Boletín Oficial de la República Argentina del 02/06/2024 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.433 - Segunda Sección
6

Viernes 31 de mayo de 2024

de telefonía habilitadas por las autoridades competentes. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. En aquellos casos en que las leyes o reglamentaciones vigentes exijan título universitario o equivalente para el desempeño de las actividades enunciadas, los servicios serán prestados por profesionales idóneos con título habilitante. Asimismo, la sociedad podrá avalar y/o afianzar obligaciones de terceros. La sociedad no realizará las actividades comprendidas en la ley 21.526. Autorizado según instrumento público Esc. Nº326 de fecha 27/05/2024 Reg. Nº1967 María Beatriz Hayes - Matrícula: 4540 C.E.C.B.A.
e. 31/05/2024 N34070/24 v. 31/05/2024

LES CINQ CAPITALS.A.

Comunica su constitución por escritura pública Nº428 del 30/05/2024, ante el escribano Agustin l. Maschwitz, Registro Notarial N359 de la Capital Federal. Denominación: Les Cinq CapitalS.A. Accionistas: Néstor Fernando DI BIASI, argentino, nacido el 29/04/1972, DNI N 22.622.789, y CUIT N 20-22622789-0, Contador Público, casado, domiciliado en la Calle 509 N2244, Manuel B. Gonnet, La Plata, Buenos Aires; y Sergio Alberto GANUZA, argentino, nacido el 5/12/1963, DNI N 16.799.896 y CUIT N 20-16799896-9, Empresario, casado, domiciliado en la Av. del golf Número 1785, Barrio El Golf, Casa 235, Nordelta, Tigre, Buenos Aires. Sede: calle San Martin N683 piso 6 departamento G, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo de duración: 99 años desde la fecha de su inscripción en el Registro Público. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar dentro de la República Argentina o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a actuar en el ámbito del mercado de capitales bajo cualquiera de las categorías de agente creadas o que en el futuro se creen, y que fueran compatibles entre sí, de conformidad con lo dispuesto por la Ley número 26.831 de Mercado de Capitales, el Decreto número 1023/13 y la Resolución General de la Comisión Nacional de Valores número 622/13 según dichas normas fueran modificadas y/o complementadas, incluyendo, sin limitación, actuar como Agente de Liquidación y Compensación tanto integral como propio y/o Agente de Negociación y/o Agente de Colocación y Distribución de Productos de Inversión Colectiva y/o Agente de Administración o Custodia de Productos de Inversión Colectiva y/o Fiduciario tanto financiero como no financiero, para lo cual podrá desempeñar, siempre de conformidad con la normativa aplicable, las siguientes actividades: a Comerciales: realizar, en cualquier mercado de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores, cualquier clase de operaciones sobre valores negociables públicos o privados, permitidas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a las categorías de agentes mencionadas anteriormente; podrá operar en los mercados en los cuales se celebren contratos al contado o a término, de futuros y opciones sobre valores negociables; la prefinanciación y distribución primaria de valores negociables en cualquiera de sus modalidades, y en general, intervenir en aquellas transacciones del mercado de capitales que pueda llevar a cabo en la categoría de agente que sea aplicable, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor en la República Argentina. b Mandatarias: Administrar por cuenta de terceros negocios financieros, y en especial, los relacionados con títulos de crédito, valores negociables públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como agente de suscripciones o servicios de renta y amortización; administración de carteras de valores negociables, y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la materia, las normas de la Comisión Nacional de Valores y los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores del país. c Fiduciarias: Actuar como fiduciario financiero y fiduciario no financiero, de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo 30 y 31 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Resolución General de la Comisión Nacional de Valores número 622/13 según las mismas fueran modificadas y complementadas, las Normas de la CNV, según corresponda, en toda clase de fideicomisos, incluyendo a modo enunciativo y sin que implique limitación de naturaleza alguna, a cualquier tipo de fideicomisos públicos y privados, fideicomisos financieros con o sin oferta pública, fideicomisos no financieros, fideicomisos ordinarios públicos, fideicomisos de garantía, fideicomisos de administración, fideicomisos de inversión, depositario de garantía escrows agreements y/o todo otro tipo de fideicomisos o servicios fiduciarios, de custodia de valores y bienes de terceros en general, mandatos y representaciones y/o cualesquiera otra forma creada o a crearse dentro del marco del Capítulo 30
y 31 del Código Civil y Comercial de la Nación y las Normas de la CNV y demás normas complementarias. A
tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes, reglamentos o por este estatuto. d Financieras: Realizar operaciones que tengan por objeto títulos de crédito o valores negociables públicos o privados, asesoramiento financiero, otorgamiento de préstamos y/o realización de aportes e inversiones de capitales a particulares o sociedades, incluyendo, otorgar garantías a favor de terceros, y toda operación financiera permitida por la ley vigente. No podrá realizar las actividades reguladas por la ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público. A
tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todos los actos que no sean prohibidos por las leyes, o reglamentos, o por este estatuto. Capital social: $30.000.000,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/06/2024 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data02/06/2024

Conteggio pagine99

Numero di edizioni9394

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

Scarica questa edizione