Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 24/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.611 - Salta, jueves 24 de octubre de 2019

Ley n 7.678;
Que el artículo 15 del Decreto n 3.896/2.012, establece: "Régimen de sanciones disciplinarias d "Será causal de cesantía sin sumario previo la acumulación de once 11
ausencias injustificadas continuas o diez 10 discontinuas, en total, en el año calendario. La sanción regirá en el primer caso, desde el día en que se configuró la primera inasistencia y, en el segundo caso, desde el día siguiente a la última
Que corresponde decir que el debido proceso, en su concepción amplia, consiste en cumplir con las exigencias procedimentales que tenga establecidas el ordenamiento provincial vigente CSJN Fallos 310:2485;
Que debe señalarse que de las constancias que obran en el expediente surge que la Agente Olivera contó con la posibilidad de ejercer su derecho de defensa, según se corrobora a fojas 35, en donde ella misma reconoce la falta que se le imputa, fundando sus inasistencias en cuestiones de salud y en su situación personal;
Que el procedimiento realizado en autos se llevó a cabo con estricto cumplimiento de las garantías constitucionales del derecho de defensa y el debido proceso, motivo por el cual, no se observan en él vicios que lo invaliden;
Que habiendo quedado fehacientemente comprobado que la agente Olivera acumuló más de diez 10 inasistencias injustificadas discontinuas en el año 2016, la aplicación de la sanción de cesantía, aconsejada por el Programa Asuntos Legales del Ministerio de Salud Pública, resulta ajustada a derecho; debiendo ser impuesta a partir del día siguiente a la última inasistencia injustificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto n 3896/2012;
Que el Asesor Legal de Fiscalía de Estado y el Programa Asuntos Legales del Ministerio del rubro, tomaron la intervención previa que les corresponde;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Con vigencia al 16 de junio de 2016, aplíquese la sanción de cesantía de la señora Silvia Lorena Olivera, D.N.I. nº 22.468.432, agrupamiento: enfermería, subgrupo: 3, enfermera profesional del Hospital Señor del Milagro, con régimen horario de treinta 30
horas semanales, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 inciso d de la Ley n 7.678, por haber incurrido en la causa prevista en el artículo 15 inciso d del Decreto reglamentario nº 3896/12.
ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Mascarello - Simón Padrós Fechas de publicación: 24/10/2019
OP N: SA100033269

SALTA, 21 de Octubre de 2019
DECRETO Nº 1540
MINISTERIO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
EXPEDIENTE Nº 155- 136863/19
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la aprobación del Convenio de Colaboración suscripto por la Secretaría de Deportes, dependiente del Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 24/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data24/10/2019

Conteggio pagine112

Numero di edizioni2040

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione07/08/2024

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