADOS DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS AL CONSEJO DE COORDINACION Que no obstante estas medidas adoptadas... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/05/2012 - Primera Sección - Page 49

de la presente en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario Nº 155/89, Decreto Nº 357/02 y modificatorios y Nº 120 de fecha 10 de diciembre de 2011. Por ello, EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS RESUELVE: ARTICULO 1° — Apruébese el siguiente listado que como anexo se adjunta, en el cual se detallan las comunidades indígenas cuyas personerías jurídicas fueron oportunamente inscriptas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (Re.Na.C.I.). ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL R. FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas... Leggi tutto

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2014 - Primera Sección - Page 13

voluntad de este Instituto dar cumplimiento a lo prescripto por la Ley Nro. 23.302, en lo que respecta a lo dispuesto en el Artículo 5° de dicha norma, en el cual se prevé la conformación de un CONSEJO DE COORDINACION dentro de la estructura organizativa del INAI. ARTICULO 2° — La prórroga establecida por la presente resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente en que se encuentre fenecido el plazo original de UN (1) año, previsto por el artículo 10° del Decreto N° 155/89, según texto ordenado por Decreto N° 791/2012. Que en este sentido se han dictado, en la órbita del INAI, numerosas resoluciones tendientes a poner en funcionamiento al órgano mencionado, entre las cuales pueden mencionarse las Resoluciones INAI 618/07, 041/08, 042/08, 130/08, 182/08 y 251/08. ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. — Dr. DANIEL R. FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. e. 14/01/2014 N° 1375/14 v. 14/01/2014 #F4514355F# ... Leggi tutto