Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 23/02/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.657
Salta, viernes 23 de febrero de 2024

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

público o privado para lo cual podrá realizar todo tipo de contrataciones financieras con fondos propio, con exclusión de las previstas Ley 21526 y toda ora que requiera el concurso del ahorro público.- b Compraventa por mayor y menor de artículos nuevos y/o usados de toda clase, materias primas elaboradas o a elaborarse, herramientas e implementos para la generación de energía renovable y sustentable, productos y/o maquinarias elaborados por la sociedad o por terceros en cualquiera de sus etapas, compraventa por mayor y menor materiales para la construcción de maquinarias y equipos destinados a la generación de energía, la importación y exportación de los mismos.- c El ejercicio de comisiones, representaciones y/o consignaciones. Podrá la Sociedad por si y/o asociada a terceros, presentarse en licitaciones públicas privadas, municipales, provinciales y/o Nacionales, ya se trate de obras y/o de provisiones. C Agropecuarias: Explotación por sí o por terceros y/o asociados a terceros de establecimientos rurales, agrícolas, ganaderos, ictícolas, forestales, vitivinícolas, incluyendo horticultura, fruticultura; olivicultura; floricultura, apicultura, forestación y otro cultivo en general; la utilización de los subproductos de actividades ganaderas en todas sus etapas para la generación de energía, comprendiendo también crianza y engorde de animales vacunos, lanar, caballar, porcina, avícolas y caprinos de raza, mestizos o criollos. y todo otro especial animal; también en lo referente a la compra, venta, arrendamiento, aparcería de inmuebles de la sociedad o de terceros, pudiendo realizar estas operaciones con más la comisión, consignación, permutas y depósitos sobre frutos y productos de estas explotaciones rurales. D Constructora: Podrá la Sociedad por sí y/o asociada a terceros, presentarse en licitaciones públicas o privadas, Municipales, Provinciales y/o Nacionales, relacionadas con actividades de construcción de obras públicas y privadas, tales como construcción de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de inmuebles, obras viales, hidráulicas, energéticas, gasoductos, oleoductos, mineras, desages, diques, puertos, demolición, caminos, etc. Ejecución, dirección y administración de proyectos y obras civiles, sanitarias, de urbanización y edificios, incluso destinados a propiedad horizontal, construcción de silos, viviendas, talleres, puentes, refacción y/o demolición de obras, mantenimiento de escuelas, caminos y todo tipo de construcción existente, todos ellos vinculados a la generación de energía de carácter renovable y sustentable. E Inversiones: Ejercer representaciones, distribuciones, comisiones, consignaciones y mandatos para la gestión de negocios de terceros, inscripción, representación y explotación de patentes de invención, marcas de fábricas, licencias, diseños, tecnologías y dibujos industriales nacionales o extranjeros, en el país o el exterior.
Realizar aportes de capital e inversiones en sociedades por acciones constituidas o a constituirse para negocios realizados o a realizarse, constitución y transferencias de hipotecas y demás derechos reales, compraventa y administración de títulos, bonos, acciones, debentures, valores mobiliarios e inmobiliarios y todo tipo de préstamos. Todos actos serán prestados exclusivamente por profesional habilitado, cuando por razón de la materia, las leyes y reglamentos así lo exijan. Se excluyen las actividades contempladas en la Ley de Entidades Financieras y las que requieran el concurso y/o ahorro público. F
Importacion y Exportacion: además de los indicados precedentemente la sociedad podrá efectuar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceras operaciones de importación o exportación de bienes y/o de servicios.
Capital: $ 600.000 pesos seiscientos mil representado por 6.000 seis mil acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 100 pesos cien, valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción, suscriptas por: Martin Miguel Lara, suscribe la cantidad de 2.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de cien pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Fernando Alejo Almeida Bou suscribe la cantidad de
Pág. N 60

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 23/02/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data23/02/2024

Conteggio pagine72

Numero di edizioni2017

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione04/07/2024

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