Boletín Oficial de la República Argentina del 15/11/2016 - Tercera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Tercera Sección

Martes 15 de noviembre de 2016
En relación a la oferta de CODAM SA se declara no admisible en términos técnicos por lo exigua e incompleta de la documentación presentada Ver Informe Técnico. En consecuencia esta oferta queda descalificada.
Respecto de a la oferta de la UTE ESCARABAJAL INGENIERÍA SRL / BAHIA BLANCA
VIVIENDAS SRL, la propuesta técnica es admisible con los condicionantes que formula el Informe Técnico.
En relación a la Etapa 1, Capacidad Económica debemos remitirnos al punto 4.2 PROPUESTA
ADMISIBLE del Pliego de Bases y Condiciones Generales, ya que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares no establece los parámetros para el cálculo de las condiciones mínimas admisibles. A tal efecto, la oferta de la UTE ESCARABAJAL
INGENIERÍA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL cumple con la Capacidad Empresaria inciso a del art. 4.2 y la Capacidad de Contratación inciso c del art. 4.2 mínima exigida para los 3 grupos ofertados.
Con relación a la Capacidad de Producción, y siguiendo la conclusión arribada por el Dictámen nro IF-2016-02603446-APN-DGAJME
de fecha 26 octubre de 2016 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos la oferta cumple con el requisito mínimo exigido en el inciso b, ya que presenta la calificación de BUENO, en el Certificado del Registro de Constructores de Obra Pública presentado, sin perjuicio de ello y conforme surge de del CUADRO ETAPA 1
CAPACIDAD ECONOMICA se ha efectuado la evaluación establecida en el primer párrafo de dicho inciso, conforme la fórmula expresa en el mismo.
Por último, y con relación a la capacidad económico-financiera inciso d del art. 4.2 cumple con el mínimo exigido de 3 de los 5 requisitos financieros 4.2.d.1 a 4.2.d.5. Estos son: Liquidez, Rentabilidad y Capacidad de Trabajo. En relación a la Capacidad de Trabajo, este requisito sólo se cumple individualmente para cada grupo, por lo cual únicamente podría adjudicataria de uno de los grupos ofertados.
GRUPO 2
- UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL /
BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL - RIVAS.A.
Respecto de la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL, resulta técnica y económicamente admisible conforme a lo informado en cuanto a la misma en el Grupo 1.
En cuanto a la oferta de RIVA S.A., se verifica que su propuesta técnica es admisible con los condicionantes que formula el Informe Técnico.
En relación a la Etapa 1, Capacidad Económica, el oferente cumple con la Capacidad Empresaria, la Capacidad de Producción y la Capacidad de Contratación mínima exigida. En cuanto a los requisitos financieros 4.2.d.1 a 4.2.d.5 cumple con el mínimo exigido de 3 de los 5 requisitos:
Liquidez, Rentabilidad y Capacidad de Trabajo.

Tercera Sección GRUPO 3
- UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL /
BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL - RIVAS.A.
Respecto de la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL, resulta técnica y económicamente admisible conforme a lo informado en cuanto a la misma en el Grupo 1.
En cuanto a la oferta de RIVAS.A. resulta técnicamente admisible conforme a lo informado en cuanto a la misma en el Grupo 2.
Dado que hay una única oferta admisible para el Grupo 1, correspondiente a BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L, /ESCARABAJAL INGENIERÍA
S.R.L, no corresponde el cálculo de los puntajes técnicos y económicos para dicho grupo.
No obstante se deja constancia que los valores de Transmitancia Térmica 0,545 y Aislamiento Acústico 57db correspondientes a esta oferta están dentro de los rangos aceptados, tal cual lo establecen los documentos de licitación.
Para los Grupos 2 y 3 hay 2 ofertas que cumplen con los requisitos exigidos en la ETAPA I: BAHÍA
BLANCA VIVIENDAS S.R.L, /ESCARABAJAL
INGENIERÍA S.R.L y RIVA SA procediéndose en consecuencia al cálculo de los puntajes técnicos y económicos ETAPA 2 para establecer el orden de mérito. Los puntajes obtenidos son los siguientes:
GRUPO 2
1 - ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA
BLANCA VIVIENDAS SRL: 12,64 puntos 2 - RIVA SA: 8,57 puntos GRUPO 3
1 - ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA
BLANCA VIVIENDAS SRL: 13,8 puntos 2- RIVA SA: 8,84 puntos En función de lo expuesto se establece el siguiente orden de mérito, señalándose entre paréntesis el desvío sobre el presupuesto oficial actualizado a la fecha de apertura:
GRUPO 1
1 - ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA
BLANCA VIVIENDAS SRL -3,29%
GRUPO 2
1 - ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA
BLANCA VIVIENDAS SRL -10,19%
2 - RIVA SA 36,06%
GRUPO 3
1 - ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA
BLANCA VIVIENDAS SRL -11,95%
2- RIVA SA 36,58%
En función del orden de mérito establecido, y atendiendo las restricciones mencionadas en relación a la capacidad de trabajo, a la UTE
ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA
BLANCA I VIVIENDAS SRL le corresponde la adjudicación de sólo uno de los tres grupos.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.504

Asimismo por medio de Nota de la Dirección de Infraestructura de fecha 11 de noviembre del corriente se establece el siguiente orden de prioridad de adjudicación de grupos:
1. GRUPO N2
2. GRUPO N3
3. GRUPO N1
En conclusión: Atento al desarrollo elaborado precedentemente ésta Comisión recomienda ADJUDICAR el Grupo N 2 a la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA
VIVIENDAS SRL y declarar FRACASADOS los Grupos N1 Y N3.
El Grupo N1 resulta fracasado por no contar la mencionada UTE con Capacidad de Trabajo suficiente para más de un grupo, y atenta la sugerencia efectuada por la Dirección de Infraestructura de adjudicar prioritariamente el Grupo N2 .
El Grupo N3 resulta fracasado por no contar el oferente primero en orden de mérito con Capacidad de Trabajo suficiente para más de un grupo, y atenta la sugerencia efectuada por la Dirección de Infraestructura de adjudicar prioritariamente el Grupo N2. Por otra parte oferta de RIVA SA, segunda en orden de mérito, es económicamente inconveniente por presentar un desvío sobre el presupuesto oficial actualizado del orden del 36% para este grupo.
Dicho Dictamen en su conclusión expresa si los oferentes acreditan la presentación del Certificado del Registro de Constructores de Obra pública con la calificación mínima de BUENO se encontraría cumplido el requisito mínimo requerido en el inciso b del Punto 4.2 del Pliego de Bases y condiciones Generales sin perjuicio de que la Comisión evaluadora deberá analizar y evaluar el párrafo primero y la fórmula expresada a continuación de dicho inciso, condiciones estas últimas que reitero, que NO resultan en caso de no cumplimiento por parte de algún oferente, una condición que permita descartar una oferta en el marco de la Licitación Pública en cuestión, por cuanto una interpretación en contrario importaría lisa y llanamente la desinterpretación de la finalidad de los Pliegos llevando en consecuencia a su lisa y llana violación o desconocimiento sustancial e. 15/11/2016 N86873/16 v. 15/11/2016

GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA
UNIDAD TÉCNICA ADMINISTRATIVA
CONTABLE DELAESCUELA
DEGENDARMERÍA NACIONAL GRL.
D. MARTÍN MIGUEL DEGEMES
LICITACIÓN PÚBLICA N07/2016
Expediente NBB 6-6022/06
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE LIMPIEZA.

15

Clase: De Etapa Única Nacional Modalidad: Sin Modalidad AMPLIACIÓN DICTAMEN DE
EVALUACIÓN Nro: 02120/2016
La Comisión Evaluadora recomienda Adjudicar a las firmas:
MAXXILIMP S.R.L. - CUIT: 30-71246362-3
Oferente N01: el renglón N12, ponderándolo al Orden de Mérito 1 para el citado renglón, ascendiendo la suma del mismo, por un total de PESOS OCHO MIL CUATRO CON 00/100
$8.004,00.
FEPROL S.R.L. - CUIT: 30-70841220-8 Oferente N06: los renglones N05, 06, 08, 09, 11, 13, 16, 18 y 19, ponderándolos al Orden de Mérito 1 para los citados renglones, ascendiendo la suma de los mismos, por un total de PESOS
CIENTO OCHENTA Y UN MIL CIENTO VEINTE
CON 00/100 $181.120,00.
ARABITO ESTER OFELIA - CUIT: 2010492087-5 Oferente N 07: en los renglones N01, 02, 03, 04, 07, 10 y 15 ponderándolos al Orden de Mérito 1 para los citados renglones, ascendiendo la suma del mismo, por un total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE
MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100
$289.550,00.
RAIMUNDO JORGE HERNANDEZ - CUIT: 2004297722-6 Oferente N 11: en los renglones N 14 y 20 ponderándolos al Orden de Mérito 1 para los citados renglones, ascendiendo la suma del mismo, por un total de PESOS VEINTE
MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100
$20.850,00.
DOS SANTOS ALICIA NOEMI - CUIT: 2710361280-8 Oferente N 13: en el renglón N13 ponderándolo al Orden de Mérito 1 para el citado renglón, ascendiendo la suma del mismo, por un total de PESOS TRECE MIL
DOSCIENTOS CON 00/100 $13.200,00.
Precio total recomendado para la adjudicación:
PESOS QUINIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS
VEINTICUATRO CON 00/100 $512.724,00.
OFERTAS DESESTIMADAS:
Oferente N03 - PRIETO RODOLFO - CUIT: 2004208893-6. En razón de presentar garantía de ofertas en forma indebida PAGARE con fecha de vencimiento.
Oferente N 04 - DE ALMEIDA M. B., DE ALMEIDA N. M. Y DE ALMEIDA J. A. - CUIT
30-71515873-2. Conforme lo estipulado en el artículo 85 inciso b del Decreto N893/2012.
Oferente N 05 - BOBER ABEL HUGO - CUIT:
20-07657303-5. En razón de presentarse garantía de ofertas en forma indebida PAGARE
con fecha de vencimiento.
Oferente N12 - ASSANDRI SERGIO RUBEN CUIT: 20-22517660-5 En razón de presentarse garantía de ofertas en forma indebida PAGARE
con fecha de vencimiento.
RENGLONES FRACASADOS: Ninguno RENGLONES DESIERTOS: Ninguno. e. 15/11/2016 N86386/16 v. 15/11/2016

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/11/2016 - Tercera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Tercera Sección

PaeseArgentina

Data15/11/2016

Conteggio pagine16

Numero di edizioni9308

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione02/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 2016>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930