Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2020 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.302 - Segunda Sección
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Jueves 6 de febrero de 2020

Acreedores tenedores de cheques: Los acreedores remanentes que sean tenedores de cheques que hubieran sido rechazados por falta de fondos, deberán entregarlos a BLD S.A. y serán reconocidos como acreedores. 5.
Propuesta residual: Si los acreedores remanentes no optasen por la PROPUESTA PRIMERA, le será aplicable en forma definitiva la PROPUESTA SEGUNDA. iv Se informa a los interesados que tendrán 10 días hábiles judiciales posteriores a la última publicación de edictos a los fines previstos en el art. 75 de la LCQ. v Se ordena la suspensión de las acciones de contenido patrimonial contra el deudor con las exclusiones dispuestas en el artículo 21 de la LCQ. Todo ello conforme la parte pertinente de los autos que se transcriben a continuación: N3126. ROSARIO, 23/12/2019. Y VISTOS: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: 1. Que los actores han manifestado su intención de iniciar la vía del Acuerdo Preventivo Extrajudicial conforme las previsiones de los artículos 69 y siguientes de la Ley de Concursos y Quiebras. 2. Que del análisis preliminar de la información adjuntada surge que los actores han cumplido con los recaudos formales previstos por el artículo 72 del texto normativo por lo que corresponde se publiquen los edictos respectivos conforme lo dispone el artículo 74 de LCQ. 3. Que teniendo en cuenta la magnitud de la presentación realizada por los actores, los montos dinerarios indicados en la misma, la cantidad de acreedores o potenciales acreedores y terceros que pudieran tener interés en el presente proceso se dispone que los edictos sean publicados en el Boletín Oficial de la República Argentina, los Boletines Oficial de la Provincias de Buenos Aires, CABA, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos y La Pampa y en los siguientes medios gráficos, La Capital de Rosario, La Nación, Clarín, Pagina12, Ámbito Financiero y Buenos Aires Económico -BAE-. En todos los casos deberá hacerse saber a los interesados que tendrán 10 días hábiles judiciales posteriores a la última publicación de edictos a los fines previstos en el artículo 75 de la LCQ. RESUELVO: 1. Por solicitada homologación de acuerdo preventivo extrajudicial; 2. Agréguese la documental acompañada y las conformidades de los acreedores respecto de los acuerdos presentados; 3. Mandar a publicar edictos conforme lo expuesto en el considerando tercero; 4.
Suspéndanse las acciones de contenido patrimonial contra el deudor con las exclusiones dispuestas en el artículo 21 de la LCQ. Fdo.: DR. EZEQUIEL M. ZABALE Juez; DRA. GABRIELA B. COSSOVICH Secretaria N3139.
ROSARIO, 27/12/2019 Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: Que mediante auto 3126 de fecha 23/12/2019, en Considerando tres 3 por un error involuntario se dispuso que la publicación de edictos debía hacerse por 5 días hábiles judiciales cuando debió decir por 5 días, corresponde así declararlo. RESUELVO: Revocar parcialmente el auto 3126 de fecha 23/12/2019 en el sentido expuesto. Fdo.: DR. EZEQUIEL M. ZABALE Juez; DRA. GABRIELA
B. COSSOVICH Secretaria. Por expresa disposición del Juez de trámite, la publicación de edictos deberá hacerse por cinco 5 días no consecutivos Secretaría, 30 de Diciembre de 2019.- Se transcribe el decreto emitido por el Juzgado en Feria Judicial de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Circuito, Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual y Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario Santa Fe, que ordena la medida: Rosario, 13 de Enero de 2020. Al Punto I, Estese a lo decretado en fecha 06.01.2020. Al Punto II, como se pide por Secretaria. Al Punto III. Agréguese Fdo. Maria Amalia Lantermo.

e. 06/02/2020 N2110/20 v. 06/02/2020

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 29
SECRETARÍA NRO. 58

5250/2019 BONEMER SRL s/QUIEBRA
EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº29 a cargo de la Dra. María del Milagro Paz Posse, Secretaría nº 58 a cargo de la Dra. Claudia Giaquinto, con sede en Montevideo 546 piso 5º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los autos BONEMER SRL s/QUIEBRA, 5250/2019 comunica por cinco días el estado de quiebra de BONEMERS.R.L., C.U.I.T. 30-71507374-5, decretada con fecha 20/12/2019. El síndico actuante es el contador MARTIN IGNACIO BASAIL con domicilio constituido en URUGUAY 390, PISO 8, DEPTO.
A de CABA, a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 15/04/2020. Se deja constancia que el 20/05/2020 y el 03/08/2020 se fijaron como fechas de presentación de los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C.Q., respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. cumpla los recaudos pertinentes que exige el art. 86 de la ley 24522 y constituya domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado LCQ: 88.7. Buenos Aires, 04 de Febrero de 2020.
CLAUDIA GIAQUINTO
Secretaria MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE Juez - CLAUDIA GIAQUINTO SECRETARIA

e. 06/02/2020 N5264/20 v. 12/02/2020

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2020 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data06/02/2020

Conteggio pagine81

Numero di edizioni9396

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione19/07/2024

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