Periódico Oficial de Puebla del día 03/04/2020 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Viernes 3 de abril de 2020

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla.
Al margen el Escudo del Estado de Puebla, con una leyenda que dice: Unidos en el Tiempo, en el Esfuerzo, en la Justicia y en la Esperanza. Estado Libre y Soberano de Puebla. H. Congreso del Estado de Puebla. LX Legislatura.
LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, por virtud del cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla.
Los animales son seres que han acompañado al ser humano desde su existencia, siendo algunos una forma de alimentación, de ayuda ante desastres naturales, otros un mejor amigo, un guía ante alguna discapacidad, un protector, un experimento médico para la detección de enfermedades.
De acuerdo al Congreso de Bioética y Animales celebrado en el año de 2015, realizado por la Universidad Nacional Autónoma de México UNAM, se reconoció que Todos los mamíferos, incluido el hombre, sienten alguna clase de placer y dolor por lo que determinaron que la existencia de una condición de igualdad no se puede dar sin la diferencia y en razón de ello, como los animales no tienen voz para defenderse, lejos de subordinarlos a cosas como hace dos siglos se criticaba, es tiempo de liberarlos de los tormentos y sufrimientos provocados por el propio ser humano.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente establece en su artículo 3 fracción IV la definición de Biodiversidad, siendo ésta la siguiente:
IV.- Biodiversidad: La variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas;
Por otra parte, la Ley Federal de Sanidad Animal establece en su artículo 4, el concepto de Bienestar Animal:
Conjunto de actividades encaminadas a proporcionar comodidad, tranquilidad, protección y seguridad a los animales durante su crianza, mantenimiento, explotación, transporte y sacrificio;
En nuestro Estado existen diversos actos u omisiones que van en detrimento de los animales indefensos, desde el envenenamiento masivo, hasta causarles daño por entretenimiento o juego.

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Periódico Oficial de Puebla del día 03/04/2020 - Tercera Sección

TitoloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaeseMessico

Data03/04/2020

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1164

Prima edizione06/03/2015

Ultima edizione19/06/2024

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