Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/1/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 8
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE POLITICA INDUSTRIAL Y ENERGIA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIALY ENERGÍA EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-13626/17
ANTECEDENTES

Con fecha 4 de marzo de 2020, la Delegación del Gobierno en Cádiz, resuelve la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública en concreto, del proyecto NUEVA SUBESTACIÓN
"ZUMAJO" 220/66 KV de 2x125 MVA en el seno del expediente AT-13626/17, con los siguientes datos:
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES DIVISIÓN ANDALUCÍA
Domicilio: Avda. de la Borbolla, 5 - 41004 SEVILLA
Lugar donde se va a establecer la instalación: POLÍGONO 56, PARCELA 6, LA
MUELA, VEJER DE LA FRONTERA
Término municipal afectado: VEJER DE LA FRONTERA
Finalidad: ATENDER A LA DEMANDA ENERGÉTICA DE LA ZONA

Con fecha 14 de octubre de 2022, JAVIER ARTO BINTANED, en nombre y representación de EDISTRIBUCIÓN Redes Digitales S.L.U., solicita autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción por modificación del alcance del proyecto, consistente en modificar la potencia de los transformadores de 125 MVA a 120 MVA.

Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9
de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022
de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Vista la Disposición final cuarta. Excepciones a la información pública de procedimientos autorizatorios energéticos, dado que la modificación pretendida no requiere de declaración de utilidad pública para su implantación y no está sometida a la autorización ambiental unificada, no resulta necesario someter al trámite de información pública la modificación pretendida.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN
REDES DIGITALES DIVISIÓN ANDALUCÍA para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Proyecto NUEVA SUBESTACIÓN "ZUMAJO" 220/66 KV de 2x125 MVA
con visado 1628/69 de 02/04/2019 y ANEXO MODIFICATIVO DEL PROYECTO DE
LEGALIZACIÓN NUEVA SUBESTACIÓN ZUMAJO. NUEVA SUBESTACIÓN
220/66 KV DE 2X120 MVA con DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL/DE LA
TÉCNICO/A COMPETENTE AUTOR/A DE TRABAJOS PROFESIONALES de fecha 23/03/2022.
La actuación objeto del proyecto se corresponde con una primera fase de ejecución de la nueva subestación, de acuerdo a lo siguiente:

2 Posiciones de 220 kV de tipo exterior convencional.

Posiciones de 66 kV de tipo exterior convencional con esquema en doble barra.
Alcance:
2 Posiciones de secundario del transformador de potencia.
6 Posiciones de salida de línea.
1 Posición de batería de condensadores 1 Posición de acople transversal de barras.
1 Posición de medida de barras.

2 Posiciones de transformación 220/66 kV Transformador de potencia 230/72/10.5 kV 120MVA

Posición de servicios auxiliares
Posición de control y protecciones, con instalación de sistema integrado de control SICP que integrará las funciones de control local, telecontrol y protecciones.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

13 de enero de 2023

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Catorce de diciembre de dos mil veintidós. LADELEGADATERRITORIAL.
MARIA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado.
Nº 149.735/22


CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESAS
Y TRABAJADORES AUTONOMOS
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: UTE LIMPIEZA CENTROS SAS LOTE 3
HOSPITAL UNIVERSITARIO DE PUERTO REAL
Expediente: 11/01/0288/2022
Fecha: 29/11/2022
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: ARMANDO NEVADO LORENZO
Código 11002521011994.

Visto el texto del Convenio Colectivo relativo al PERSONAL DE LIMPIEZA
DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE PUERTO REAL CÁDIZ , con vigencia desde el 1 de enero 2021 a 31 de diciembre 2025, suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores el 26-09-2022, presentado a través de medios electrónicos en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo el 19-10-2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo;
Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto 32/2019, de 5
de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo relativo al PERSONAL DE LIMPIEZA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE PUERTO REAL
CÁDIZ, en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 29 de noviembre de 2022. DELEGADO TERRITORIAL DE
LA DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO, FDO.:
DANIEL SANCHEZ ROMAN
CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL DE LIMPIEZA DEL CENTRO DE
TRABAJO HOSPITAL UNIVERSITARIO DE PUERTO REAL CÁDIZ
CUESTIONES GENERALES

ART. 1º.- AMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a toda la plantilla del Centro Hospitalario Universitario de Puerto Real Cádiz y la Empresa CLECE S.A
concesionaria del Servicio de Limpieza del mencionado Centro Hospitalario.

ART. 2º.- AMBITO TEMPORAL.
El presente Convenio tendrá una vigencia de 5 años, comenzando el

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/1/2023

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data13/01/2023

Conteggio pagine11

Numero di edizioni6048

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione31/07/2024

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