Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 24/08/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.538
Salta, jueves 24 de agosto de 2023

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

dejando constancia en la misma de las circunstancias del caso expresadas en el presente, a efectos de su inscripción en la Dirección General de Inmuebles.
ARTÍCULO 3º.- Aféctase, la fracción prescripta a favor del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para el funcionamiento de la Escuela Nº 4116 César Alberto Torino ubicada en la Localidad de Copo Quile, Municipio El Potrero, Departamento Rosario de la Frontera.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Camacho - Cánepa - López Morillo VER ANEXO
Fechas de publicación: 24/08/2023
OP N: SA100046112

SALTA, 17 de Agosto de 2023
DECRETO Nº 507
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Expediente Nº 0060059-180857/2019-0.
VISTO la solicitud del señor Miguel Eduardo Ceballos Corbella de otorgamiento del beneficio de Reconocimiento al Mérito Artístico como creador literario; y, CONSIDERANDO:
Que por conducto de la Ley Nº 6475 y modificatorias, se creó el Régimen de Reconocimientos al Mérito Artístico;
Que el artículo 2º de la citada ley, establece que Los reconocimientos estarán destinados a beneficiar a creadores literarios, plásticos, artesanales; de la composición musical y a los intérpretes de obras de autores salteños cuyas contenidos, entrañen el espíritu de los contextos tradicionales, históricos o geográficos de nuestra Provincia, de la región o del país y tendrán el carácter de vitalicios";
Que en ese marco normativo y del análisis de las constancias de autos, surge que el peticionante ha cumplimentado todos los requisitos exigidos para obtener el beneficio al mérito artístico como creador literario artículo 3º de la Ley Nº 6475, modificado por el artículo 2º de la Ley Nº 6802;
Que, en efecto, el señor Ceballos Corbella cuenta con más de cincuenta y cinco 55 años de edad y acredita ser nativo de la Provincia de Salta;
Que, asimismo, acredita más de veinte 20 años de trayectoria pública ininterrumpida en su actividad artística, y la publicación de tres 3 libros de su autoría;
Que la Fiscalía de Estado y la Secretaría de Cultura de Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, han tomado la intervención de su competencia;
Que en virtud de ello, corresponde acoger favorablemente el pedido de reconocimiento al Mérito Artístico tramitado, con encuadre legal en los artículos 2º, 3º inciso d, 4º inciso c, y 5º inciso c de la Ley Nº 6475, y sus modificatorias;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

Pág. N 9

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 24/08/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data24/08/2023

Conteggio pagine88

Numero di edizioni2023

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione15/07/2024

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