Periódico Oficial del Estado de México del día 29/01/2016 (Sección Cuarta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 32

29 de enero de 2016

VI.

Que en términos del artículo 11, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos es una función que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y el Organismo Público Electoral del Estado de México, denominado Instituto Electoral del Estado de México.

VII.

Que el artículo 168, primer párrafo, del Código Electoral del Estado de México establece que, el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, responsable de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales.

VIII.

Que el artículo 169, párrafo primero, del Código Electoral de la Entidad, determina que el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas, las que emita el Instituto Nacional Electoral, las que le resulten aplicables y las del propio Código.

IX.

Que en términos del artículo 171, fracciones I, III, V y VI, del Código Electoral del Estado de México, son fines de este Instituto Electoral; contribuir al desarrollo de la vida democrática; en el ámbito de sus atribuciones, garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; promover el voto y velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política democrática.

X.

Que el artículo 185, fracción XXXIV, del Código Electoral de la Entidad, señala la atribución de este Órgano de Dirección, de aprobar las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto que le proponga la Junta General.

XI.

Que atento a lo señalado por el artículo 201, fracciones I y IV, del Código Electoral del Estado de México, la Dirección de Capacitación tiene las atribuciones de elaborar y proponer los programas de educación cívica, capacitación electoral y difusión de la cultura política democrática, con base a los lineamientos y contenidos que dicte el Instituto Nacional Electoral; diseñar, elaborar e integrar el material didáctico debiendo someterse a la aprobación del Consejo General, a través de la Junta General; y orientar a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político electorales.

XII.

Que una vez que ha sido analizado por este Consejo General el proyecto de propuesta de Estrategia de promoción del voto para la elección extraordinaria de Chiautla 2016, se advierte que tiene como objetivos, la promoción del voto así como la participación de los ciudadanos del referido municipio en dicha elección, con el fin de que cumplan con el ejercicio de sus derechos y obligaciones político-electorales, a través de actividades de difusión individual o grupal; así como la divulgación de temas de promoción del voto para la construcción de una ciudadanía participativa e informada.
Asimismo, contiene la estrategia de trabajo, actividades a desarrollar y su respectivo procedimiento, para alcanzar los objetivos antes citados.
Por tanto, toda vez que este Consejo General reconoce que la promoción del voto es tarea fundamental, que se encuentra contemplada dentro de los fines de éste Instituto Electoral, resulta procedente aprobar la referida propuesta de Estrategia de promoción del voto para la elección extraordinaria de Chiautla 2016, a través de la cual se pretende promover el voto y la participación de los ciudadanos de dicho municipio, a efecto de que cumplan con el ejercicio de sus derechos y obligaciones político-electorales, mediante actividades de difusión individual o grupal.
En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3, 182 último párrafo y 184 del Código Electoral del Estado de México, 6 incisos a y e, 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
ACUERDO
PRIMERO.Se aprueba la propuesta de Estrategia de promoción del voto para la Elección Extraordinaria de Chiautla 2016, en términos del documento adjunto al presente Acuerdo.
SEGUNDO.Se instruye al Secretario de este Consejo General, haga del conocimiento a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, y a la Comisión Temporal para el Seguimiento a las actividades de los Procesos Electorales Locales 2015- 2016, ambas del Instituto Nacional Electoral, la propuesta de Estrategia de promoción del voto para la Elección Extraordinaria de Chiautla 2016, aprobada por el presente Acuerdo, para los efectos a que haya lugar.
TERCERO.Se instruye al Secretario de este Consejo General, notifique el presente Acuerdo a la Dirección de Capacitación de este Instituto a fin de que, en el ámbito de sus atribuciones, proceda a la implementación de la propuesta de la Estrategia aprobada.
TRANSITORIOS
PRIMERO.El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, Gaceta del Gobierno, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, las Consejeras y los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, presentes en la Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veintisiete de enero de dos mil dieciséis y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 191, fracción X y 196, fracción XXX, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n, del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
ATENTAMENTE
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ
Rúbrica.
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
Rúbrica.

El anexo del presente Acuerdo se http www.ieem.org.mx/consejo_general/a2016.html
encuentra
publicado
en
la
página
electrónica

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Periódico Oficial del Estado de México del día 29/01/2016 (Sección Cuarta)

TitoloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaeseMessico

Data29/01/2016

Conteggio pagine32

Numero di edizioni1838

Prima edizione05/01/2000

Ultima edizione28/12/2023

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