Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/2024 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.443 - Segunda Sección
104

Viernes 14 de junio de 2024

Procesal y 162 del Reglamento del Fuero, hágase saber que se aceptarán ofertas bajo sobre hasta las 10:00 hs. del día anterior a la subasta las que deberán cumplir con los recaudos señalados por la última norma, los que serán abiertos por el Sr. Secretario con presencia del Martillero y los interesados a las 12:30 hs. del mismo día anterior.
Se hace saber que los oferentes deberán consignar la carátula del expediente en la parte exterior del sobre; y que las ofertas deben ser presentadas por duplicado, indicando en él nombre del oferente, constituir domicilio en la jurisdicción del Juzgado y acompañar el importe correspondiente a la seña correspondiente al 30% del valor ofrecido, más el destinado a comisión del martillero y sellado discriminándolo lo que se cumplirá mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos AiresSuc. Tribunales-, o mediante cheque librado contra un banco de esta plaza a la orden del Tribunal con cláusula NO A LA ORDEN, o cheque certificado librado sobre un banco de esta plaza. Asimismo, se informa que para la presentación de la oferta no se requiere patrocinio letrado. Se hace saber que solo se aceptaran mejoras equivalentes al 10% de la base de subasta, y así sucesivamente. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del CPR.; se le fija al comprador diez días para tomar posesión del inmueble, término que se contará desde la fecha de la providencia que lo declara adquirente definitivo. A partir del vencimiento de ese plazo, o de la fecha de toma de posesión si esta fuere anterior, estarán a cargo del adquirente las deudas en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, mas no responderá por las que se hayan devengado con anterioridad a ese momento. Se encuentran a cargo del adquirente las sumas que correspondan pagarse por impuesto a la transferencia y sellado. El comprador en subasta deberá integrar el saldo de precio aún si se hubiera planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. Mas en el caso de que no lo hiciere, y fueran rechazadas las objeciones, deberá adicionar al remanente del precio desde el quinto día de realizada la subasta y hasta el efectivo pago, los intereses que fija el Banco de la Nación Argentina -tasa activapara sus operaciones de descuento a treinta días, capitalizables. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de los autos de la presente resolución, y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Para el caso de que el adquirente eventualmente plantease la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas del planteo, el cual será rechazado in limine, ante la sola comprobación de la falta de tal recaudo. Se hace saber que el IVA no integra el precio obtenido en la subasta. Las deudas que registre el inmueble en concepto de impuestos, tasas y contribuciones de fecha anterior al decreto de quiebra deberán ser reclamadas por la vía correspondiente. En cuanto a las posteriores a tal fecha y hasta que el comprador haya podido razonablemente tomar posesión del bien, deberán comparecer en el presente proceso acompañando la documentación pertinente que acredite su acreencia, previa comprobación de sus importes por parte del síndico y serán satisfechos a tenor de lo dispuesto por el art. 240 L.C.Q. Con respecto a los posteriores a la toma de posesión, será a cargo del comprador. No se acepta la compra en comisión, la cesión del boleto, debiendo el martillero suscribir el instrumento correspondiente con quien realmente formule la oferta como comprador. Los gastos de escrituración en caso de designar escribano son por cuenta y orden del adquirente. Para concurrir a los remates el público previamente deberá inscribirse a través de la web del Alto Tribunal www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de Subastas -Tramites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 Pb, CABA, con el formulario que indica el sitio aludido. También a los fines de la inscripción, podrán comunicarse con la martillera al 15-4-171-5967. Para mayor información los interesados podrán compulsar el expediente digital y/o compulsar el mismo en los estrados del Juzgado. Exhibición: 28 de junio y 1 de julio de 14 a 16 hs. Para ser publicado por cinco días en el Boletín Oficial, sin previo pago de aranceles, tasas y otros gastos art. 273 inc. 8 LCQ. FDO. GUSTAVO DANIEL FERNÁNDEZ. SECRETARIO. Buenos Aires, 6 de junio de 2024. VIVIAN FERNANDEZ GARELLO Juez - GUSTAVO DANIEL FERNANDEZ SECRETARIO

e. 10/06/2024 N36574/24 v. 14/06/2024

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 2

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N1, Secretaría N2, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, Piso 5, de Capital Federal, comunica por cinco días en los autos: J. M. Seoane Construcciones, Instalaciones SRL. S/Quiebra S/Incidente de venta Nº6, Expediente Nº 12.057/2012, que el martillero Ernesto Ballvé Sardá, CUIT 200741975-3, rematará el día 26 de junio de 2024, a las 12, Hs.en punto en la Oficina de Subastas Judiciales, sito en la calle Jean Jaures 545, CABA, el 50% del inmueble sito en la calle Pasaje Coronda 3787, de la localidad de Avellaneda, Pcia, de Buenos Aires. Designado como lote 22, Manzana G. Nomenclatura catastral: Circ 2; Sec R; Manz 13, Parc. 8; Partida inmobiliaria 004-58795. Matrícula 004 36.130 Superficie 119,85 Mts. 2, según título a Fs. 515/524 de los autos principales de la quiebra; así como también los derechos posesorios sobre el otro 50%
del inmueble conforme cesión por escritura N 248 de fecha 24/12/2010. Condiciones de venta: al contado en efectivo y al mejor postor. Base $12.000.000, seña 30%, comisión 3%, de corresponder según la situación fiscal del rematador el IVA sobre la comisión será a cargo del comprador al margen del precio de venta arancel 0,25%.
Todo en el acto del remate. No se admitirá compras en comisión ni sesión de boleto de compra-venta. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación a la subasta decretada. Los impuestos, tasas y contribuciones devengados

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/2024 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data18/06/2024

Conteggio pagine107

Numero di edizioni9416

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione08/08/2024

Scarica questa edizione