Diario Oficial de la República de Chile del 23/7/2022 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Sábado 23 de Julio de 2022

PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior y Seguridad Pública SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR
CVE 2161234
AUTORIZA EDICIONES EXTRAORDINARIAS DEL DIARIO OFICIAL, PARA LOS DÍAS QUE INDICA

Nº 43.309

2.- Déjase establecido que por aplicación de lo dispuesto en el decreto supremo N22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Aprueba el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile, y por razones de buen servicio, esta resolución ha sido dictada con posterioridad a las ediciones extraordinarias recién individualizadas.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Manuel Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Gabriel de la Fuente Acuña, Jefe de Gabinete.

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
Resolución Núm. 1.917 exenta.- Santiago, 8 de julio de 2022.

SUBSECRETARÍA DE TURISMO

Vistos:
1.- Lo dispuesto en los artículos 32 N6 y 75, inciso tercero, de la Constitución Política de la República, en relación con lo preceptuado en el artículo 7º del Código Civil;
2.- Lo preceptuado en el artículo 3º, letra e, del DFL N7.912 de 1927, del Ministerio del Interior, que Organiza las Secretarías de Estado;
3.- La ley N20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
4.- El decreto supremo N22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Aprueba el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile;
5.- Lo establecido en la resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1.- Que, el artículo 7º inciso primero del decreto supremo N22, de 12 de enero de 2016, que Aprueba el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile, estableció que El Diario Oficial se publicará todos los días del año, salvo los días domingo y festivos. Cada edición tendrá un número correlativo único, manteniendo la numeración utilizada a la entrada en vigencia de este reglamento..
2.- Que, el inciso segundo del mismo artículo antedicho, dispone que Con todo, podrán excepcionalmente realizarse ediciones extraordinarias del Diario Oficial, sean éstas ediciones adicionales en un mismo día o en días domingo o festivos, las que deberán encontrarse autorizadas por resolución de la Subsecretaría del Interior..
Agrega este último precepto que Por razones de buen servicio la referida resolución podrá ser dictada con posterioridad a la edición extraordinaria, debiendo además publicarse en el Diario Oficial.
Resuelvo:
1.- Autorízase la elaboración y publicación de las siguientes ediciones extraordinarias del Diario Oficial, correspondientes a las fechas que en cada caso se indican:

CVE 2160292
PRÓRROGA DE ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO VALDIVIA
Núm. DEXE202200101 exento.- Santiago, 19 de julio de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado;
en la ley N20.423, del sistema institucional para el desarrollo del turismo; en el decreto supremo N30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;
en el acuerdo N2.3 del Acta del Comité de Ministros del Turismo que da cuenta de la sesión ordinaria N26, del 26 de enero de 2022; y en la resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, un territorio puede ser declarado Zona de Interés Turístico cuando posee condiciones especiales para la atracción turística y que requieran medidas de conservación y de una planificación integrada para focalizar las inversiones del sector público y/o promover las inversiones del sector privado en dicho territorio.
2. Que, según dispone el artículo 8 numeral 7 de la ley N20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo declarar las Zonas de Interés Turístico.
3. Que, mediante decreto supremo N390, de 30 de mayo de 2017, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se declaró Zona de Interés Turístico al territorio denominado Valdivia.
4. Que, según dispone el inciso segundo del artículo 18 del decreto supremo N30, que aprueba el Reglamento que fija el procedimiento para la declaración de Zonas de Interés Turístico, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, la prórroga de una Zona de Interés Turístico podrá ser presentada ante la Subsecretaría de Turismo por el Director Regional del Servicio Nacional de Turismo, como presidente de la Mesa Público-Privada, y con acuerdo de ésta, junto con un informe de cumplimiento de las acciones y objetivos formulados en el Plan de Acción durante la vigencia de la declaración y de otros logros de la gestión, si los ubiere. Asimismo, deberá entregar una propuesta de actualización del Plan de Acción para los siguientes cuatro años.
5. Que, el 26 de noviembre de 2020, se presentó una solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada Valdivia, dentro del plazo señalado en el artículo 18 del decreto supremo N30, de 2016.
6. Que, la prórroga deberá ser aprobada por el Comité de Ministros del Turismo, y sancionada mediante decreto supremo del Ministerio de Economia, Fomento y Turismo, dictado bajo la fórmula Por orden del Presidente de la República.
7. Que, en el acuerdo N2.3 del Acta de la sesión ordinaria N26 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 26 de enero de 2022, se aprobó por unanimidad la solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada Valdivia, en la Región de Los Ríos.
8. Que, habiéndose dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del decreto supremo N30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, corresponde a esta Secretaría de Estado, mediante decreto supremo dictado bajo la fórmula Por orden del Presidente de la República, declarar la prórroga de la Zona de Interés Turístico respectiva.

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la República de Chile del 23/7/2022 - Secciones I-IV

TitoloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaeseChile

Data23/07/2022

Conteggio pagine20

Numero di edizioni1245

Prima edizione17/08/2016

Ultima edizione19/03/2024

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