Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2016 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 20 de octubre de 2016
go, sito en Uruguay 714, P 6, C.A.B.A., comunica por dos días en Boletin Oficial y La Ley en autos Benard Jose Luis y otros c/Nantez Michelena Esteban y otros s/ej. hip. exp Reservado. Nro.
106738/99 que el matillero Dn Manuel L. Lastra cuit 20-4426489-8 mllastra2015@gmail.com, rematara al contado y al mejor postor, el dia 14
de noviembre a las 11,30 hs en el local de Jean Jaures 545, C.A.B.A. el inmueble sito en fs.
1502 Av. Boyaca 460/464 entre Avellaneda y Dr Juan F. Aranguren, U.F. 4, de ésta ciudad con Nomenclatura Cat. Circ. 5, Sec. 65, M. 123, Parc.
39 y Matricula 5-12618-4 f. 1502, con Sup. Total. 174,17 m2 y porcentual de 14.660000 R.P.I.
Dominio fs. 1657. La exhibición se fija para los días 7 y 8 de noviembre de 2016 en el horario de 15 a 17 hs. La unidad se encuentra Desocupada según constatación obrante a fojas 1572, punto 1 que consta que la misma se desarrolla en dos plantas, accediendo a las mismas por dos entradas, una principal y otra desde las cocheras o garaje en el subsuelo, Tiene un espacio guardacoche y hay un gran patio o jardín al fondo en forma de L. Hay otro espacio abierto tipo zaguán, mas pequeño, una vez pasada la puerta principal de acceso. Consta de un Living comedor, toilette, cocina y por escalera se va a dos dormitorios con placards y baño completo, La unidad esta en el contrafrente del edificio. En estado general bueno, con detalles de pintura. Esta Desocupada. Base f. 1652 U$S 120.000. dólares u.s.a. Seña: 30%, Comision: 3% y Arancel CSJN 0,25%, Sellado de Ley. El saldo de precio deberá ser depositado por el comprador dentro de los cinco días de aprobado judicialmente el remate sin necesidad de requerimiento previo y bajo apercibimiento previsto por el art. 580 del C.P. y el/los adquirente/s deberá/n constituir domicilio en la Cap. Fed. bajo apercibimiento previsto en art. 133 del C.P. Queda prohibida la cesion del Boleto Compraventa y la compra en comisión Deudas con AySA al 23/3/16 $39,75 f.
1547-8: c/ABL al 14-3-16 $10.728,77. c/Expensas al 25-8-16 $29.222 siendo la ultima expensa de 07/16 de $1.862. ambas a fs 1679/80 BUENOS AIRES de octubre de 2016. Fdo Dr Danbiel Russo, Secretario Dr Luis A Dupou Juez - Dr Daniel H Russo Secretario e. 20/10/2016 N77228/16 v. 21/10/2016

Partidos Políticos NUEVOS

MOVIMIENTO DEACCIÓN VECINAL
Distrito Formosa 1674/2015 MOVIMIENTO DE ACCION VECINAL
s/CONTROL DE ESTADO CONTABLE - año 2014

Y VISTOS:
Esta causa caratulada: MOVIMIENTO DE
ACCION VECINAL s.Control de Estado Contable -distrito Formosaaño 2.014, expte CNE
N1674 año 2.015; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las constancias obrantes en la presente causa, el partido MOVIMIENTO DE
ACCION VECINAL -distrito Formosaha dado cumplimiento a las disposiciones del art. 23 de la ley 26.215-, respecto a la presentación del estado anual de su patrimonio y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio contable anual 2.014 finalizado el 31 de diciembre de año 2.014.
Que a fs. 93/94, obra la conclusión de la Auditoría realizada sobre el ejercicio económico 2.014, finalizado el 31.12.2.014. La misma resulta ser la consecuencia de la segunda intervención al Cuerpo de Auditores Contables -Sede CNE-, la que debe ser tenida en cuenta para futuras presentaciones, bajo apercibimiento de ley.

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Que de la evaluación contable mencionada supra, puede aprobarse el Estado Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos del año 2.014, instando a lo mencionado en los párrafos anteriores. En consecuencia, deberá mandarse a publicar, por un día, en el Boletín Oficial de la Nación y en un diario de circulación nacional, para dar a publicidad su contenido, a fin de cumplimentar con lo dispuesto en el artículo 38
de la Constitución Nacional, en el entendimiento de que el alcance del término publicidad, a que alude la norma constitucional, debe interpretarse en el sentido de someter a un control efectivo las cuentas de los partidos políticos - y no en el dar mera noticias de ellas cfr. Fallo CNE 3010/02. Asimismo el partido político, deberá mencionar en la publicación periodística el sitio de Internet, donde la ciudadanía en general puede consultar el mencionado estado contable, para su información.

que no tiene objeciones que formular respecto del estado contable anual bajo análisis, pero que deberá exhortarse a las autoridades del partido político interesado a dar efectivo cumplimiento de las observaciones contables formuladas por el Cuerpo De Auditores Contables.

Cabe recordar que la Cámara Nacional Electoral, en reciente precedente, significó que las características del régimen de financiamiento vigente tornan imperativo que el control patrimonial sea estricto y la publicidad de los ingresos y egresos partidarios detallada y constante Fallo CNE 3010/02. Se explicó, que la rendición de cuentas debe ser precisa porque lo que se encuentra en juego es nada menos que el control efectivo sobre la utilización de los recursos pertenecientes al erario público cf.
Fallo citado.

COMUNICAR al Boletín Oficial de la Nación, la presente resolución, para su publicación, por un día. Aplicando el Sistema PAIE, dejando la debida constancia en autos.

Formosa, 16 de agosto de 2016.- MEB
N137/16.-

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.486

Que las circunstancias señaladas, configuran elementos suficientes a los fines de emitir un pronunciamiento, sin que sea necesario analizar otros elementos de juicio, puesto que se ha cubierto la finalidad impresa en la ley de fondo con el debido control y fiscalización del estado patrimonial y cuentas de ingresos y egresos correspondiente al ejercicio económico iniciado en el año 2.013 y finalizado 31 de diciembre de 2.013 de la agrupación política mencionada.
Que a fs. 97 se dispone correr vista al Ministerio Público Fiscal con competencia electoral del dictamen de auditoria -CNEobrante a fs. 93/94
inclusive; a fs. 98 se expide el Señor Fiscal Federal con competencia electoral, manifestando
Por ello y, de conformidad fiscal RESUELVO:
APROBAR EL ESTADO PATRIMONIAL Y
CUENTAS DE INGRESOS Y EGRESOS correspondiente al ejercicio económico anual 2.014, finalizado el 31.12.14 del Partido MOVIMIENTO
DE ACCION VECINAL -distrito Formosa-. Debiendo tener presente para la presentación de futuros estados contables las recomendaciones del Cuerpo de Auditores Contables, bajo apercibimiento de ley.

HACER SABER al partido MOVIMIENTO DE
ACCION VECINAL distrito Formosaque debe publicar la presente resolución, por el término de un día en un diario de circulación nacional, haciendo referencia al sitio de Internet, donde la ciudadanía en general puede consultar el mencionado estado contable, para su información.
Cumplido que sea, adjunte copia de la presente publicación.
COMUNICAR el presente cumplimiento a la Dirección Nacional Electoral y a la Cámara Nacional Electoral, firme que se encuentre la presente, a los fines que estimen corresponder.
Regístrese. Notifíquese. Cumplido que sea archívese.
DR JUAN CARLOS VALLEJOS, JUEZ FEDERAL
SUBROGANTE.
DR JUAN CARLOS VALLEJOS Juez - BARCAROLO, MARIA ESTER, PROSECRETARIA
ELECTORAL.
e. 20/10/2016 N78038/16 v. 20/10/2016

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2016 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data20/10/2016

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9409

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/08/2024

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