Boletín Oficial de la República Argentina del 21/04/2022 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.904 - Segunda Sección
69

Jueves 21 de abril de 2022

living mediante separación con pared de durlock, y un pequeño balcón. Los pisos son de cerámica en todos sus ambientes, el estado general de conservación es bueno, aunque con humedad en zona del baño. En constatación de fecha 27/11/20 se encontraba ocupado por la Sra. Carina Vanesa Alessi en su carácter de copropietaria y sus dos hijas. Condiciones de Venta: Al contado y mejor postor, todo en dinero efectivo en el acto. Base U$$22.216
dólares billete estadounidenses veintidós mil doscientos dieciséis. Seña 30%, comisión 3% más IVA, arancel 0,25% Acord. 10/99 y 24/00 CSJN y sellado de ley. Podrá abonarse por los montos equivalentes en moneda de curso legal utilizando la cotización del dólar bolsa o MEP vigente al día anterior a realizarse la subasta. El saldo de precio deberá ingresarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Sucursal Tribunales y a la orden del Tribunal dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate sin necesidad de notificación a los adquirentes ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de declararlos postores remisos art. 584 Cod. Proc.. En caso de adeudarse tasas, impuestos, contribuciones o expensas los que correspondan al período anterior a decreto falencial deberán ser objeto de petición verificatoria; los inherentes al período comprendido entre la declaración de quiebra y la fecha de entrega de posesión serán reconocidas como acreencias del concurso y serán solventadas con la preferencia que corresponda; y las devengadas con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo de los adquirentes. De acuerdo a lo dispuesto en autos Servicios Eficientes SA c/Yabra Roberto J. del 18/09/99, hacese saber que en caso de que las expensas comunes no pudieran satisfacerse con el producido de la subasta, no corresponderá excusar al adquirente de su pago. En caso que el fallido no revista el carácter de inscripto en el impuesto a las ganancias, deberá abonarse el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles ley 23905 con el precio que se obtenga en el remate. Dejase expresamente aclarado que no se autorizará la extracción de fondos, ni el libramiento de testimonio u otra pieza para la inscripción del inmueble hasta tanto no se haya abonado el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles Ley 23905 o el Tribunal decida que la venta no se encuentra alcanzada por esa gabela. No se admitirá la compra en comisión ni la cesión del boleto de compraventa. La posesión y eventual escritura traslativa de dominio o inscripción por testimonio se cumplirá dentro de los treinta días siguientes de acreditada la efectivización del saldo de precio. Hácese saber al adquirente que a los fines de la confección del testimonio deberá dar estricto cumplimiento con lo dispuesto por el art. 94 del decreto reglamentario 466/99
de la ley 17.801 respecto de los datos a incluirse en tal pieza. La escrituración sólo se cumplirá de ser requerida por el adquirente doctr. cod. proc. arts. 582 y 586 por el escribano que él mismo proponga, en tanto venta al contado. Dentro de los diez días corrientes de aprobada la subasta el martillero deberá entregar la posesión al adquirente. Para ello, deberá notificar fehacientey extrajudicialmente mediante carta documento, acta notarial o personalmente en el mismo acto del remate al adquirente el lugar, día y horario de la entrega de la posesión. Dejase aclarado que en caso de incomparecencia del adquirente regularmente citado quedará fictamente entregada la posesión en la fecha programada para la entrega. Deuda por expensas a julio 20219.002.fs. 316. Exhibición: 9 y 10
de mayo de 2022 de 10 a 12 hs. Para participar del remate los interesados deberán inscribirse previamente a través de la web www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de SubastasTrámites: turnos registro, y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 PB, CABA, con el formulario que indica el mencionado sitio. El presente edicto deberá publicarse sin previo pago según lo dispuesto por la LCQ. Buenos Aires, de abril de 2022.- PABLO
D. FRICK Juez - LEANDRO G. SCIOTTI SECRETARIO

e. 21/04/2022 N25848/22 v. 27/04/2022

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 17, a cargo del Dr. Federico Alberto Gerri, Secretaría Nro. 34, a mi cargo, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3ro. de la Ciudad de Buenos Aires, comunica por dos días en autos TRANSPORTES RODRIGUEZ COZAR Y CIA SOCIEDAD ANONIMA s/ quiebra - Incidente N 1 FALLIDO: TRANSPORTES RODRIGUEZ COZAR Y CIA SOCIEDAD ANONIMA s/ INCIDENTE
DE VENTA - expte. nro. 8159/2020/1, que los martilleros Ricardo Alfredo Agulleiro y Mariano Calaudi rematarán el viernes 6 de mayo de 2022, a las 11:45 hs., en la Dirección de Subastas Judiciales Jean Jaures 545, Capital, los siguientes bienes: 1 GRUA PH OMEGA DE 20TN MOD S20 DIESEL AÑO 1984 - DOMINIO BTX68. Base:
$2.592.000.- 2 AUTOELEVADOR YALE MOD FD70D 7 TN DIESEL AÑO 1988 SIN PATENTAR Desarmado. Base:
$258.570.- 3 AUTOELEVADOR YALE MOD FD70D 7 TN DIESEL AÑO 1988 - DOMINIO ALU51. Base: $774.000.- 4
AUTOELEVADOR YALE MOD FD70D 7 TN DIESEL AÑO 1988 - DOMINIO ALU52. Base: $914.000.- CONDICIONES
DE VENTA: AD-CORPUS, al contado y al mejor postor. BASES: con las bases indicadas en catálogo. El precio deberá ser abonado por el o los compradores en su totalidad en el acto del remate. COMISION: 10%. IVA s/ precio:
10,5%. ACORDADA 10/99: 0,25%. Todo en dinero efectivo en el acto del remate. La totalidad de los gastos que por cualquier tipo irrogue la toma de posesión, la transferencia del dominio, como así el retiro de objetos extraños que pudiera existir en el interior de los bienes, el acarreo de los mismos, correrán por cuentay riesgo del adquirente en subasta. En tanto se ordena publicitar debidamente la subasta, con todos los datos identificatorios de los bienesy el estado de los mismos, se hace saber que no se admitirán reclamos sobre su estado físico y/o jurídico.
Los bienes se enajenan libres de deudas, sólo serán a cargo del comprador las posteriores a la toma de posesión.
De corresponder el pago del I.V.A. por la compraventa, deberá ser solventado por el comprador debiendo los

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/04/2022 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data21/04/2022

Conteggio pagine107

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/08/2024

Scarica questa edizione