Boletín Oficial de la República Argentina del 20/11/2015 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 20 de noviembre de 2015
nos Aires, 17 de noviembre de 2015. JOSEFINA
CONFORTI SECRETARIA INTERINA
e. 20/11/2015 N168519/15 v. 23/11/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 5
SECRETARÍA NRO. 10
EL JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nº5, SEC. Nº10
SITO EN DIAGONAL ROQUE SAENZ PEÑA
1211, PB CABA HACE SABER POR UN DÍA
EN AUTOS DOBE SHOES SA S/CONCURSO
PREVENTIVO 17569/2015 QUE SE HAN FIJADO NUEVAS FECHAS Y SORTEADO NUEVO
SINDICO CDRO. JUAN CARLOS CHAKER
-DOMICILIO: GRAL. J.D. PERON 315, 5 º 19
CABA QUIEN DEBE PRESENTAR EL INFORME
INDIVIDUAL HASTA EL DIA 1 DE FEBRERO DE
2016 Y EL GENERAL HASTA EL 1 DE ABRIL DE
2016. LA AUDIENCIA INFORMATIVA -EN SU
CASOTENDRÁ LUGAR EN LA SEDE DEL TRIBUNAL EL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2016 A
LAS 12.00 HS.- VENCIMIENTO DEL PERIODO
EXCLUSIVIDAD: 4 DE OCTUBRE DE 2016.
FERNANDO MIGUEL DURAO Juez - MARINA
MEIJIDE CASTRO SECRETARIA
e. 20/11/2015 N166837/15 v. 20/11/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 6
SECRETARÍA NRO. 11
EDICTO Boletín Oficial El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 6, Secretaría N 11 por orden de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, sita en Av. Roque S.
Peña 1211 5º piso, CABA, comunica por 2 días que en autos CORREO ARGENTINO S.A. S/
CONCURSO PREVENTIVO exp. 94360/2001;
se ha decidido dar traslado por 15 días a los acreedores comprendidos en la categoría C
y a la sindicatura la mejora de la propuesta en los siguientes términos y condiciones: a El 20%
que equivale a $137.892.412,39 será abonado, con los importes que abone el Estado Nacional EN, en la moneda, forma y tiempo en que lo hiciere, dentro de los treinta días de efectuado cada pago por sí o por tercero designado. En el supuesto de no llegarse a un acuerdo de partes en cuanto a los créditos que le corresponden a la concursada contra el Estado Nacional, se continuaran las acciones legales para su fijación y cobro, y dicho importe del 20% se abonará con el producido de tal accionar. b El 80%
restante de los créditos de esta categoría C, se abonarán conforme al siguiente cronograma:
1 Cuatro cuotas anuales iguales y consecutivas equivalentes al 1% de los créditos quirografarios, por un total que asciende a $6.895.000,00
cada una, venciendo la primera al año contado desde el cierre del ejercicio del año fiscal en que queda firme la homologación. 2 Quince cuotas anuales iguales y consecutivas equivalentes al 2% de los créditos quirografarios, por un total que asciende a $ 13.789.000,00, venciendo la primera al año del vencimiento de la última de las anualidades consignadas en 1. 3 Una cuota de intereses sobre el capital ya abonado 34% calculados al 5% anual no acumulativo sobre saldos, que equivalen a $ 127.550.000,00, con vencimiento al año de la última de las anualidades consignadas en el apartado 2. 4 Una cuota equivalente al 25%
del capital quirografario, que en total asciende a la suma de $172.366.000,00, pagadera al año del vencimiento de la cuota de la anualidad consignada en el punto 3. 5 Una cuota equivalente al 21% del capital quirografario, que en total asciende a la suma de $ 144.787.000,00, pagadera al año, de operado el vencimiento de la cuota del apartado 4. 6 Una cuota de intereses sobre el capital ya abonado 46% calculados al 5% anual no acumulativo sobre saldos, que equivalen a $340.250.000,00, pagadera al año de operado el vencimiento de la cuota del apartado 5. c Alternativa de pago acelerado: Para el supuesto en que el Estado Nacional abonara los montos adeudados a Correo ArgentinoS.A., por pago de los bienes de la concursada apropiados por el EN, o dispusiera la justicia el pago de una indemnización en concepto de reparación integral del daño ocasionado por el cese ilegítimo del contrato de concesión, además de abonarse el 20% del capital señalado supra en a, se acelerarán y abonarán todas las cuotas
de capital remanentes, señaladas en b, las que se cancelarán con las mismas modalidades y en forma proporcional al esquema de pagos que se acuerde con el EN, o el tercero pagador designado al efecto.
MARTA G. CIRULLI Juez - ERNESTO TENUTA
SECRETARIO
e. 20/11/2015 N161002/15 v. 23/11/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría Nº19, a cargo del Suscripto, sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha 05.11.15 se ha decretado la quiebra de PERELSZTEIN, FEDERICO ESTEBAN DNI N21.656.886, en la cual ha sido designada síndica la contadora María del Pilar Enríquez con domicilio constituido en Reconquista 617 piso 1, C.A.B.A ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el día 22.02.16
L.C: 32 en el horario de 12 a 18 hs.
El informe individual de la síndico deberá presentarse el día 06.03.16 y el general el día 18.05.16 art. 35 y 39 de la citada ley. Intímese al fallido y a terceros para que pongan a disposición de la síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos. Intímese al fallido a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás documentos relacionados con su contabilidad al síndico. Intímese al fallido para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 86 de la ley 24.522.
Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.:
217, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados Se libra el presente en los autos PERELSZTEIN, FEDERICO ESTEBAN S/QUIEBRA, Expte nro. 32217/2011. Buenos Aires, 17
de noviembre de 2015.- LEANDRO G. SCIOTTI
- SECRETARIO
HECTOR OSVALDO CHOMER Juez - LEANDRO G. SCIOTTI SECRETARIO
e. 20/11/2015 N168628/15 v. 26/11/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 13
SECRETARÍA NRO. 25
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13 a cargo del Dr. Fernando J. Perillo, Secretaría Nº 25 a mi cargo sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Piso 4 de C.A.B.A.
comunica por cinco días en los autos COM
3188/2012 - COVELLO, OMAR HORACIO s/
CONCURSO PREVENTIVO que en fecha 13.10.2015 se decretó la conversión del concurso preventivo de COVELLO OMAR HORACIO CUIT 20120872134- Se hace saber a los interesados que el síndico designado en las presentes actuaciones es la contadora SUSANA EDITH SVETLIZA con domicilio en la calle CRAMER 2111 9 PISO OF B, CABA, domicilio éste al que deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 15.12.2015;
señalándose audiencia informativa para el día 14.9.2016 a las 11 hs. en el Tribunal.
SEBASTIÁN JULIO MARTURANO
SECRETARIO
FERNANDO J PERILLO Juez - SEBASTIAN J
MARTURANO SECRETARIO
e. 20/11/2015 N166307/15 v. 26/11/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 17
SECRETARÍA NRO. 34
El Juzgado en lo comercial N17, a cargo del Dr.
Federico A. Gerri, Secretaría N34 a cargo del Dr. Fernando Delgado, sito en la calle Marcelo T.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.261

de Alvear 1840 3 piso, hace saber por cinco días que con fecha 20 de octubre de 2015 se ha decretado la quiebra de SRM MILLENIUM SRL CUIT
N 30-70508383-1. El síndico titular interviniente es el contador Omar Alberto Custodio con domicilio en la calle Uruguay 229 10 41, Cap. Fed., Tel. 4372-4502. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico, hasta el día 28 de diciembre de 2015.- Fíjanse los días 11 de marzo de 2016 y 29 de abril de 2016, para que el síndico titular presente los informes previstos por los arts. 35 y 39 de la ley 24.522, respectivamente.- Hácese saber que: a la fallida deberá entregar al síndico en el término de 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. b se ordena a la fallida y terceros que entreguen al síndico los bienes de aquella que se encuentren en su poder c se prohíbe hacer pagos a la fallida los que en su caso serán considerados ineficaces. Intímase a la fallida a que dentro del término de 48 horas, constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los estrados del tribunal. Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, a los 13 de noviembre de 2015.-

16

parte dispositiva en medios de divulgación masiva audiovisuales y gráficos a costa de la demandada.
Se hace saber a aquellos consumidores que se consideren afectados comparezcan a la causa a ejercer el derecho de exclusión previsto por el art.
54 de la ley 24.240 2 párrafo dentro del plazo de treinta días contados a partir del último día de publicación edictal, y para que puedan manifestar su deseo de no ser abarcados por la sentencia que pueda dictarse en el presente juicio. Asimismo, Se hace saber que si la sentencia a dictarse denegase el reclamo colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual. Ello sin perjuicio de la publicación adicional que pudiera ordenarse en función de las contingencias ulteriores de la litis.
Este edicto deberá publicarse por el término de 3 días en el Boletín Oficial de la Nación, sin previo pago.
Buenos Aires, 17 de noviembre de 2015.HORACIO F. ROBLEDO Juez - SONIA A. SANTISO SECRETARIA
e. 20/11/2015 N168360/15 v. 24/11/2015

FERNANDO DELGADO SECRETARIO
e. 20/11/2015 N168329/15 v. 26/11/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 25
SECRETARÍA NRO. 49
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº25 Secretaría Nº49, con sede en Avda. Callao 635, Piso 4º CABA, en los autos caratulados: Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa c/ Mapfre Argentina Seguros S.A. s/ ordinario Expte Nº24042/11 ha dispuesto el día 28 de octubre de 2015 la publicación de estos edictos a fin de garantizar la adecuada notificación de todas las personas eventualmente involucradas en la referida causa colectiva.
El auto que así ordena la medida en su parte pertinente dice. Buenos Aires, 28 de octubre de 2015:
con el objeto de dar publicidad al presente conforme lo previsto por el art. 54 LDC, publíquese edictos por el término de 3 días en el Boletín Oficial de la Nación, sin previo pago, haciéndose saber la promoción de éstas actuaciones, a fin de que aquellos consumidores que se consideren afectados comparezcan a la causa a ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240 2 párrafo dentro del plazo de treinta días contados a partir del último día de publicación edictal, y para que puedan manifestar su deseo de no ser abarcados por la sentencia que pueda dictarse en el presente juicio. Asimismo, deberá hacer saber que si la sentencia a dictarse denegase el reclamo colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual. Ello sin perjuicio de la publicación adicional que pudiera ordenarse en función de las contingencias ulteriores de la litis . Firmado por: HORACIO
FRANCISCO ROBLEDO, JUEZ.
A fin de facilitar la notificación edictal ordenada, y que la misma sea instrumentada de manera eficiente y adecuada, se difunde por este medio la siguiente información: Se hace saber a los señores clientes usuarios de MAPFRE ARGENTINA SEGUROSS.A. que con fecha 15 DE AGOSTO DE 2011
la ONG CONSUMIDORES FINANCIEROS ASOCIACIÓN CIVIL PARA SU DEFENSA le ha iniciado un juicio colectivo que tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº25 Secretaría Nº49 sito en Avda. Callao 635, piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries.
El objeto de la pretensión es:
1 Declarar la nulidad de las cláusulas de las pólizas por seguro contra terceros y robo o hurto de automotores que limitan el riesgo asegurado a no abonar los daños sufridos por el vehículo cuando este fuera hallado luego de haber sido robado o hurtado. 2 Ordenar a la demandada el reintegro de los gastos incurridos a los clientes que hayan sufrido este siniestro en los últimos diez años. 3
Condenar a responder por las pólizas de seguros contra tercero y robo y/o hurto por la totalidad de los gastos que insuma el arreglo de los daños del vehículo encontrado luego de su robo o hurto, cuando así fuere necesario. 4 Imponer a la Aseguradora el pago de una indemnización en concepto de daño punitivo a los miembros de este colectivo. 5 Imponer a la Aseguradora el pago de una multa civil a los restantes clientes. 6 En caso de que medie sentencia condenatoria, se publique su

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 8
SECRETARÍA ÚNICA
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 8 Secretaría única con sede en Lavalle 1220 piso 3 hace saber que en los autos DEVOTO HORACIO JUAN JOSE C/ REVIAKIN MARIA
SOLEDAD S/ DIVORCIO N 25.529/2014 se ha dispuesto la publicación de edictos a fin de notificarle a MARIA SOLEDAD REVIAKIN que con fecha 28 de octubre de 2015 en los mencionados autos se dictó sentencia haciendo lugar a la conversión pedida y en consecuencia se declaró el divorcio de HORACIO JUAN JOSE DEVOTO y MARIA SOLEDAD REVIAKIN cuyo matrimonio fue registrado en la circunscripción n13 tomo 1 D n49 del año 2011 y se declaró extinguida la comunidad ganancial conf. art. 480 CCyC.- Se ha dispuesto la publicación por dos 2 días en el Boletín Oficial.- Fdo.
Myriam M. Cataldi. Juez Subrogante.- Myriam M.
Cataldi Juez - Patricia F. Martin Secretaria Interina e. 20/11/2015 N167764/15 v. 23/11/2015

JUZGADO DEINSTRUCCIÓN
CORRECCIONALYDEMENORES
SALADAS I CIRCUNSCRIPCIÓN
CORRIENTES

EDICTO
Por disposición de S.Sa, la Sra. Juez de Instrucción, correccional y de Menores de la ciudad de Saladas, Primera Circunscripción de la Provincia de Corrientes, Dra. MARIA DEL CARMEN
MARECO, se cita y emplaza a: BENEGAS CESAR ALFREDO, ARGENTINO, CLASE 1989, DNI
N34.759.230, con último domicilio señalado en B CENTENARIO CALLE ITALIA S/N, SALADAS
PROVINCIA DE CORRIENTES, a fin de que dentro del plazo de 5 cinco días de publicado el presente comparezca a tomar la participación que le corresponde en las actuaciones caratuladas: RIOS OSCAR D, ALMIRON MARCELO A, VERA RAMON A, BENEGAS CESAR A P/SUP
LESIONES LEVES Y AMENAZAS CALIFICADAS
-SALADASDCIA: MIGUEL ADRIAN L MEN
INV: RETAMOZO FERNANDO D Expediente N 4778/12 por encontrarse involucrado en la presunta comisión del hecho investigado en las mismas en carácter de PROCESADO, Todo bajo expreso apercibimiento de que si así no lo hiciere será declarado en Rebeldía en los obrados de referencia, de conformidad a las disposiciones de los arts. 76, 77, 158 y c.c. del C.P.Penal. SALADAS, Ctes, 03 de NOVIEMBRE 2015.
Dra. FABIANA A. MARCONI, Secretaria, Juzgado de Inst. y Correccional, Saladas - Ctes.
e. 20/11/2015 N167707/15 v. 20/11/2015

JUZGADO DEINSTRUCCIÓN
CORRECCIONALYDEMENORES
SALADAS I CIRCUNSCRIPCIÓN
CORRIENTES

EDICTO
Por disposición de S.Sa, la Sra. Juez de Instrucción, Correccional y de Menores de la ciudad

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/11/2015 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data20/11/2015

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9392

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930