Periódico Oficial de Tamaulipas del 4/10/2022 - Legislativo
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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo
Periódico Oficial
Página 3
Victoria, Tam., martes 04 de octubre de 2022
DISTRITO 43
EXPEDIENTE:
POBLADO:
MUNICIPIO:
ESTADO:
354/2022-43
ALDAMA
ALDAMA
TAMAULIPAS
EDICTOS
JUAN FLORES IZAGUIRRE, DONDE SE ENCUENTRE.
Se le hace saber que en los autos del juicio agrario número 354/2022-43, del índice de este Tribunal Unitario Agrario Distrito 43, con sede en Tampico, Tamaulipas, que promueve PABLO FLORES LIÑAN, por la nulidad absoluta del testamento público abierto de fecha veinte de septiembre de dos mil once, otorgado por la extinta ejidataria JUANA LIÑAN MARTÍNEZ, del ejido denominado ALDAMA, MUNICIPIO DE
ALDAMA; ESTADO DE TAMAULIPAS, en esa circunstancia y en observancia del principio de la tutela jurisdiccional efectiva, prevista en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se ordenó emplazarlo a juicio por EDICTOS, que se publicarán por dos veces dentro de un plazo de diez días, en el periódico de mayor circulación en la región en donde esté ubicado el inmueble relacionado en el procedimiento, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tamaulipas, en los estrados de la Presidencia Municipal de Aldama, Estado de Tamaulipas, y de este Unitario; para que comparezca, conteste la demanda, ofrezca pruebas, y haga valer las excepciones que estime pertinentes, toda vez que de conformidad con el numeral 187 de la Ley Agraria, las partes tienen la carga de la prueba de los hechos constitutivos de sus pretensiones, y por lo tanto se le previene para que el día señalado para el desahogo de la audiencia de ley, siendo las TRECE HORAS CON TREINTA
MINUTOS DEL DÍA VIERNES ONCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS, ofrezca todas las pruebas que considere idóneas, en términos del artículo 185, fracciones I y II de la Ley de la materia, bajo apercibimiento que de no hacerlo así, se tendrá precluído su derecho, sin necesidad de acuse de rebeldía, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 288 de supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles.
Asimismo, en su primera comparecencia señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibiéndolo que de no hacerlo o de no comparecer las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, le serán practicadas por estrados; igualmente, se le hace de su conocimiento que de no asistir a la audiencia de ley, se tendrán por ciertas las afirmaciones de su contraparte; lo anterior con fundamento en los artículos 173 y 185 de la Ley Agraria.
Bajo el entendido, que las constancias procesales del emplazamiento, están a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano jurisdiccional federal.
Tampico, Tamaulipas, a veintitrés de septiembre de dos mil veintidós.
SECRETARIO DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 43.- LIC. JOSÉ LUIS
GARCÍA MÉRIDA.- Rúbrica. 1a. Publicación
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo".
LA LEGISLATURA SESENTA Y CINCO CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. 65-367
MEDIANTE EL CUAL SE EMITE LA DECLARATORIA DE ENTRADA EN FUNCIONES DE LOS
TRIBUNALES LABORALES LOCALES Y LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN LOCALES DEL ESTADO DE
TAMAULIPAS.