Boletín Oficial de la República Argentina del 03/12/2020 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.534 - Segunda Sección
69

Jueves 3 de diciembre de 2020

PARTIDOS POLÍTICOS
NUEVOS

PARTIDO UNIÓN PORLAREPÚBLICA

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N1 con competencia Electoral en el distrito Capital Federal, a cargo de la Dra. Maria Romilda Servini, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el arts. 14, 2
párrafo y 60 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298, que la agrupación política denominada PARTIDO
UNIÓN POR LA REPÚBLICA ha iniciado ante esta sede judicial el trámite de reconocimiento de la personalidad jurídico-política como partido de distrito, en los términos del art. 7 de la Ley 23.298, bajo el nombre partidario que adoptó con fecha 17 de febrero del año en curso Expte. 4012/2020 a los fines de las oposiciones que pudieran formularse al respecto.- María Romilda Sevini Juez - Martin Rosendo Seguí Secretario Electoral

e. 03/12/2020 N61121/20 v. 09/12/2020

PARTIDO LAIZQUIERDA DELOS TRABAJADORES

El Juzgado Federal con Competencia Electoral en el Distrito SAN JUAN, a cargo del Dr. MIGUEL ANGEL GALVEZ, en autos caratulados PARTIDO LA IZQUIERDA DE LOS TRABAJADORES S/ RECONOCIMIENTO DE PARTIDO
DE DISTRITO Expte. NCNE 10203/2018, que se tramitan ante estos estrados, ha ordenado la publicación de su Carta Orgánica, que a continuación se transcribe por el término de un 1 día en el Boletín Oficial.CARTA ORGÁNICA DEL PARTIDO LA IZQUIERDA DE LOS TRABAJADORES
SAN JUAN
Art. 1º: La presente Carta Orgánica constituye la ley fundamental, por la cual los afiliados y autoridades del PARTIDO LA IZQUIERDA DE LOS TRABAJADORES DISTRITO SAN JUAN deberán someter sus actuaciones, poderes y derechos, obligatoriamente.
La misma somete su accionar a los principios de la Constitución Nacional, a la ley 23.298y demás leyes y decretos reglamentarios.
II DE LA AFILIACIÓN
Art. 2º: Para afiliarse al Partido La Izquierda de los Trabajadores se requiere:
a Estar domiciliado en el distrito en el que se solicite la afiliación.
b Aceptar en forma expresa la presente Carta Orgánica, la Declaración de Principios, y el Programa de Acción Política.
c Tener oficio, profesión o actividad honesta.
Art. 3º: Presentar una ficha solicitud reglamentada por la autoridad competente. La presentación podrá efectuarse personalmente o de acuerdo a otras formas dispuestas de legislación vigente.
La calidad de afiliado se adquiere a partir de la resolución de las autoridades partidarias que establezca la presente Carta Orgánica, para su aprobación.
Art. 4º: La solicitud de afiliación será tratada por el Comité Central para su aprobación, si no lo considerare en forma expresa, se tendrá por aceptada automáticamente cumplidos los plazos establecidos por la legislación vigente. En caso de denegación, se podrá recurrir al Congreso partidario.
Art. 5º: El padrón de afiliados permanecerá abierto todo el año.
Art. 6º: Se extingue la afiliación por:
a Renuncia.
b Expulsión.
c Por extinción del partido.
La renuncia será presentada al Comité Central.
Art. 7º: Los afiliados tienen los siguientes derechos:
a Participar en las reuniones y asambleas de los círculos socialistas.
b Proponerse como miembros de los organismos directivos.
c Participar como electores en las elecciones de autoridades del Partido cuando tuvieren la antigedad requerida para ello.
Art. 8º: Son obligaciones de los afiliados:
a Difundir el pensamiento y doctrina del Partido.
b Pagar una contribución mensual.
c Prestar cooperación en toda actividad partidaria.
d Asistir a las reuniones.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/12/2020 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data03/12/2020

Conteggio pagine144

Numero di edizioni9380

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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