Diario Oficial de la Federación del 04/07/2024

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Source: Diario Oficial de la Federación

Jueves 4 de julio de 2024

DIARIO OFICIAL

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Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo RLFPRH, disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación TESOFE los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, GOBERNACIÓN, a través de la CONAVIM, destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024
LINEAMIENTOS.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el FORMATO 1.
SOLICITUD DE SUBSIDIO de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Gustavo Rómulo Salas Chávez en su carácter de Fiscal General de Justicia del Estado de Sonora del GOBIERNO DE ESTADO, solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto:
AVGM/SON/AC04/FGJ/026.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos COMITÉ, determinó viable el proyecto presentado, por lo que se autorizó la cantidad de $258,316.30 Doscientos cincuenta y ocho mil trescientos dieciséis pesos 30/100 M.N.
para la ejecución del proyecto AVGM/SON/AC04/FGJ/026. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/340/2024 de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, LAS PARTES manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.

GOBERNACIÓN declara que:

I.1.

Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CONSTITUCIÓN; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación RISEGOB.

I.2.

El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.

I.3.

La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de GOBERNACIÓN, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009
DECRETO.

I.4.

La Coordinadora de Políticas Públicas para Erradicación de la Violencia, y Encargada de la Recepción y atención de los Asuntos de la Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 2 aparatado C, fracción V, 115, fracción V, 116 fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; Artículo Cuarto fracción XIII, del DECRETO; y 42 Bis, fracción XII de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia LGAMVLV.

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Diario Oficial de la Federación del 04/07/2024

TitoloDiario Oficial de la Federación

PaeseMessico

Data04/07/2024

Conteggio pagine490

Numero di edizioni3467

Prima edizione01/01/2011

Ultima edizione15/07/2024

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