Periódico Oficial de Tamaulipas del 18/10/2022 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Victoria, Tam., martes 18 de octubre de 2022

Página 4

Periódico Oficial
VIII. Proponer a la persona titular del Poder Ejecutivo Federal el informe anual de las actividades de la Guardia Nacional;
IX. Nombrar a las personas titulares de las Coordinaciones Territoriales, Estatales y de las Unidades especiales, a propuesta de la persona titular de la Comandancia;
X. y XI.
Artículo 13 Bis. A la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional le corresponden las facultades siguientes:
I. Ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, en el marco de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, y cuando la persona titular del Ejecutivo Federal disponga de su intervención para el auxilio de la Fuerza Armada permanente en el ejercicio de sus misiones;
II. Expedir los manuales de organización, de procedimientos y de servicio al público de la Guardia Nacional;
III. Elaborar los programas operativos y estrategias de la Guardia Nacional;
IV. Autorizar los planes y programas a que se refiere el artículo 15, fracción XVI de esta Ley;
V. Organizar la distribución territorial de la Guardia Nacional;
VI. Proponer adecuaciones a la estructura orgánica de la Guardia Nacional, y VII. Las demás establecidas en esta Ley y otras disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 14. La persona titular de la Comandancia será nombrada por la persona titular de la Presidencia de la República a propuesta de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional y deberá reunir los requisitos siguientes:
I. y II.
III. Contar con el grado jerárquico de Comisario General y título de licenciatura debidamente registrado;
IV. a VII.
Artículo 15. A la persona titular de la Comandancia le corresponden las facultades siguientes:
I.

II. Coordinar, administrar, capacitar, dirigir y supervisar a la Guardia Nacional;
III.
IV. Administrar los recursos que se aporten para la operación y funcionamiento de la Guardia Nacional;
V. Coordinar la realización de cursos, seminarios o eventos con instituciones nacionales y extranjeras que establezca la Secretaría de la Defensa Nacional;
VI. Proponer y celebrar convenios y demás actos jurídicos que no estén reservados a la persona titular de la Secretaría, así como llevar a cabo todas aquellas actividades directamente relacionadas con el ámbito de competencia de la Guardia Nacional;
VII. Proponer a la Secretaría de la Defensa Nacional los proyectos de manuales, acuerdos, circulares, memoranda, instructivos, bases y demás normas y disposiciones administrativas para el buen funcionamiento de la Guardia Nacional, en términos del Reglamento;
VIII. Proponer a la persona titular de la Secretaría los nombramientos y remociones de las personas titulares de las Coordinaciones Territoriales, Estatales y de las Unidades Especiales;
VIII Bis. Proponer a la persona titular de la Secretaría los nombramientos y remociones del personal de la Guardia Nacional en los cargos administrativos a que se refiere la fracción VI del artículo 21 de la presente Ley, cuya persona titular deberá contar con la jerarquía mínima de Comisario;
IX. a XI.

XII. Informar a las personas titulares de la Secretaría y de la Secretaría de la Defensa Nacional sobre el desempeño y resultado de las actividades de la Guardia Nacional;
XIII. y XIV.
XV. Coadyuvar con la persona titular de la Secretaría en la elaboración del informe anual de actividades de la Guardia Nacional;
XVI. Elaborar los planes y programas para:
a El ingreso, formación, capacitación, especialización y profesionalización del personal de la Guardia Nacional en el ámbito de los ejes de formación policial, académico y axiológico, conforme a la normatividad en materia de desarrollo policial, y

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 18/10/2022 - Legislativo

TitoloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaeseMessico

Data18/10/2022

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4087

Prima edizione02/01/1999

Ultima edizione02/08/2024

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