Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2023 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.231 - Segunda Sección
77

Viernes 11 de agosto de 2023

pago correspondiente, que deberá hacerse a la caja de ahorro vinculada al CBU N0170111740000002667425. De manera excepcional, los interesados que así lo soliciten podrán concordar día y hora para asistir presencialmente a dejar o presentar sus insinuaciones conforme lo establece el art. 32 de la ley 24.522 al domicilio constituido de la síndica sito en Valentín Gómez 3861 Piso 3º B, tel. 4867-0898. Se aclara que el proceso de información art.
33 de la ley 24.522 y el período de observación de créditos art. 34 de la ley 24.522 también se llevarán a cabo de manera remota. A todo evento, para una mayor claridad, deberán los interesados estarse, para los pormenores de la metodología fijada por el Juzgado, a los términos de la resolución del 30/05/23, la que puede visualizarse en la página de internet www.pjn.gov.ar Expte. NCom 1128/2023. Las impugnaciones y observaciones art. 34 de la ley 24.522 podrán efectuarse hasta el 26/10/23. La sindicatura presentará los informes previstos por los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 el 24/11/23 y 09/02/24, respectivamente. La audiencia informativa se celebrará 02/08/24 a las 11 hs. en la sala de audiencias del Juzgado. Buenos Aires, 01 de agosto de 2023. Jorge S. Sicoli Juez - Fernando Camozzi Secretario

e. 08/08/2023 N60309/23 v. 14/08/2023

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 16 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N16, a cargo del Dr. Javier H. Fernández, Secretaría Única a cargo del Dr. Rovatti Lucas, sito en la Av. De los Inmigrantes 1950, Entre Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los autos caratulados: MAZZA, BERTA CRISTINA c/ YACONO Y ESPOSITO, LAURA NORMA Y OTRO
s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA, EXPTE. N67510/2020, ha dispuesto publicar edictos por dos días en el Boletín Oficial y en el diario La Nación, emplazando a la demandada Laura Norma Yacono y Espósito CI 4.873.756, fecha de nacimiento 04/12/1944 y/o sus eventuales herederos, para que dentro del plazo de quince días comparezca/n a tomar la intervención que le/s corresponda en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial para que su representación en juicio arts. 145, 146 y ccdtes. del Código Procesal. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Lucas Rovatti. Secretario. JAVIER H FERNANDEZ Juez - LUCAS ROVATTI SECRETARIO

e. 10/08/2023 N61574/23 v. 11/08/2023

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 56 - SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO - El juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil 56, a cargo de la Dra. María Gabriela Vero, Secretaría única interinamente a mi cargo, sito en Lavalle 1212 piso 2do, CABA, en los autos VILA MORET, NESTOR JUAN
FRANCISCO c/ BISCALDI, MARIA CRISTINA S/ DIVORCIO Expte 92418/2019, dispuso notificar mediante edictos a MARIA CRISTINA BISCALDI de la sentencia de divorcio de fecha 4.7.2023 junto con la rectificatoria de fecha 13.7.2023. La sentencia de divorcio dice: Buenos Aires 4 de julio de 2023. Y VISTOS: Estos autos: VILA MORET, NESTOR JUAN FRANCISCO c/ BISCALDI, MARIA CRISTINA s/DIVORCIO, Nº92418/2019 para dictar sentencia;
de cuyas constancias; RESULTA, que: I Se presenta el Sr. VILA MORET NESTOR JUAN FRANCISCO solicitando se decrete su divorcio de la Sra.BISCALDI, MARIA CRISTINA y adjunta el convenio regulador de los efectos derivados de la disolución del vínculo. Expresa que de dicha unión no hubo hijos, ni bienes en común. Asimismo, expresa que las partes se encuentran separadas de hecho desde el mes de enero de 2017. La Sra. BISCALDI
MARIA CRISTINA, se encuentra notificada mediante la publicación de edictos agregados en autos con fecha 11/04/2023 y guarda silencio.II El vínculo que une a los cónyuges está acreditado con la partida de matrimonio acompañada, de la que surge que han contraído matrimonio en esta ciudad el día 23 de diciembre de 1987. III
En virtud de lo solicitado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 437 del Código Civil y Comercial de la Nación: 1º DECRETO el divorcio de los esposos VILA MORET, NESTOR JUAN FRANCISCO y BISCALDI, MARIA CRISTINA
y con los alcances previstos en los artículos 437 y 438 del Código Civil y Comercial de la Nación. 2º DECLARO
disuelto el régimen de comunidad de conformidad con lo dispuesto por el artículo 475 inciso c y 480 del Código citado. 3º Impongo las costas en el orden causado, atento al modo en que se ha desarrollado el proceso art.
68 segunda parte del Código Procesal Civil y Comercial. 4º Firme la presente, procédase a su inscripción5º Acreditada la inscripción de la sentencia, expídase testimonio y/o copia certificada para las partes. Cumplido, archívese el expediente. 6º Notifíquese a las partes.Fdo María Gabriela Vero. Jueza Civil Buenos Aires Buenos Aires 13 de julio de 2023. I En atención a los hechos relatados en el punto II del escrito inicial, toda vez que se ha incurrido en un error material en la sentencia de fs. 44/25, punto I en oportunidad de consignarse la época de separación de hecho de las partes, hágase saber que donde dice enero 2017 debe leerse enero 2007.Lo que así se RECTIFICA Fdo. María Gabriela Vero. Jueza Civil. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial. Otro dice:
Buenos Aires, 31 de julio de 2023 Atento lo solicitado, y dado la declaración jurada prestada a fs. 31 en los términos del art. 145 del C. Procesal, notifíquese la sentencia de divorcio dictada en autos con fecha 04/07/2023
y su rectificatoria de fecha 13/07/2023 a NESTOR JUAN FRANCISCO VILA mediante edicto. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial. Fdo: María Gabriela Vero. Jueza Otro dice: Buenos Aires, 02 de agosto de 2023
Siendo exacto lo expuesto rectifíquese la providencia de fecha 31/07/2023, en el sentido que donde dice: NESTOR

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2023 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data13/08/2023

Conteggio pagine81

Numero di edizioni9392

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

Scarica questa edizione