Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/2024 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.455 - Segunda Sección
91

Viernes 5 de julio de 2024

La funcionaria presentará el informe que prevé el art. 35 LCQ el 14.10.2024 y el que dispone el art. 39 LCQ el 26.11.2024. El pago correspondiente al arancel verificatorio deberá efectivizarse en la cuenta de la síndico CUIT
27-20618935-0 en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal: Consejo Profesional Código 0058, Nro.
Cuenta: 7905/9, Tipo Cuenta: Caja de Ahorros en Pesos, C.B.U.: 0290058210000000790593. El comprobante de la transferencia o depósito deberá ser acompañado con la documentación a aportar con la insinuación del crédito.
El presente edicto deberá publicarse en el Boletín Oficial sin previo pago Art. 273 inc. 8º de la Ley 24.522. Buenos Aires, 1 de julio de 2024. Fernando Martín Pennacca Juez - Magdalena M. Taboada Secretaria interina e. 03/07/2024 N 42240/24 v. 10/07/2024

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 32
El Juzgado Nacional de 1a. Instancia en lo Comercial N 16 sito en Avenida Callao 635, PB, de la Capital Federal, a cargo del Dr. Diego Manuel Paz Saravia, Juez, Secretaria Nº 32, a mi cargo, en los autos caratulados: NICOLARI
PABLO ALBERTO S/QUIEBRA Expte. N 22807/2023, hace saber que con fecha 25 de junio de 2024 se decretó la quiebra de NICOLARI PABLO ALBERTO CUIT 20-10460537-1 y que los acreedores podrán verificar sus créditos hasta el día 06/09/2024 por ante el síndico GUSTAVO DANIEL LOPÉZ, de modo electrónico al correo:
SINDICATURALOPEZ@GMAIL.COM y conforme metodología que surge del decreto de quiebra, siendo que el arancel del art. 32 de la ley 24.522, de corresponder, deberá ser transferido a la Caja de ahorro Nro. 1000336450, CBU 3108100900010003364500, Banco del Sol, de titularidad del síndico CUIT 23-21052688-9. El síndico deberá presentar los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley citada, los días 25/10/2024 y 13/12/2024, respectivamente. Se ha dispuesto la prohibición de hacer pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, intimándose a la fallida y terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del síndico dentro del quinto día. Se intima a la fallida para que entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, en los términos del art. 86, segundo párrafo, y art. 106 de la LCQ.
Para ser publicado en el Boletín oficial por el término de cinco días, sin pago previo. DIEGO MANUEL PAZ SARAVIA
Juez - PEDRO M. CRESPO SECRETARIO
e. 03/07/2024 N 42220/24 v. 10/07/2024

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 37
El Juzgado Nacional en lo Comercial nº 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría Nº 37 a cargo de la Dra. María Carolina Lorenzo Duran, comunica por el plazo de cinco días en los autos caratulados: GRAFICA
SAN JORGE Y ASOCIADOS S.A. S/ QUIEBRA Expte N 24793/2019 que con fecha 5/06/24, se ha decretado la quiebra de la sociedad GRAFICA SAN JORGE Y ASOCIADOS S.A. CUIT 30-70748849-9, con domicilio en la calle Teniente Coronel Gregorio Pomar 3556, CABA; designándose síndico al contador ANIBAL TROISI, con domicilio en la calle CERRITO 146 PISO 6 TEL. 51998181/113099-1870, email sindicaturatroisi@gmail.com, a quien los acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en formato en papel hasta el día 27/08/24 en el horario de 10 a 18 horas. Se informa que la cuenta para abonar el arancel del art. 32 es cuenta bancaria nro. 40228737 243-9 del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., CUIT 20-28077423-6, CBU 0070243230004022873791. Los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la LCQ; deberán ser presentados por la sindicatura los días 9/10/24 y 19 /11/24, respectivamente. Se intima a la fallida y a terceros que tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 24 hs. cumpla con los recaudos pertinentes que exige el art. 86 de la LCQ; y constituya dentro de las 48 hs. domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Dado, firmado y sellado, en mi público despacho, en Buenos Aires, 3 de julio de 2024. GERARDO DAMIAN SANTICCHIA Juez - MARIA CAROLINA LORENZO DURAN
SECRETARIA
e. 04/07/2024 N 42774/24 v. 11/07/2024

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/2024 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data05/07/2024

Conteggio pagine100

Numero di edizioni9407

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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