Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/09/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.064
Salta, jueves 2 de septiembre de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siguiendo las recomendaciones que imparta el MINISTERIO DE
SALUD;
Que, la temática abordada como línea de acción en los tiempos que estamos viviendo, constriñe a la aplicación de las nuevas tecnologías con implementación de firmas digitales y herramientas informáticas, para agilizar procedimientos administrativos y reducir tiempos que afectan a los administrados;
Que, siguiendo esta línea de acción, el Gobierno de la Provincia de Salta, entiende necesario avanzar hacia la tramitación y emisión por medios electrónicos de las certificaciones de los hechos vitales de las personas humanas y en las circunstancias enumeradas en la Ley Nº 26.413, aumentando sus parámetros de seguridad, inviolabilidad y fidelidad, dentro de la Provincia;
Que, en ese sentido seria conveniente implementar gradualmente y de acuerdo a los recursos técnicos con los que cuente cada Área Operativa Provincial, el uso de los Certificados Digitales de Hechos Vitales, como documentos electrónicos destinados a certificar los hechos vitales de las personas, firmados digitalmente por los profesionales médicos intervinientes, resguardando la seguridad e inviolabilidad de los datos, conforme a los parámetros establecidos por los organismos con competencia en la materia en consonancia con la normativa vigente;
Por ello, EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBIERNO, DERECHOS
HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- ADHIÉRASE al Sistema de Generación de Certificados de Hechos Vitales Digital implementado por Resolución Nº 06 de fecha 03 de septiembre del año 2020, del Registro Nacional de las Personas, Ministerio de Salud Pública Nacional y Administración de la Seguridad Social, en un todo de acuerdo a lo expuesto en dos considerandos de la presente, instrumentando las medidas pertinentes a efectos de que la emisión de los Certificados Digitales de Hechos Vitales se realice e informe a través de medios electrónicos, firmados digitalmente por los profesionales médicos intervinientes, resguardando la seguridad e inviolabilidad de los datos, conforme a los parámetros establecidos por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta.
ARTÍCULO 2º.- DISPONER, a través de ambos Ministerios, la proporción automática y en tiempo real de la información generada por el procedimiento mencionado en el artículo 1º de la presente, a los efectos de ser utilizados en el ámbito de la competencia de cada ministerio.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar y Archivar.
Esteban - Villada Fechas de publicación: 02/09/2021
OP N: SA100039065

RESOLUCIONES MINISTERIALES

Pág. N 29

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/09/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data02/09/2021

Conteggio pagine72

Numero di edizioni2037

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione02/08/2024

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