Periódico Oficial del Estado de México del día 24/03/2017 (Sección Sexta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

24 de marzo de 2017

Página 23

11.2. Instancia ejecutora.
La Dirección General de Educación Básica, la Dirección General de Educación Normal y Fortalecimiento Profesional, Dirección General de Educación Media Superior, Dirección General de Educación Superior y la Dirección General de Servicios Educativos Integrados al Estado de México, son las responsables de la ejecución del programa.
11.3. Comité de Asignación y Evaluación.
11.3.1. Integración.
El Comité de Asignación y Evaluación será responsable de la selección de beneficiarios del apoyo y estará integrado por:
I. Un Presidente, que será el titular de la Secretaría de Educación.
II. Un Secretario, que será el titular de la Coordinación de Estudios y Proyectos Especiales.
III. Nueve vocales, que serán los titulares de las siguientes áreas:
a Subsecretaría de Educación Básica y Normal.
b Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior.
c Subsecretaría de Planeación y Administración.
d Dirección General de Educación Básica.
e Dirección General de Educación Normal y Fortalecimiento Profesional.
f Dirección General de Educación Media Superior.
g Dirección General de Educación Superior.
h Dirección General de Administración y Finanzas.
i Dirección General de Servicios Educativos Integrados al Estado de México.
Para cada uno de los integrantes se nombrará un suplente; el cargo otorgado dentro del comité será honorífico.
Las decisiones del comité se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el presidente tendrá voto de calidad.
El Secretario Técnico convocará a reunión a los integrantes con veinticuatro horas de anticipación como mínimo.
Las sesiones del comité serán válidas con la asistencia de cuando menos la mitad más uno de los integrantes, siempre y cuando entre ellos se encuentre el Presidente y el Secretario o sus respectivos suplentes.
El comité se reunirá, de forma ordinaria o extraordinaria, las veces que sea necesario en función de la operación del programa.
Lo no previsto en las presentes reglas de operación será resuelto por el comité en el ámbito de su competencia. Las resoluciones que determine el comité serán definitivas e inapelables.
11.3.2. Atribuciones.
Son atribuciones del comité:
Autorizar la asignación de los apoyos a los estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes reglas de operación de acuerdo con la preselección efectuada por las instituciones educativas participantes en el programa.
Establecer los mecanismos de coordinación, ejecución, difusión, control y evaluación del programa.
Evaluar de forma periódica la operatividad y cumplimiento de los objetivos del programa.
Las demás que le confieren las presentes reglas de operación.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 24/03/2017 (Sección Sexta)

TitoloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

PaeseMessico

Data24/03/2017

Conteggio pagine24

Numero di edizioni429

Prima edizione05/01/2000

Ultima edizione21/12/2022

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