Boletín Oficial de la República Argentina del 15/09/2016 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 15 de septiembre de 2016

Edictos Judiciales
Citaciones y Notificaciones. Concursos y Quiebras. Otros ANTERIORES

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
PARANÁ - ENTRE RÍOS
EDICTO: por disposición del Sr. Presidente, Dr.
Roberto M. López Arango, se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs.
115/117 vta., de la causa FPA 22/2014/TO1, caratulado: GRACIANI, CRISTIAN LEONARDO S/INFRACCIÓN LEY 23.737, que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Cristian Leonardo GRACIANI DNI 26.057.704, argentino, divorciado, comerciante, nacido en la ciudad de Mar del Plata Pcia. de Buenos Aires en fecha 19/11/77, con último domicilio denunciado en autos en calle Alvarado N2551 de esta ciudad, con secundario incompleto, hijo de Ramón y de Eva Ofelia López;
de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: RESOLUCIÓN Nº 108/16 raná, 19 de mayo de 2016.- VISTO: La presente causa FPA
22/2014/TO1, caratulado: GRACIANI, CRISTIAN
LEONARDO S/INFRACCIÓN LEY 23.737, traída a despacho y CONSIDERANDO: Que, en virtud de los fundamentos expuestos precedentemente, por mayoría, Por ello, SE RESUELVE: 1 MODIFICAR la calificación legal aplicable a la conducta del imputado Cristian Leonardo GRACIANI considerándola subsumida en el 5 penúltimo párrafo de la ley 23.737, es decir, siembra para producir estupefacientes para consumo personal. 2 En consecuencia, SOBRESEER a Cristian Leonardo GRACIANI, demás datos de figuración en la causa, por el delito del art. 5, penúltimo párrafo, de la ley 23.737, por no encuadrar su conducta en una figura legal, con la aclaración de que el proceso no afecta su buen nombre y honor arts. 336 inc.
3º y último párrafo y 361 del CPPN. 3 EXIMIR
de costas al nombrado art. 531 del CPPN. REGISTRESE, publíquese, notifíquese, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese. Fdo:
Roberto M. López Arango Presidente; Lilia G.
Carnero y Noemí M. Berros Jueces de Cámara; Ante Mi Beatriz ZuquiSecretaria.Roberto M. López Arango Juez - Beatriz Zuqui Secretaria e. 13/09/2016 N66413/16 v. 19/09/2016

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia Nº13 de fecha 13 de abril de 2016, en la causa caratulada: CRUZ, Emmanuel Hernán p/Inf. Ley Nº23.737 art. 5 inc. c, Expediente NºFCT 4896/2015, respecto a EMMANUEL HERNÁN CRUZ, de nacionalidad argentino, D.N.I.
N 30.098.175, de estado civil soltero, nacido el 01 de febrero de 1983, en la ciudad de Wilde, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, con estudios secundario incompleto, de ocupación chofer de remis y domiciliado en Cotagaita N999 de la ciudad de su nacimiento, hijo de Sara Alviti y Orlando Guillermo Cruz, la que dispone:
SENTENCIA Nº 13. CORRIENTES, 13 de abril de 2.016.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE:
1º 2º CONDENAR a Emmanuel Hernán CRUZ
DNI N30.098.175, ya filiado en autos, a la pena de cuatro 04 años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225,00, la que deberá hacerse efectiva dentro del término de treinta 30 días de quedar firme este pronunciamiento,
por haberlo hallado autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes previsto y reprimido por el art. 5, inc. c de la Ley 23.737, más accesorias y costas legales art. 12, 40 y 41 del Código Penal, y art. 530, 535 y ccs.
del CPPN.-. 3º 4º 5º 6º REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo; cursar las comunicaciones correspondientes, y una vez firme la presente, practicar por Secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento art. 493 del CPPN y, oportunamente, ARCHIVAR.- FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE
BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO - Dr.
FERMIN AMADO CEROLENIJueces de Cámara.
Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOSSecretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI
Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE
EJECUCIÓN PENAL
e. 14/09/2016 N66935/16 v. 20/09/2016

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO
CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 15 de fecha 04 de mayo de 2.016, en la causa caratulada:
FERNANDEZ, FABRICIO JESUS SOBRE INFRACCION LEY 22415, Expediente Nº FCT
172/2015, respecto a FABRICIO JESUS FERNANDEZ, de nacionalidad Uruguaya, Cedula de Identidad Nº3.926.014-6, nacido el 01 de abril de 1978, en la ciudad de Salto de la República Oriental del Uruguay, de 38 años de edad, de estado civil soltero, con estudio terciario completo, de ocupación enfermero, domiciliado en calle Bella Unión Nº156 de la ciudad de Artigas, República Oriental del Uruguay, hijo de Marta Elena Fernández de Paula y de Alejandro Pablo Fernández, la que dispone: SENTENCIA
Nº15. CORRIENTES, 04 de mayo de 2.016.- Y
VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º 2º CONDENAR a FABRICIO JESUS FERNANDEZ
Cedula de identidad de la República Oriental del Uruguay Nº3.926.014-6, ya filiado en autos, a la pena de cuatro 04 años y seis 6 meses de prisión, como autor penalmente responsable del delito Contrabando de exportación agravado, en grado de tentativa previsto y reprimido por el artículo 866, segundo párrafo, en función del artículo 864, inciso d y articulo 871 todos del Código Aduanero Ley 22.415 más accesorias legales arts. 12, 40, 41 y 45 del Código Penal y arts. 530, 531 y 533 del CPPN, declarándolo reincidente por primera vez art. 50 C.P.
3º 4º 5º 6º 7º 8º 9º REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo; cursar las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar por secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento artículo 493
del CPPN y oportunamente archivar.- FDO.:
Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ - Dr.
VICTOR ANTONIO ALONSO - Dr. FERMIN
AMADO CEROLENIJueces de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOSSecretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal
Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI
Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE
EJECUCIÓN PENAL
e. 14/09/2016 N66918/16 v. 20/09/2016

CORRIENTES, 12 de mayo de 2.016.- Y VISTOS:
Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º 2º 3º 4º 5º CONDENAR a MATÍAS ALEJO GUERRERO, D.N.I. Nº32.228.116, ya filiado en autos, a la pena de seis 6 años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco $225,00 artículos 12, 40
y 41 del Código Penal, como partícipe necesario penalmente responsable artículo 45 C: P. del delito previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c, en la modalidad transporte de estupefacientes, con el agravante previsto por el artículo 11 inciso c, ambos de la Ley 23.737; con costas artículos 530, 531 y 533 del CPPN.. 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12 REGISTRAR, publicar, protocolizar, cursar las comunicaciones correspondientes, y una vez firme este pronunciamiento, practicar por Secretaría el Cómputo de Pena fijando la fecha de su vencimiento artículo 493 del CPPN.; notificar a los imputados con remisión del testimonio de la presente Sentencia y oportunamente archivar.- FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS
DE BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO
- Dr. FERMIN AMADO CEROLENIJueces de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOSSecretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI
Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE
EJECUCIÓN PENAL
e. 14/09/2016 N66927/16 v. 20/09/2016

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia Nº18 de fecha 12 de Mayo de 2016, en la causa caratulada: LOZADA, Jonathan Nelson - LÓPEZ, Elías David y Otros S/Infracción Ley 23.737, Expediente NºFCT 1944/2013, respecto a ELÍAS DAVID LÓPEZ, D.N.I. Nº 31.170.544, de nacionalidad Argentina, de estado civil soltero, desocupado, de 29 años de edad, nacido el 21
de Marzo de 1987, domiciliado en calle Martín Fierro Nº155 de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, la que dispone: SENTENCIA Nº18.
CORRIENTES, 12 de mayo de 2.016.- Y VISTOS:
Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º 2º 3º CONDENAR a ELÍAS DAVID LÓPEZ, D.N.I Nº31.170.544, ya filiado en autos, a la pena de seis 6 años de prisión, y multa de pesos quinientos $ 500,00
artículos 12, 40 y 41 del Código Penal, como autor penalmente responsable del delito previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c, en la modalidad transporte de estupefacientes, con el agravante previsto por el artículo 11 inciso c, ambos de la Ley 23.737; con costas artículos 530, 531 y 533 del CPPN. 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12 REGISTRAR, publicar, protocolizar, cursar las comunicaciones correspondientes, y una vez firme este pronunciamiento, practicar por Secretaría el Cómputo de Pena fijando la fecha de su vencimiento artículo 493 del CPPN.; notificar a los imputados con remisión del testimonio de la presente Sentencia y oportunamente archivar.- FDO.: Dra. LUCRECIA
M. ROJAS DE BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO
ALONSO - Dr. FERMIN AMADO CEROLENIJueces de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ
CAMPOSSecretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.- DR. FERMIN AMADO
CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL
e. 14/09/2016 N66926/16 v. 20/09/2016

EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 18 de fecha 12 de Mayo de 2016, en la causa caratulada: LOZADA, Jonathan Nelson - LÓPEZ, Elías David y Otros S/Infracción Ley 23.737, Expediente Nº FCT 1944/2013, respecto a MATÍAS ALEJO GUERRERO, D.N.I.
Nº32.228.116, de nacionalidad Argentina, de estado civil soltero, de ocupación chofer, instruido, de 37 años de edad, nacido el 09 de Julio de 1978, domiciliado en calle 119 B, casa 9070 del barrio Hidrelco de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, la que dispone: SENTENCIA Nº 18.

EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 18 de fecha 12 de Mayo de 2016, en la causa caratulada: LOZADA, Jonathan Nelson - LÓPEZ, Elías David y Otros S/Infracción Ley 23.737, Expediente NºFCT 1944/2013, respecto a JONATHAN NELSON LOZADA, D.N.I.
Nº 36.857.011, de nacionalidad Argentina, de estado civil soltero, de ocupación chofer, de 25
años de edad, nacido el 31 de Enero de 1991, en el departamento de General Paz, provincia de Corrientes, domiciliado en Paraje Rosadito del citado departamento, instruido; hijo de Mariño
TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.462

40

y de Norma Trejo, la que dispone: SENTENCIA
Nº 18. CORRIENTES, 12 de mayo de 2.016.- Y
VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º 2º CONDENAR a JONATHAN NELSON LOZADA, D.N.I. Nº36.857.011, ya filiado en autos, a la pena de seis 6 años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco $225,00 artículos 12, 40
y 41 del Código Penal, como autor penalmente responsable del delito previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c, en la modalidad transporte de estupefacientes, con el agravante previsto por el artículo 11 inciso c, ambos de la Ley 23.737;
con costas artículos 530, 531 y 533 del CPPN..
3º 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12 REGISTRAR, publicar, protocolizar, cursar las comunicaciones correspondientes, y una vez firme este pronunciamiento, practicar por Secretaría el Cómputo de Pena fijando la fecha de su vencimiento artículo 493 del CPPN.; notificar a los imputados con remisión del testimonio de la presente Sentencia y oportunamente archivar.FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ
- Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO - Dr. FERMIN
AMADO CEROLENIJueces de Cámara. Ante mí:
Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS - Secretaria
Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN
PENAL
e. 14/09/2016 N66923/16 v. 20/09/2016

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr. Fermín Amado Ceroleni se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días de lo dispuesto en la Sentencia Nº16 de fecha 06 de Mayo de 2016, en la causa Nº6065/2014 caratulada: DORNELES, DANIEL GABRIEL URBINA, OVIDIO JAVIER S/
INFRACCIÓN LEY 23.737 ART. 5 INC. C , respecto a OVIDIO JAVIER URBINA, argentino, D.N.I.
N26.682.316, de estado civil casado, nacido en la ciudad de Puerto Iguazú Mnes. el 06 de mayo de 1978, con instrucción primaria completa, de ocupación empleado, chofer de turismo, domiciliado en el Bº 60 viviendas, casa 37 de la misma ciudad de su nacimiento, hijo de Vicente Urbina y Elba Silvero, la que dispone: SENTENCIA
Nº 02. CORRIENTES, 23 de Febrero de 2016.Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º 2º . 3º CONDENAR a OVIDIO JAVIER URBINA, D.N.I. N26.682.316, a la pena de cinco 5 años y ocho 08 meses de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225,00, la que deberá hacerse efectiva dentro del término de treinta 30 días de quedar firme este pronunciamiento, por haberlo hallado autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes previsto y reprimido por el art. 5, inc. c de la Ley 23.737, más accesorias y costas legales art. 12, 40 y 41 del Código Penal, y art. 530, 535 y ccs.
del CPPN.- 4º 5º 6º 7º 8º REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo; cursar las comunicaciones correspondientes, y una vez firme la presente, practicar por Secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento art. 493 del CPPN y, oportunamente, archivar.- FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS de BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO - Dr.
FERMIN AMADO CEROLENI - Jueces de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS
Secretaria. Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI
Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE
EJECUCIÓN PENAL
e. 14/09/2016 N66912/16 v. 20/09/2016

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL
ECONÓMICONRO. 2
SECRETARÍA NRO. 3
Juzgado Nacional en lo Penal Económico N2, Secretaría N 3, hace saber que en la causa N 68048/2015, caratulada: N.N. S/DEFRAUDACIÓN POR DOCUMENTO, este Tribunal resolvió: Buenos Aires, 12 de septiembre de 2016 II.- En atención al resultado negativo de las notificaciones ordenadas respecto de Carlos Martín LUFRANO publíquense edictos durante tres días a fin de notificar a los nombrados lo resuelto FDO.: DR. PABLO YADAROLA -JUEZANTE MÍ: FERNANDO G. STOKFISZ -SECRETA-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/09/2016 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data15/09/2016

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9406

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione29/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Septiembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930