Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 19/04/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.453
Salta, miércoles 19 de abril de 2023
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
visado positivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES y de la Resolución Nº 188/2023 del Ministerio de Seguridad y Justicia, debidamente notificada al beneficiario;
Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante Ley Nº 6818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que el agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j, del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72
del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997, debiendo cesar, al finalizar estas, el pago de sus haberes;
Que en virtud a todo lo expresado y atento al Dictamen Nº 455/2023 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia, es procedente el dictado del instrumento legal correspondiente;
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 5639, Nº 6818 y Nº8128, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario del Suboficial Mayor del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Lizardo Sánchez, D.N.I. Nº 22.526.414, Clase 1971, Legajo Personal Nº 1459, Dirección Industrial -Escalafón Penitenciario-, atento a los fundamentos expresados en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro del agente, deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j, del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Domínguez - López Morillo
Fechas de publicación: 19/04/2023
OP N: SA100045078
SALTA, 13 de Abril de 2023
DECRETO Nº 253
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 0140044-104812/2022-0
VISTO la solicitud de Retiro Voluntario presentada por el Suboficial Mayor de la Policía de la Provincia de Salta, Ariel Ramón Barboza; y, CONSIDERANDO:
Que de conformidad a las constancias de autos, se encuentran acreditados los
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