Boletín Oficial de la República Argentina del 24/12/2019 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.269 - Segunda Sección
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Martes 24 de diciembre de 2019

dispuso la remisión del expediente a conocimiento del Juzgado Federal de Neuquén N2. Fdo: Rafael CAPUTO.
Juez. Ante mí: Sandra Viviana GOÑI. A continuación se transcribe la parte dispositiva de la resolucion que lo dispone: Buenos Aires, 9 de diciembre de 2019 SE RESUELVE I DECLARAR LA INCOMPETENCIA de este juzgado para seguir entendiendo en la causa N 1957/2018 y -en consecuenciaREMITIR la causa al Juzgado Federal N2 de Neuquen FDO Rafael CAPUTO JUEZ. Ante mi: Sandra Viviana GOÑI. Secretaria. Rafael CAPUTO
JUEZ Juez - SANDRA GOÑI SECRETARIA

e. 20/12/2019 N98854/19 v. 24/12/2019

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL ECONÓMICONRO. 10
SECRETARÍA NRO. 19

El JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N10, SECRETARÍA Nº19, sito en Sarmiento 1118, piso 3 de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Casiano CHALO PORCO C.U.I.T. Nº 20-94986632-8 lo dispuesto con fecha 19/12/2019 en los autos NCPE 917/2015 187, caratulados: CHALO PORCO, CASIANO Y OTROS
SOBRE INFRACCION LEY 11.683 que a continuación se transcribirán, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 19 de diciembre de 2019. En función de lo que surge de la nota que antecede, señálese nueva audiencia respecto de Casiano CHALO PORCO para el día 13 de febrero de 2020 a las 10.30 horas, a los mismos fines dispuestos a fs. 868 confr. fs. 870, 873 y 877. Notifíquese a la defensa técnica del nombrado y a la fiscalía interviniente mediante cédulas electrónicas. Asimismo, notifíquese lo dispuesto por el párrafo que antecede a CHALO PORCO
mediante edictos a publicarse durante cinco días en el Boletín Oficial art. 150 del C.P.P.N., haciendo saber que aquél deberá comparecer ante este tribunal bajo apercibimiento de ser declarado rebeldeFdo. Rafael Francisco Caputo. Juez PRS. Ante mí: Nancy Beatriz Garon. Secretaria. Decreto de fs. 868: Buenos Aires, 7 de octubre de 2019. Teniendo en cuenta lo que se desprende de las constancias de fs. 1/6, 837, 859/861, 862 y 867/vta., y lo establecido por el Tribunal de Alzada mediante la resolución obrante a fs. 724/728 en cuanto a que por el art.
44 de la ley 11.683 t.o. en 1998 se creó un tipo infraccional no un tipo penal en sentido estricto, y se dispuso un procedimiento especial para la aplicación de las sanciones a los infractores, consistente en la instrucción de un sumario a cargo de los funcionarios de la A.F.I.P.- D.G.I., el que una vez concluido debe ser remitido a los juzgados en lo penal económico cuando la infracción se cometa en esta ciudad o federales del interior del país cuando la infracción se cometa en otra jurisdicción que se encuentren de turno al momento de la constatación de la infracción presunta, los cuales deben dictar la sentencia correspondiente sin más sustanciación que las medidas conducentes para garantizar el derecho de defensa en juicio y las que resulten necesarias para alcanzar la decisión que corresponda medidas para mejor proveer, con la intervención de esta cámara como tribunal de apelación. Este procedimiento es similar al que se establece por la ley 19.359 para las infracciones al Régimen Penal Cambiario, sin que se prevea el dictado de un auto de procesamiento ni la intervención de un tribunal oral para el dictado de la sentencia definitiva confr., en este mismo sentido, Reg. CPE 336/2015/TO1, res. del 15/6/2016, del T.O.P.E. 3 , a los fines previstos por el art. 41 del C.P., cítase a Casiano CHALO PORCO a la audiencia que se fija para el día 23 de octubre de 2019, a las 10.30 horasFdo. Rafael Francisco Caputo. Juez P.R.S.. Ante mí:
Patricia Roxana Mieres. Secretaria.
Rafael Francisco Caputo Juez - Nancy Beatriz Garon Secretaria

e. 23/12/2019 N99193/19 v. 30/12/2019

JUZGADO NACIONAL ENLOCRIMINAL YCORRECCIONALFEDERAL NRO. 1
SECRETARÍA NRO. 1

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL NRO 1 DE LA CAPITAL FEDERAL a cargo de la Dra.Maria R. Servini en la causa nro. 13260/2009 A-12087/2009 caratulada Degrref, José Maria, Exner Alfredo, Miranda Jorge S/ Falsificación del registro de la Secretaria Nro 1, a cargo de la Dra. Maria Inés Gambirassi, cita y emplaza a Jorge Alberto Miranda DNI nro 13.567.087 en los términos del art. 150 del C.P.P.N con el objeto de que se presente a estos estrados a fin del receptarle la declaración indagatoria ordenada en éstas actuaciones en los términos del art. 294 del C, P.P.N dentro de los 5 días a contar de la últina publicación pertinente bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de ser declarado REBELDE y ordenar la averiguación del paradero del nombrado y posterior citación a primera audiencia en caso de incomparecencia injustificada. Maria R. Servini Juez - Maria Inés Gambirassi Secretaria Federal

e. 19/12/2019 N98412/19 v. 26/12/2019

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Boletín Oficial de la República Argentina del 24/12/2019 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data24/12/2019

Conteggio pagine99

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione10/07/2024

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