Boletín Oficial de la República Argentina del 10/11/2016 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 10 de noviembre de 2016

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 24
SECRETARÍA NRO. 48
BOLETÍN OFICIAL
Juzgado Nac. de 1 Instancia en lo Comercial Nº 24, a cargo de la Dra. María Gabriela Vassallo, Secretaria Nº 48 a mi cargo, con sede en la calle Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. Cap.
Fed., comunica por CINCO días en los autos BOUZOS RUBEN s/Quiebra s/INCIDENTE DE
VENTA - INMUEBLE DE MAR DEL PLATA PDO.
GRAL. PUEYRREDON Exte. N17230/2000/1, que el martillero Patricio L. López Malbran CUIT Nº20-13735513-3, rematará el MARTES
29 DE NOVIEMBRE DE 2016 A LAS 11,45 Hs.
EN PUNTO, en Jean Jaures 545 Cap. Fed., el 100% del inmueble sito en la calle Funes 2052
entre Moreno y Bolívar, de la Ciudad de Mar del Plata, Partido General Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires, Matrícula 143758/1, nomenclatura catastral Circunscripción VI, Manzana 235, Parcela 19, Sub-parcela 1, Superficie 38,16 m2.
Se trata de un tipo PH al frente de dos ambientes, cocina, baño y patio techado. El estado de conservación es regular con evidentes nuestras de falta de mantenimiento y humedades varias. Se encuentra OCUPADO por un inquilino con contrato con vencimiento el 10/11/16 BASE
$350.000.- EXHIBICIÓN: será los días 18 y 19
de noviembre de 16 a 18 horas. CONDICIONES
DE VENTA: AL CONTADO Y MEJOR POSTOR, SEÑA 30% COMISIÓN 3%, SELLADO DE LEY Y
EL 0,25% ARANCEL DISPUESTO POR ACORDADA 24/00, se hace saber el bien se enajena en el estado en que se encuentran, señalándose que habiéndoselo exhibido adecuadamente no se admitirán reclamos de ningún tipo el comprador deberá constituir domicilio dentro de la jurisdicción del Tribunal arts. 568, 576 y 579 del C.P.C.C.. Estarán a cargo de los adquirentes las tasas, impuestos o contribuciones devengados con posterioridad a la toma de posesión de los inmuebles. Se prohíbe la compra en comisión y cesión del boleto de compraventa. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de efectuado el remate, bajo apercibimiento Crp: 584. El importe sobre la venta del bien que establece el art. 7 de la ley 23.905
no está incluido en el precio y se abonará, de corresponder, antes de inscribirse la transferencia. Buenos Aires, 08 de noviembre de 2016.
PAULA MARINO SECRETARIA
e. 10/11/2016 N84937/16 v. 16/11/2016

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 89
SECRETARÍA ÚNICA
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 89 interinamente cargo del Dr. Luis A.
Dupou, Secretaria Única a mi cargo, sito en Talcahuano 550, P. 6º, de Capital Federal, comunica por dos días en autos GARCIA DOLORES Y
MONACO ROBERTO JOSE S/SUCESION ABINTESTATO Expte. Nº1457/2012, que el Martillero Juan Martin Milavec, Matricula 137, Fº 417, Lº 79, rematará el día 21 de Noviembre de 2016, a las 10:15 horas, en punto, en la Oficina de Subastas Judiciales sita en la calle Jean Jaures 545 de Capital Federal, rematara al contado y mejor postor, el inmueble sito en la calle Jaramillo 2650/52/54/56/58/60, Unidad 95, undécimo piso, matricula 16/24386/95 de Capital Federal, Nomenclatura catastral: Circ. 16, Sección 43, Manzana 168, Parcela 1c, según informe de dominio agregado a fs 295. Se trata de un departamento que se accede por la calle Amenabar 3672, piso 11 A de esta Ciudad Autónoma de Bs. As. El mismo esta compuesto por un pasillo de distribución que se accede a la cocina y al lavadero o que se accede al living comedor, del living comedor se accede a otro pasillo donde desemboca al baño y a tres habitaciones de las cuales dos poseen balcón y se comunican entre si, también entre el lavadero y el comedor se comunican por intermedio de otro balcón.
El estado del inmueble es bueno. Se encuentra ocupado por la Sra Anabella Noemi Monaco, su marido y su hijo menor de edad. Base $1.950.000.- Seña 30%, Comisión 3%, 0,25%
por acordada 24/00 y Sellado de ley, a cargo del comprador. Deudas: OSN al 12/06/15 Sin Deudas Fs 212/13, AYSA al 05/06/15 Sin Deuda Fs 216, Alumbrado Barrido y Limpieza del Gob. De la Ciudad de Bs. As. Al 12/06/15 $9.424,81 Fs.
231/35, Aguas ArgentinasS.A. al 25/06/15 sin deuda Fs. 234, Consocio de Propietarios no registra deudas al 25/05/19 Fs 192. En el acto de suscribir el boleto de compraventa exigirá de quien o quienes resulten compradores la
constitución de domicilio dentro del radio de la Capital Federal, Bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán notificadas en la forma y oportunidad prevista en el art.
133 del Código Procesal. Se deja constancia que dentro del quinto día de aprobado el remate, el comprador, sin necesidad de intimación alguna, deberá depositar el saldo de precio en el Banco Nación, Sucursal Tribunales, en una cuenta a nombre de autos, bajo apercibimiento de decretarlo postor remiso. Asimismo que el adquirente en subasta judicial no se encuentra obligado a afrontar las deudas que registre el inmueble por impuestos tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcance para solventarlas, con excepción de las deudas que por expensas comunes registre el bien, cuando el inmueble s encuentre sujeto al régimen de la propiedad horizontal, SERVICIOS
EFICIENTES S.A. C/YABRA ROBERTO S/EJECUCION HIPOTECARIA. El inmueble se exhibe los días 16 y 17 de Noviembre de 2016 en el horario de 10 a 12 hs. El presente edicto será publicado por dos días. Luis A. Dupou Juez Juan P. Iribarne secretario e. 10/11/2016 N83369/16 v. 11/11/2016

CAPITULO VI: DE LAS ELECCIONES COMPLEMENTARIAS.
CAPITULO VII: DEL JUZGAMIENTO DE LAS
PROTESTAS.
CAPITULO VIII: DE LAS FALTAS INTERNAS
ELECTORALES.
CAPITULO IX: DE LOS CANDIDATOS A LA
ELECCION.
CAPITULO X: DE LOS BLOQUES PARLAMENTARIOS.
TITULO III
CAPITULO I: REGIMEN ECONOMICO: FORMACION DEL TESORO.
CAPITULO II: TRIBUNAL DE CONTRALOR FINANCIERO.
TITULO IV
CAPITULO I: GOBIERNO DE LA UNION CIVICA
RADICAL
CAPITULO II: DE LA CONVENCION PROVINCIAL.
CAPITULO III: DEL COMITE EJECUTIVO DE LA
PROVINCIA.
CAPITULO IV: DE LOS COMITES DEPARTAMENTALES.

Partidos Políticos
CAPITULO V: DE LOS COMITES DE CIRCUITO.
CAPITULO VI: DE LAS FACULTADES DISIPLINARIAS DE LOS COMITES.

NUEVOS

CAPITULO VII: TRIBUNAL DE CONDUCTA.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.501

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cialmente impersonal en su espíritu y en su organización y luchará inclaudicablemente para asegurar a la Provincia su paz y su progreso por el cumplimiento de la ley; la pureza de la moralidad administrativa; el ejercicio efectivo de la soberanía popular y el amplio reconocimiento de las autonomías Provinciales y Municipales.
La Unión Cívica Radical practica la ética de la solidaridad y defiende en forma irrestricta el respeto a los derechos humanos y la libertad de expresión, promueve la amplia participación ciudadana mediante el debate de las ideas para lograr la definitiva consolidación democrática.
Desiste del empleo de cualquier tipo de violencia para modificar el orden público o alcanzar el poder.
Artículo 4: Ley fundamental del partido. La presente Carta Orgánica constituye la ley fundamental del partido y es obligación inexcusable de los afiliados conocerla y respetarla.
Artículo 5: Primacía de la Carta Orgánica Nacional. Se acepta como ley del partido la Carta Orgánica Nacional, los principios de la plataforma y programa, las Bases de la Acción Política, la Profesión de Fe Doctrinaria y las resoluciones que en consecuencia dicte la Convención Nacional.
Artículo 6: Igualdad ante las normas partidarias.
Todos los afiliados son iguales ante la ley del partido y tienen los mismos derechos y obligaciones, con igualdad de oportunidades dentro de su organización, sin más requerimiento que la idoneidad y lealtad partidaria.
Artículo 7: Debido proceso. Ningún afiliado podrá ser privado del goce de los derechos que le da la afiliación, sin juicio previo de la autoridad que corresponde.
TITULO II: ORGANIZACION DEL PARTIDO.

UNIÓN CÍVICA RADICAL

CAPITULO VIII: DE LOS DELEGADOS A LOS
CUERPOS NACIONALES.

Distrito San Luis
CAPITULO IX: DE LAS INCOMPATIBILIDADES.

EDICTO
MODIFICACIÓN DE LA CARTA ORGÁNICA

CAPITULO X: ORGANIZACION DE LA JUVENTUD.

El Juzgado Federal con competencia Electoral en el distrito de San Luis, a cargo del Dr. Juan Esteban Maqueda, hace saber a la población que: el partido UNIÓN CÍVICA RADICAL - Distrito San Luis, mediante Acta de fecha 20 de Agosto de 2.016 y Resoluciones Nº 1/2016 y 2/2016 de la Honorable Convención Provincial, resolvió modificar en la Carta Orgánica de dicha agrupación, la cual se transcribe seguidamente:

CAPITULO XI: ORGANIZACION DE LA FRANJA
MORADA.

Artículo 8: Afiliación. Constituyen la Unión Cívica Radical los ciudadanos argentinos y extranjeros de ambos sexos que, habiendo adherido a sus principios y programas, se encuentran inscriptos en los registro oficiales que llevan los órganos del partido.

CAPITULO XII: ORGANIZACION DE TRABAJADORES RADICALES.

Artículo 9: Requisitos. Para ser afiliado se requiere:

TITULO V

a ser ciudadano nativo o naturalizado en condiciones legales de ejercer el derecho el sufragio.

Se adjunta Carta Orgánica
TITULO VI

TEXTO ORDENADO
CARTA ORGANICA
UNION CIVICA RADICAL
DISTRITO SAN LUIS
Sancionada por la Convención Provincial en la sesión de Villa Mercedes del 24 de agosto de 2012. Con modificaciones a los artículos 31 y 37, sancionados mediante Resolución N1/2016, en la sesión de la Ciudad de San Luis del sábado 20 de agosto de 2016. Texto Ordenado aprobado en la Sesión del 1º de Octubre de 2016.
INDICE
TITULO I
CAPITULO UNICO
DECLARACIONES DE PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTIAS.
TITULO II
ORGANIZACION DEL PARTIDO.
CAPITULO I: DE LA AFILIACION.

CAPITULO UNICO: DE LAS ALIANZAS

DE LA INICIATIVA Y REFERENDUM.
CAPITULO I: DE LA INICIATIVA
CAPITULO II: DEL REFERENDUM
CAPITULO III: NORMAS PARA EL EJERCICIO
DEL DERECHO DE INICIATIVA Y REFERENDUM.
TITULO VII
DE LA ASAMBLEA DE AFILIADOS
DOMICILIO LEGAL
DISPOCIONES TRANSITORIAS
TITULO I. CAPITULO UNICO:
DECLARACIONES DE PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTIAS.
Artículo 1: Unión Cívica Radical Distrito San Luis. La Unión Cívica Radical Distrito San Luis integra la Unión Cívica Radical de la República Argentina, actúa dentro del territorio de la Provincia de San Luis, y organiza su gobierno bajo el sistema democrático representativo.

CAPITULO IV: SISTEMA DE REPRESENTACION.

Artículo 2: Poder partidario. La soberanía partidaria reside en el conjunto de los afiliados del pueblo de la Provincia de San Luis, quienes no deliberan ni gobiernan, sino por medio de las autoridades partidarias que él mismo elige y ejerce todo el poder no delegado en el gobierno partidario nacional.

CAPITULO V: DE LAS ELECCIONES PARTIDARIAS.

Artículo 3: Principios y objetivos. La Unión Cívica Radical es una asociación política esen-

CAPITULO II: REGIMEN ELECTORAL.
CAPITULO III: DE LA JUNTA ELECTORAL.

CAPITULO I: DE LA AFILIACION.

b suscribir la ficha de afiliación y la documentación correspondiente.
Artículo 10: Adherentes. Son miembros simpatizantes las personas mayores de 15 años de edad que manifiesten su adhesión al partido por escrito y se solidaricen con los ideales del mismo. Los que se inscriban en esa categoría no tienen derecho a elegir y a ser elegidos y no están obligados a contribuir a la formación del tesoro partidario.
Artículo 11: Solicitud. La afiliación se solicitará por escrito y se realizará en el circuito del domicilio del ciudadano adherente, acreditándose este con documento de identidad.
Artículo 12: Exhibición. La solicitud de ingreso al partido se expondrá durante diez 10 días en el local del Comité, en lugares visibles para que los afiliados la conozcan y ejerciten el derecho de observarla si lo creyesen oportuno. Si no hubiere causal de rechazo contra el afiliado propuesto, automáticamente se le inscribirá y otorgará una credencial partidaria.
Artículo 13: Afiliación por pase. En la inscripción de afiliados por pase, se llenarán los siguientes requisitos:
a Haber solicitado previamente su pase al Comité de su anterior domicilio.
b Presentar con la solicitud de inscripción la ficha o certificado de pase que corresponda a su nuevo domicilio, si no estuviera anotado en su documento de identidad.
c Firmar las fichas indispensables para la estadística y control de movimiento de afiliados en la provincia.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/11/2016 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data10/11/2016

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9406

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione29/07/2024

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