Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2019 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.210 - Segunda Sección
9

Miércoles 2 de octubre de 2019

y custodia de personas, bienes y establecimientos ya sea en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la Ley N 5688 y sus decretos reglamentarios o bien en la Provincia de Buenos Aires conforme lo dispuesto por la Ley N12.297 y/o la normativa que la modifique o la sustituya o en cualquier otra jurisdicción del país pudiendo asimismo prestar asimismo dichos servicios en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas de conformidad con lo estipulado por el artículo 9 de la Ley N 1913 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus decretos reglamentarios; 3 Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o desincriminar a una persona siempre que exista una persecución penal en el ámbito de la Justicia, por la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal. Averiguación de orden civil y comercial; determinación de solvencia de personas y/o entidades, seguimientos y/o búsqueda de personas o domicilio; 4 Realizar vigilancia con medios electrónicos, ópticos y proveer asesoramiento integral de seguridad tanto a personas humanas como a personas jurídicas públicas o privadas; 5 Transporte, traslado y custodia de valores y/o caudales y cualquier otro tipo de servicios autorizados por las leyes vigentes. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante; 6 Otorgamiento de préstamos con o sin garantía de corto o largo plazo, aporte e inversiones de capitales a personas, empresas o sociedades constituidas o a constituirse, compraventa y mandatos sobre títulos, debentures y toda clase de valores mobiliarios, papeles de crédito, nacionales y extranjeros, la constitución de hipotecas y otros derechos reales y la concertación de toda clase de operaciones financieras que autoricen las leyes que estén relacionadas con el presente objeto, con exclusión de las operaciones previstas en la Ley N18.061 y otras por las que se requiera concurso público; IV Duración: 99 años; V Sede Social: Marcelo Torcuato de Alvear 636, Piso 1, CABA; VI Capital Social: $ 100.000; VII Directorio: Presidente: Rubén Fabián ZABALA;
Vicepresidente: Sebastián Néstor Hugo CITTANTI; Director Suplente: Felipe Germán Tombeur, con mandato por tres ejercicios, todos con domicilio especial en la sede social; VIII Sindicatura: se prescinde; IX Cierre de ejercicio:
31/7. Autorizado según instrumento público Esc. Nº150 de fecha 16/09/2019 Reg. Nº1066
Martín Hourcade Bellocq - T: 88 F: 480 C.P.A.C.F.
e. 02/10/2019 N74854/19 v. 02/10/2019

ON MEDIAS.A.

CUIT 30-70793119-8.- Por Asamblea General Ordinaria Nº 18 del 10/08/2018, se resolvió reelegir el Directorio de la sociedad por el término de dos ejercicios, y por Reunión de Directorio del 10/08/2018, de distribuyeron de cargos: Germán Hugo VISSANI, como Director Titular y Presidente, y Alicia Amalia APESTEGUIA como Directora suplente, vencimiento del mandato el 31/03/2020.- Aceptan los cargos y constituyen domicilio en la nueva sede social.- Por Asamblea General Ordinaria y extraordinaria del 5/08/2019, se trasladó la sede social a la calle Arcos 1620, Piso 16º, Depto. B CABA, y modificar los artículos tercero y octavo del estatuto social que dicen:
ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país, las siguientes actividades: Realizar la prestación de servicios y/o explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, venta y cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas. Elaboración de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. Transporte automotor de haciendas y/o productos alimenticios. Fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos de la ganadería, de la alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios en plantas industriales propias de terceros en el país, referido a dichas actividades. Faena y comercialización de animales y de productos y subproductos derivados: industriales, faena de semovientes, incluyendo el trozado y elaboración de carnes, subproductos y sus derivados. Compraventa, importación y exportación, consignación o permuta de semovientes, animales, productos cárneos, subproductos y sus derivados. Comercialización de productos agrícolas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas y agroquímicos, compra, venta, consignación, acopio, distribución, exportación e importación de cereales, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relacionen con esa actividad. También podrá actuar como corredor, comisionista o mandataria de los productos mencionados precedentemente de acuerdo con las normas que dicte la autoridad competente. Administración, gerenciamiento y dirección técnica y profesional de los establecimientos rurales agrícolas o ganaderos de todo tipo. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto.- ARTICULO OCTAVO: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de 1 uno y un máximo de 5 cinco con mandato por 3 años. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un Presidente y, en su caso de elegirse directorio colegiado, podrán elegir un vicepresidente, este último reemplazara al primero en caso de ausencia o

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2019 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data02/10/2019

Conteggio pagine91

Numero di edizioni9407

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

Scarica questa edizione