Boletín Oficial de la República Argentina del 04/10/2023 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.271 - Segunda Sección
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Miércoles 4 de octubre de 2023

liquidadora que podrá designar la asamblea. Sede Social: Cerrito 1070, 3 piso, oficina 71, CABA. Presidente Diego GREGORINI. Director Suplente Diego Hugo PIRON.- Ambos aceptaron el cargo y constituyeron domicilio especial en la sede social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº186 de fecha 28/09/2023 Reg. Nº988
María Cecilia Alegre - Matrícula: 5134 C.E.C.B.A.
e. 04/10/2023 N80029/23 v. 04/10/2023

FUTUROS YOPCIONES.COMS.A.

CUIT 30-70360510-5 - IGJ el 31/08/2001, Nº10855, Lº 15, T.- de Sociedades por Acciones, hace saber que por Asamblea General Ordinaria, Extraordinaria y Unánime del 29.09.2023 se resolvio por unanimidad la reforma del artículo décimo primero del estatuto social, de acuerdo al siguiente texto: ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de una Comisión Fiscalizadora compuesta por tres síndicos titulares e igual número de suplentes, elegidos por la asamblea general ordinaria. CRESUD elegirá dos miembros titulares y dos suplentes, y los restantes accionistas elegirán un síndico titular y un síndico suplente, quienes podrán designarlos en forma rotativa y alternada. En su primera reunión posterior a la asamblea general ordinaria la Comisión Fiscalizadora elegirá entre sus miembros al presidente del órgano. El cargo de los síndicos durará un 1 ejercicio económico. La Comisión Fiscalizadora se reunirá con la periodicidad que exija el cumplimiento de sus funciones y de las normas aplicables. La Comisión Fiscalizadora funcionará con la mayoría absoluta de sus miembros presentes, o comunicados entre sí por otros medios de transmisión de sonido, imágenes y palabras actuales o a crearse en el porvenir y de acuerdo con la normativa vigente, y resolverá por mayoría de votos presentes o comunicados a distancia. La Comisión Fiscalizadora dejará constancia de sus decisiones en un libro de actas en formato físico o digital, en cualquiera de los casos, cumpliendo con las formalidades establecidas por la normativa aplicable vigente. Si se celebrasen reuniones con miembros comunicados a distancia a través de medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, se consignarán en el Acta, los nombres completos de los participantes, el sentido de su voto, los datos de ingreso a la reunión y se dejará constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas. Las actas deberán ser confeccionadas y firmadas dentro de los cinco 5 días hábiles de celebrada la reunión. En todos los casos el acta que se labre deberá reflejar el tipo de participación de aquellos miembros que lo hagan a distancia, indicándose las características de la forma de comunicación. En caso de fallecimiento, incapacidad, inhabilidad, renuncia, remoción, o ausencia temporal o definitiva de los miembros titulares, los suplentes los reemplazarán en el orden de su designación. Los síndicos tienen las facultades y deberes que les asigna la ley General de Sociedades. La remuneración de los síndicos será fijada por la asamblea general ordinaria de conformidad con la legislación vigente. Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA de fecha 29/09/2023
Lucila Huidobro - T: 67 F: 930 C.P.A.C.F.
e. 04/10/2023 N79735/23 v. 04/10/2023

GAG DESARROLLOSS.A.

Constitución: Esc. 260 del 2/10/23 Registro 19 CABA. Socios: Ariel Guillermo Goldszer, argentino, nacido el 28/10/71, DNI 22.470.583, CUIT 20-22470583-3, casado, con domicilio en Ramsay 1945 piso 14 Bahia, CABA, empresario; y Gabriela Ruth Goldszer, argentina, nacida el 4/2/70, DNI 21.475.987, CUIT 27-21475987-5, divorciada, con domicilio en Sucre 755 piso 4 CABA, empresaria. Duración: 30 años. Objeto: desarrollar las siguientes actividades por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros dentro de la República Argentina y/o en el extranjero: i Fiduciario:
La Sociedad podrá ejercer la actividad de Fiduciante, Fiduciario, Beneficiario o Fideicomisario según las previsiones del Código Civil y Comercial de la Nación, legislación modificatoria y demás disposiciones normativas relativas a la actividad fiduciaria. A tal efecto podrá realizar negocios fiduciarios típicos, atípicos, innominados y puros, de los más diversos objetos, así como ejercer toda clase de mandatos, representaciones y administraciones en general con la mayor amplitud, pudiendo adquirir, enajenar, ceder y/o transferir la propiedad fiduciaria de cualquier tipo de bienes muebles e inmuebles, así como de créditos y/o derechos incluyendo, sin limitación, créditos hipotecarios. Podrá participar de Fideicomisos Financieros y actuar como Fiduciario Financiero, con las más amplias facultades otorgadas por la ley y los contratos correspondientes, debiendo tramitar las autorizaciones y registros ante las autoridades competentes, cuando ello fuere necesario. ii Inmobiliario: Asimismo, la Sociedad podrá llevar a cabo toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo compraventa, permuta, cesión, alquiler, arrendamiento de propiedades inmueble, ya sea urbanos o rurales, inclusive las comprendidas bajo el régimen de Propiedad Horizontal. Podrá dedicarse al desarrollo de proyectos inmobiliarios y hoteleros, a la administración y gerenciamiento de propiedades inmuebles, desarrollos inmobiliarios y/u hoteleros, incluyendo clubes de campo y barrios cerrados, propios o de terceros; así como conceder créditos para la financiación de la compraventa de bienes pagaderos a cuotas o a término, préstamos personales con garantía o sin ella; realizar operaciones de créditos hipotecarios, mediante recursos propios, otorgar préstamos a intereses, y financiaciones, y créditos

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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/10/2023 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data04/10/2023

Conteggio pagine97

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione10/07/2024

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